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  • Exámenes

    Los exámenes se basan principalmente en describir brevemente en la aplicación de los exámenes de tipo genérico, por ejemplo:
     
    ·         La finalidad de los exámenes departamentales se aplica esta modalidad de exámenes en el Departamento de Historia.
    ·         El proceso para presentar examen de acreditación de competencias
     
    Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:

    1. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    2. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    3. Pagar el arancel correspondiente, y
    4. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media superior.

     
    El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación. El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, misma que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
     

  • Exámenes

    Conforme a lo señalado en el  Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara (artículos 14 al 44), las academias, previo al inicio del ciclo escolar, deberán poner a consideración del Colegio Departamental para su aprobación los criterios de evaluación que se utilizarán, con el objeto de permitir la variabilidad en los esquemas de evaluación de cada materia.
     
    El alumno debe conocer al inicio del curso cuáles son los criterios de evaluación de cada una de las materias que cursará.
     
    La evaluación será continua y en ella se tomarán en consideración, los siguientes aspectos: los conocimientos, las capacidades, habilidades, destrezas, aptitudes y las actitudes adquiridos durante el desarrollo de la materia.
     
    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
     
    Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
     
    I. Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
     
    II. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
     
    En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen de acreditación de competencias, regulado también en el Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara.
     
     
    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
     
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
     
    La evaluación en periodo extraordinario tiene por objeto proporcionar a los alumnos la oportunidad de acreditar una materia que por cualquier circunstancia, no haya logrado el registro de una calificación aprobatoria durante el periodo de la evaluación continua.
     
    Se exceptúan de este caso las materias de orden práctico que requerirán la repetición del curso.
     
    La evaluación en periodo extraordinario se calificará atendiendo a los siguientes criterios:
     
    I. La calificación obtenida en periodo extraordinario, tendrá una ponderación del 80% para lacalificación final;
    II. La calificación obtenida por el alumno durante el periodo ordinario, tendrá una ponderación del 40% para la calificación en periodo extraordinario, y
    III. La calificación final para la evaluación en periodo extraordinario será la que resulte de la suma de los puntos obtenidos en las fracciones anteriores.
     
     
    Exámenes de Acreditación de Competencias: son  aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
     
     Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
     
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro
     
    El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
     
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
     
    Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
     
    El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia y se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
     
    En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
     
    El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
     
    Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes.
     

  • Exámenes

    La Universidad de Guadalajara establece que la evaluación será continua. Y para que en cada una de las asignaturas el alumno sea evaluado se hace lo siguiente:
    Las academias, previo al inicio del ciclo escolar,  ponen a consideración y aprobación del Colegio Departamental los criterios de evaluación que se utilizarán. Los cuales se deben dar a conocer al alumno al inicio del curso.
    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia. Los exámenes pueden ser:
    Parciales,
          I.        Se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
         II.        El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
    Departamentales, tienen como objetivos:
        III.        Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
        IV.        Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
         V.        Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
        VI.        Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores*.
    *Artículo 17 del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos.
    Para presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I.      Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II.     Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III.    Pagar el arancel correspondiente, y
    IV.    Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior**.
    V.     **Capítulo VIII del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos.

  • Exámenes

    Conforme a lo señalado en el  Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara (artículos 14 al 44), las academias, previo al inicio del ciclo escolar, deberán poner a consideración del Colegio Departamental para su aprobación los criterios de evaluación que se utilizarán, con el objeto de permitir la variabilidad en los esquemas de evaluación de cada materia.
     
    El alumno debe conocer al inicio del curso cuáles son los criterios de evaluación de cada una de las materias que cursará.
     
    La evaluación será continua y en ella se tomarán en consideración, los siguientes aspectos: los conocimientos, las capacidades, habilidades, destrezas, aptitudes y las actitudes adquiridos durante el desarrollo de la materia.
     
    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
     
    Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
     
    I. Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
     
    II. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
     
    En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen de acreditación de competencias, regulado también en el Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara.
     
     
    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
     
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
     
    La evaluación en periodo extraordinario tiene por objeto proporcionar a los alumnos la oportunidad de acreditar una materia que por cualquier circunstancia, no haya logrado el registro de una calificación aprobatoria durante el periodo de la evaluación continua.
     
    Se exceptúan de este caso las materias de orden práctico que requerirán la repetición del curso.
     
    La evaluación en periodo extraordinario se calificará atendiendo a los siguientes criterios:
     
    I. La calificación obtenida en periodo extraordinario, tendrá una ponderación del 80% para lacalificación final;
    II. La calificación obtenida por el alumno durante el periodo ordinario, tendrá una ponderación del 40% para la calificación en periodo extraordinario, y
    III. La calificación final para la evaluación en periodo extraordinario será la que resulte de la suma de los puntos obtenidos en las fracciones anteriores.
     
     
    Exámenes de Acreditación de Competencias: son  aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
     
     Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
     
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro
     
    El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a
    propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
     
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
     
    Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
     
    El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia y se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
     
    En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
     
    El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
     
    Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes
     

  • Exámenes

    Los exámenes
    Son uno de los medios de evaluación que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
    Durante el desarrollo de las materias y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación,  los siguientes tipos de exámenes:
    I.                    Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    II.                  El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.

     

    Exámenes de acreditación de competencias
    Son  aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno debe contar con los siguientes requisitos:
    I.                    Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II.                  Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III.                Pagar el arancel correspondiente, y
    IV.                Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
     

  • Exámenes

    En la Universidad de Guadalajara, uno de los medios de evaluación de manera tradicional lo  constituye el examen, que permite conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia, el examen es un elemento importante para esos fines sin dejar de considerar que en la actualidad existen otras formas más integrales para evaluar la generación de conocimientos por el estudiante durante su  proceso educativo.
    Con base al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara en sus artículos:
    Artículo 15. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
                          I.        Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio; y
                         II.        El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo. En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
    Artículo 16. Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:
    I.              El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia; y
    II.             La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.
     
    La finalidad de los exámenes departamentales (artículo 17 del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos).
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I.              Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II.             Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III.            Aplicarse como parte de la evaluación institucional; y
    IV.           Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    Artículo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo.
    Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura. Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el  Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.

    • El proceso para presentar examen de acreditación de competencias (capítulo VIII del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos).

    EXÁMENES DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I.              Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II.             Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III.            Pagar el arancel correspondiente, y
    IV.           Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación. El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia. El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.

    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    • Disposiciones generales del proceso de evaluación de los alumnos, de acuerdo al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara: Artículos 1, 2 y sus fracciones; 3, 4, 5 y 6.

     

    • Cómo se planea la evaluación: Artículos 7, 8, 9, 10 y sus fracciones; 11, 12 y sus fracciones y 13 con sus fracciones e incisos.

     

    • Quién diseña, avala, determina los tipos de exámenes, cuál es el objetivo de los exámenes y cuándo son aplicados estos: Artículos 14, 15 y sus fracciones; 16 y sus fracciones; 17 y sus fracciones y 18.

     

    • Evaluación continua de un curso: Artículo 19, 20 y sus fracciones; 21 y 22.

     

    • Oportunidad de examen extraordinario: Artículos 23, 24, 25 y sus fracciones; 26, 27 y sus fracciones; 28 y 29.

     

    • Por qué hacer un examen de acreditación de competencias: Artículos 37, 38 y sus fracciones; 39, 40, 41, 42, 43 y 44.   

     

    • Cuáles son los tiempos para el proceso de evaluación: Artículos 45, 46, 47 y 48.

     

    • Dudas o inconformidades del proceso de evaluación: Artículos 49, 50, 51 y 52.
  • Exámenes

    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    1.- Conocer el grado de dominio que el alumno ha tenido sobre la materia.
    2.-Verificar el grado de avance del programa de materia, de conformidad con lo establecido con el articulo 21 del Reglamento General de Estudio de la Universidad de Guadalajara.
    3.-Aplicarse como parte de la evaluación institucional.
    4.- Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron con los distintos profesores.
    Para tener derecho al examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    1.- Estar inscrito en el plan de estudios correspondientes.
    2.- Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario.
    3.- Pagar el arancel correspondiente.
    4.- Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de  Educación Media Superior. 

     
     
    Translation in English:
    The departmental exams have as objectives:
    1.- Know the degree of mastery that the student has had on the subject.
    2.-Verify the degree of progress of the subject program, in accordance with the established with article 21 of the General Regulation Study of the University of Guadalajara.
    3.-Apply as part of the institutional evaluation.
    4.-To know the degree of homogeneity in the learning achieved by the students of the same subject, which they received with the different teachers.
    To qualify for the competency accreditation exam, the student must have the following requirements:
    1. - Be enrolled in the corresponding curriculum.
    2. - Have made the request in the terms established in the manual  procedures and the deadlines established for that purpose in the school calendar, approved by the H. General University Council.
    3. - Pay the corresponding fee.
    4. - Those determined by the University Council of the Center or Media Higher Education.

  • Exámenes

    De conformidad con el Reglamento General de Evaluación y Promoción de alumnos de la Universidad de Guadalajara, los exámenes son uno de los medios de evaluación que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
    Artículo 15. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
    I. Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    II. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
    En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
    Artículo 16. Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:
    I. El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia, y
    II. La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Artículo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los  alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo.
    Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura.
    Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.

  • Exámenes

    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, los cuales se podrán aplicar como instrumentos que permitan conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia:

    • Parcial:

    Se realizan para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio. Lo anterior con fundamento en el artículo 16 del RGEPA de la UDG.

    • Global o Departamental:

    Considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo, tienen como objetivos:
    1.- Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    2.- Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara; aplicarse como parte de la evaluación institucional;
    3.- Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Lo anterior con fundamento en el artículo 17 del RGEPA de la UDG.
    Así mismo, existe otro tipo de examen que permite conocer el grado de dominio que el alumno tiene sobre determinada materia:

    • Examen de acreditación de Competencias:

    El examen por competencias se realiza a solicitud del alumno que considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. Con fundamento en el artículo 37 del RGEPA de la UDG.
    1.- Requisitos: Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    a) Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    b) Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario.
    c) Pagar el arancel correspondiente, y
    d) Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior
    2.- Procedimiento:
    a) En los meses de junio (Ciclo “A”) y noviembre (Ciclo "B") se lanza la convocatoria y calendario respectivo en la página www.lagos.udg.mx
    b) El Colegio Departamental determina los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designa tres sinodales para su aplicación, este será sobre el contenido total de la materia, que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    c) Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno
    d) Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    Los exámenes se basan principalmente en describir brevemente en la aplicación de los exámenes de tipo genérico, por ejemplo:
    ·         La finalidad de los exámenes departamentales se aplica esta modalidad de exámenes en el Departamento de Historia.
    ·         El proceso para presentar examen de acreditación de competencias
    Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:

    1. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    2. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    3. Pagar el arancel correspondiente, y
    4. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media superior.

     
    El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación. El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, misma que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.

  • Exámenes

    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, los cuales se podrán aplicar como instrumentos que permitan conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia:

    • Parcial:

    Se realizan para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio. Lo anterior con fundamento en el artículo 16 del RGEPA de la UDG.

    • Global o Departamental:

    Considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo, tienen como objetivos:
    1.- Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    2.- Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara; aplicarse como parte de la evaluación institucional;
    3.- Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Lo anterior con fundamento en el artículo 17 del RGEPA de la UDG.
    Así mismo, existe otro tipo de examen que permite conocer el grado de dominio que el alumno tiene sobre determinada materia:

    • Examen de acreditación de Competencias:

    El examen por competencias se realiza a solicitud del alumno que considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. Con fundamento en el artículo 37 del RGEPA de la UDG.
    1.- Requisitos: Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    a) Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    b) Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    c) Pagar el arancel correspondiente, y
    d) Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior
    2.- Procedimiento:
    a) En los meses de junio (Ciclo “A”) y noviembre (Ciclo "B") se lanza la convocatoria y calendario respectivo en la página www.lagos.udg.mx
    b) El Colegio Departamental determina los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designa tres sinodales para su aplicación, este será sobre el contenido total de la materia, que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    c) Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno
    d) Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.
     

  • Exámenes

    Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos.
     
    Exámenes departamentales
    Los exámenes departamentales son evaluaciones globales que miden la homogeneidad en el nivel de conocimientos adquiridos por los alumnos de distintos grupos que han cursado una misma materia. Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I.      Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II.    Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III.   Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV.  Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    Artículo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo. Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura.
     
    Exámenes de acreditación de competencias
    Son aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
     
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I.      Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II.    Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III.   Pagar el arancel correspondiente, y
    IV.  Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
     
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
     
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
     
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia.
     
    El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
     
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
     
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.

  • Exámenes

    La Universidad de Guadalajara establece que la evaluación será continua. Y para que en cada una de las asignaturas el alumno sea evaluado se hace lo siguiente:
     
    Las academias, previo al inicio del ciclo escolar,  ponen a consideración y aprobación del Colegio Departamental los criterios de evaluación que se utilizarán. Los cuales se deben dar a conocer al alumno al inicio del curso.
    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia

  • Exámenes

    Artículo 14. Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
     
    Artículo 15. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
    I. Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo objetivos señalados en el programa de estudio, y
     
    II. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
    En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
     
    Finalidad de los exámenes departamentales .
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
     
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    Proceso para presentar examen de acreditación de competencias
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo
    General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
     
    Para conocer a cerca del reglamento general de evaluacion visite la siguiente liga: http://www.secgral.udg.mx/sites/archivos/normatividad/general/ReglamentoGralEPAlumnos.pdf

  • Exámenes

    Dentro del Programa Educativo de Administración se realiza la aplicación de diversos exámenes, por ejemplo:

    • Examenes establecidos en los criterios de evaluación de los programas de asignatura.
    • Examenes departamentales en algunas de las asignaturas.
    • Exámenes de acreditación por competencias.
    • Examen CENEVAL como modalidad de titulación.
  • Exámenes

    En la Universidad de Guadalajara, uno de los medios de evaluación de manera tradicional lo  constituye el examen, que permite conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia, el examen es un elemento importante para esos fines sin dejar de considerar que en la actualidad existen otras formas más integrales para evaluar la generación de conocimientos por el estudiante durante su  proceso educativo.
     
    Con base al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara en sus artículos:
     
    Artículo 15. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
     

    1. Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio; y
    2. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo. En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.

     
    Artículo 16. Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:
     

    1. El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia; y
    2. La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.

     
     
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
     

    1. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    2. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    3. Aplicarse como parte de la evaluación institucional; y
    4. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

     
    Artículo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo.
     
    Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura. Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el  Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.
     
     
    EXÁMENES DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
     
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
     

    1. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    2. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    3. Pagar el arancel correspondiente, y
    4. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.

     
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación. El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
     
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
     
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia. El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
     
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
     
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
     

     
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    EXÁMENES DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, misma que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia.
    El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    Son el instrumento educativo que permite realizar una evaluación para conocer el nivel de desarrollo cognitivo, de habilidades y aptitudes que los alumnos tienen en determinado momento del ciclo escolar sobre los contenidos de las unidades de aprendizaje que componen el Programa Educativo.
    Con base en la normatividad aplicable al respecto de la Universidad de Guadalajara se contemplan los siguientes tipos de exámenes:  
    Global o Departamental:
     
    Considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo. (Articulo17 R.G.E.P.A.). Tienen como objetivos:
     
    1)  Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    2)  Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el
    3) artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara; Aplicarse como parte de la evaluación institucional
    4) Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    Por Competencias:
    El examen por competencias se realiza a solicitud del alumno que considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia (Artículo 37 R.G.E.P.A.)
     
    1.- Requisitos: Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
     
    1) Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    2) Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    3) Pagar el arancel correspondiente, y
    4) Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior
     
    2.- Procedimiento:
     
    1. En los meses de junio (Ciclo “A”) y noviembre (ciclo B) se lanza la convocatoria y calendario respectivo en la página www.lagos.udg.mx
    2. El Colegio Departamental determina los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designa tres sinodales para su aplicación, este será sobre el contenido total de la materia, que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    3. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    4. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:

    • Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    • Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    • Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    • Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

    Los exámenes por competencia son aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. 
    Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:

    • Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    • Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    •  Pagar el arancel correspondiente.

    Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro

  • Exámenes

    La evaluación del aprendizaje de este programa educativo, que ha sido diseñado con el enfoque por competencias, se realiza a través de la ejecución de trabajos individuales y colaborativos que integran evidencias de los aprendizajes adquiridos y revelan los conocimientos, habilidades, actitudes y valores que se espera desarrollar en cada asignatura.

     

  • Exámenes

    De conformidad con el Reglamento General de Evaluación y Promoción de alumnos de la Universidad de Guadalajara, los exámenes son uno de los medios de evaluación que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
     
    Artículo 15. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
    I.    Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    II.   El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
    En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
     
    Artículo 16. Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:
    I. El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia, y
    II. La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.
     
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    Artículo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los  alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo.
    Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura.
    Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.
     

  • Exámenes

    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:

    • Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    • Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    • Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    • Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

     
    Los exámenes por competencia son aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. 
     
    Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:

    • Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    • Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;

     Pagar el arancel correspondiente.

  • Exámenes

    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:

    • Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    • Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    • Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    • Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

     
    Los exámenes por competencia son aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. 
     
    Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:

    • Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    • Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;

     Pagar el arancel correspondiente.

  • Exámenes

     Los exámenes departamentales tienen como objetivos:

    • Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    • Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    • Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    • Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

     
    Los exámenes por competencia son aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. 
     
    Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:

    • Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    • Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    •  Pagar el arancel correspondiente.
  • Exámenes

    La Universidad de Guadalajara establece que la evaluación será continua. Y para que en cada una de las asignaturas el alumno sea evaluado se hace lo siguiente:
    Las academias, previo al inicio del ciclo escolar,  ponen a consideración y aprobación del Colegio Departamental los criterios de evaluación que se utilizarán. Los cuales se deben dar a conocer al alumno al inicio del curso.
    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia. Los exámenes pueden ser:
    Parciales,
    I.Se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    II.El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
    Departamentales, tienen como objetivos:
          I.  Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
        II.   Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
       III.    Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
      IV.    Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores*.
    Artículo 17 del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos.
    Para presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior**.
    **Capítulo VIII del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos.
    http://www.secgral.udg.mx/sites/archivos/normatividad/general/ReglamentoGralEPAlumnos.pdf

  • Exámenes

    Exámenes

    De acuerdo al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos, los exámenes como medio de evaluación son:
    Artículo 14. Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
    Artículo 15. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
    I.              Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    II.            El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
    En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
    Artículo 16. Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:
    I.              El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia, y
    II.            La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I.              Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II.            Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III.           Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV.          Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Artículo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo.
    Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura.
    Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.
     
    La finalidad de los exámenes departamentales
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I.              Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II.            Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III.           Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV.          Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
     El proceso para presentar examen de acreditación por competencias
    De acuerdo al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos, los exámenes de acreditación por competencias son:
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I.              Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II.            Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III.           Pagar el arancel correspondiente, y
    IV.          Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia.
    El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

     

  • Exámenes

    La Universidad de Guadalajara establece que la evaluación será continua. Y para que en cada una de las asignaturas el alumno sea evaluado se hace lo siguiente:
    Las academias, previo al inicio del ciclo escolar,  ponen a consideración y aprobación del Colegio Departamental los criterios de evaluación que se utilizarán. Los cuales se deben dar a conocer al alumno al inicio del curso.
    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia. Los exámenes pueden ser:
    Parciales,
    I.Se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    II.El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
    Departamentales, tienen como objetivos:
          I.  Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
        II.   Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
       III.    Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
      IV.    Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores*.
    Artículo 17 del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos.
    Para presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior**.
    **Capítulo VIII del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos.
    http://www.secgral.udg.mx/sites/archivos/normatividad/general/ReglamentoGralEPAlumnos.pdf

  • Exámenes

    Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
    I. Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    II. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo. En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
     
    • Exámenes departamentales
    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia; II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara; III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    • Exámenes de acreditación por competencias 
    Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.  Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro.

  • Exámenes

    Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
    I. Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    II. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo. En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
     
    • Exámenes departamentales
    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia; II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara; III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    • Exámenes de acreditación por competencias
    Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.  Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro.

  • Exámenes

    EXÁMENES DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia.
    El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
    I. Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    II. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo. En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
     
    • Exámenes departamentales
    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia; II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara; III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    • Exámenes de acreditación por competencias
    Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.  Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro.

  • Exámenes

    Exámenes

    Examen por competencias.
    Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:

    1. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    2. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    3. Pagar el arancel correspondiente, y
    4. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.

    El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación. El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, misma que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.

     

  • Exámenes

    En la Universidad de Guadalajara, uno de los medios de evaluación de manera tradicional lo constituye el examen, que permite conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia, el examen es un elemento importante para esos fines sin dejar de considerar que en la actualidad existen otras formas más integrales para evaluar la generación de conocimientos por el estudiante durante su proceso educativo.
     
    Con base al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara en sus artículos:
     
    Artículo 15. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
     
    I.              Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio; y
    II.            El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo. En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
     
    Artículo 16. Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:
     
    I.              El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia; y
    II.            La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
     
    I.              Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II.            Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III.           Aplicarse como parte de la evaluación institucional; y
    IV.          Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    Artículo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo.
     
    Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura. Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el  Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
     
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
     
    I.              Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II.            Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III.           Pagar el arancel correspondiente, y
    IV.          Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
     
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación. El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
     
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
     
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia. El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
     
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
     
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
     
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    El avance escolar del alumno en el plan de estudios en que se encuentre inscrito, se realizará a través de las evaluaciones que se realicen de conformidad con el Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara y la evaluación será continua e integral. Y se entiende por evaluación el conjunto de actividades realizadas para obtener y analizar información en forma continua y sistemática del proceso enseñanza-aprendizaje que permitan verificar los logros obtenidos y determinarles un valor específico.  El resultado final de las evaluaciones será expresado conforme a la escala de calificaciones centesimal de 0 a 100, en números enteros, considerando como mínima aprobatoria la calificación de 60. Las materias que no son sujetas a medición cuantitativa, se certificarán como acreditadas (A) o no acreditadas (NA).  Para obtener el promedio de calificaciones, sólo se tomarán en cuenta las materias aprobadas con calificación numérica.   

  • Exámenes

  • Exámenes

    Los exámenes departamentales tienen como objetivos: 
    -Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia
    -Verificar el grado de avance del programa de la materia
    -Aplicarse como parte de la evaluación institucional 
    -Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma Materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
     

  • Exámenes

    Exámenes
    Examen Departamental:
    La finalidad del examen Departamental es asegurar la homogeneidad en los cursos, el nivel de conocimientos, así como el cumplimiento de planes y programas y paralelamente favorecer el autoaprendizaje.
     
    CAPÍTULO III DE LOS EXÁMENES
     
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
     
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    Examen de Acreditación de Competencias:
     
    El Examen de Competencia es el que puede presentar el alumno cuando considera que por razones de experiencia laboral o de estudios previos, tiene la formación necesaria en una asignatura y está en condiciones de demostrar los conocimientos para acreditar la misma.
     
    CAPÍTULO VIII EXÁMENES DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS
     
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
     
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
     
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
     
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, misma que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
     
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
     
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia. El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.

  • Exámenes

  • Exámenes

  • Exámenes

    En virtud que el modelo educativo de los programas motivo del presente proyecto se centra en el aprendizaje y no en la enseñanza -teniendo las competencias profesionales como eje de desarrollo del estudiante-, la evaluación de las unidades de aprendizaje se realizará de manera continua, tomando en consideración el desarrollo de las respectivas competencias en cada uno de los estudiantes. Al carecer de objetivos y al estar centrado el proceso en el aprendizaje del alumno no en la enseñanza, no es procedente un examen final. El conocimiento en un curso no será, en consecuencia, el producto de la suma de las parcialidades del mismo, sino el avance individual del alumno en el contexto del propio curso.
    Para lograr esto, el profesor considerará el punto de partida al inicio del curso, el proceso del curso y el punto de llegada al final del mismo en cada alumno. Por las mismas razones, no procederán los exámenes departamentales, entendiendo que no existe un “rasero” que pueda delimitar y limitar el desarrollo las competencias y conocimientos logrados por los alumnos.
    Por lo tanto, el proceso de evaluación será continuo y permanente considerando en éste la autoevaluación de cada estudiante.

  • Exámenes

    El avance escolar del alumno en el plan de estudios en que se encuentre inscrito, se realizará a través de las evaluaciones que se realicen deacuerdo al  Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos. La evaluación será continua e integral.
     
    Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:
     
    I. El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia.
    II. La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.

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    3. 19 Evaluación Diagnóstica Artística
    Licenciatura en Artes Visuales para la Expresión Plástica y Artes Visuales para la Expresión Fotográfica
    Además de tu prueba de aptitud académica (fecha determinada en el calendario de aspirantes), tendrás que presentar y aprobar una Evaluación Diagnóstica Artística (las fechas se acoplan y anuncian en cada ciclo escolar), para lo cual debes:
       Preparar los documentos que se te solicitan en dicho instructivo y entregarlos de manera obligatoria en la  Coordinación de Licenciaturas en Artes Visuales en la sede Sta. María de Gracia, Belén # 120, Col. Centro, (las fechas se acoplan y anuncian en cada ciclo escolar), en horario de 10:00 a 14:00 hrs.
    Instructivo de trámites.
    Tienes en tu poder tu cédula de aspirante. Con ella te han entregado este INSTRUCTIVO y el FORMATO DE PAGO de la evaluación diagnóstica artística. La siguiente información te orientará en los trámites que debes realizar.
    En todos debes incluir tu nombre completo, empezando por tu apellido paterno.
    1. VALORACIÓN MÉDICA
    Realizar la valoración médica es importante ya que se estima la existencia de situaciones que podrían poner en riesgo tu salud durante tu estancia como alumno, considerando que harás uso de solventes y otros materiales que pudieran poner en peligro tu salud física en caso de ser a aceptado (a) en la licenciatura. Por este motivo es indispensable que realices dicha valoración, misma podrás llevar acabo en la Unidad Médica Sede Huentitán o Sede Santa María de Gracia (costo $150.00) El trámite se realiza directamente con la  unidad médica del Centro Univertario de Arte, Arquitectura y Diseño a través del correo electrónico pscuaad@gmail.com o llamando al teléfono 3312023000 ext. 38523
    2. PAGO DE TRÁMITES
    La Evaluación Diagnóstica Artística para Primer Ingreso es la prueba adicional que los aspirantes de estas carreras deben presentar para conocer sus aptitudes artísticas. El derecho a esta evaluación tiene un costo de $350 y debe ser pagado en cualquier sucursal de BANCOMER. En el recibo bancario debes registrar (al frente):
    ·         tu nombre completo.
    ·         número de registro.
    ·         la carrera a la que aspiras: Expresión Plástica o Expresión Fotográfica, según corresponda.
    Se te recomienda que conserves fotocopia de dicho recibo, ya que el original deberás entregarlo a la Coordinación de las Licenciaturas en Artes Visuales.
     
    3. HISTORIA DE VIDA Y EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
    Deberás redactar un texto tus experiencias con las artes plásticas o la fotografía, según sea tu caso (lecciones, aprendizajes etc… que hayas tenido en escuelas, con maestros, cursos, exposiciones, etc.) así como explicar qué te motiva a cursar esta carrera en la Universidad de Guadalajara.
    Tomando en cuenta las siguientes especificaciones:
    ·         Tamaño carta.
    ·         Extensión máximo de una cuartilla
    ·         Letra Arial 12 puntos.
    ·         Interlineado 1.5.
    ·         En la parte superior izquierda tú nombre completo iniciando por apellido paterno, materno y nombre(s), la carrera a la que aspiras y tu número de registro.
    ·         Firmar al final de tu escrito.
    ·         Debes cuidar que tu texto cuente con buena presentación, claridad en las ideas y buena ortografía.
    ·         El texto lo debes presentar impreso.
    4. ENTREGA DE DOCUMENTOS A LA COORDINACIÓN DE LICENCIATURAS
    Deberás entregar en la Coordinación de las Licenciaturas en Artes Visuales (calle belén 120, Zona centro, Guadalajara , a dos cuadras del Teatro Degollado). Los siguientes documentos.   
    a. Recibo de pago bancario por un monto de $350
    b. Cartas responsivas (llenar y entregar) 
    La carta responsiva debe ser firmada de conformidad y entregada, en ella indica que estás enterado (a) de la existencia de la Evaluación Diagnóstica Artística, su naturaleza y la logística para su realización.
    c. Historia de vida y exposición de motivos.
    d. Portafolio Artístico Formato: Tamaño Carta (si tu original es más grande toma una fotografía e imprímela). Número de imágenes: 10 (Diez), trabajos de tu autoría (pueden ser variados en cuanto a técnica) y presentarlos organizados dentro de una carpeta. los trabajos que incluyas deberán ser de tu autoría. Los cuales pueden ser aspirantes fotografía (fotografías de cualquier tema). Aspirantes plásticas (dibujo, pinturas o grabado). La temática
    , así como la técnica son libres. Presentación: Organizados dentro de una carpeta con micas, con los siguientes datos: Nombre completo (iniciando por apellido) número de registro y la licenciatura a a la que aspiras, estos datos deben ir en la parte frontal de la carpeta (evita decorar la carpeta en la que entregas tus trabajos). 
    Es requisito para poder realizar los trámites en la Coordinación de Artes Visuales, presentarte con tu cobre boca y pluma, el HORARIO de atención es 10:00 a 14:00hrs de lunes a viernes (sólo se da acceso a la persona interesada). (todos los documentos presentados posterior a la fecha señalada, resultarán extemporáneos; por lo que no procederá recurso alguno)  
     
    5. PROGRAMACIÓN DE EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA ARTÍSTICA
    Al momento de entregar la documentación indicada en el punto anterior (4) en la Coordinación de Licenciaturas de Artes Visuales, Sede Artes. (calle belén número 120 zona centro) se te informará el grupo y el horario en que deberás presentarte a realizar a realizar la Evaluación Diagnóstica Artística. A esta valoración deberás presentarte siguiendo las indicaciones del instructivo de trámites que se te entregará al momento de tu registro.  
    6. ADMISIÓN
    Serán admitidos en las Licenciaturas en Artes Visuales para la Expresión Plástica y para la Expresión Fotográfica aquellos aspirantes que, habiendo PRESENTADO Y APROBADO todas las etapas de la Evaluación Diagnóstica Artística, obtengan los mayores puntajes y cumplan los requisitos que marca la normativa universitaria vigente.  
    Los aspirantes que resulten admitidos deberán asistir de manera obligatoria a la sesión de inducción; la fecha y hora será notificada a través de un aviso en la publicación de resultados en la web. 
    EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA ARTÍSTICA (EvDA)
    En la PRIMERA ETAPA (Eliminatoria), se considera la relación de los aspirantes con el entorno visual y el entorno gráfico-plástico, en el cual se establece en las coordenadas “saber ver” y “saber hacer”, se hace necesario incidir en que para poder llegar al “saber hacer” se requiere disponer de un conocimiento mínimo de técnicas, recursos, así como capacidad elemental de percibir visualmente y de asimilar conceptos; para posteriormente poder pasar a desarrollar con un cierto grado de destreza. Estos factores se estimarán a través de la producción de trabajos artísticos de temática libre, pero bajo instrucciones precisas que te serán proporcionadas en el aula. En un segundo momento se valoran: la percepción (entendida como la cualidad de gestionar y aprehender información) y cultura artística general, (entendida como el nivel de acercamiento y conocimiento previo), que sobre el arte tiene el aspirante. ESTA ETAPA SE REALIZA EN DOS DÍAS PARA LA EXPRESIÓN PLASTICA Y EN DOS DÍAS PARA LA EXPRESIÓN FOTOGRÁFICA (se debe aprobar para tener derecho a la siguiente). SEGUNDA ETAPA (Eliminatoria), Entrevista y Portafolio Artístico: Diálogo con académicos donde se consideran aspiraciones, las actitudes y expectativas del aspirante.

    Artes Visuales para la Expresión Plástica.
    Primera Etapa:
    Día 1.
    Fase uno:
    Esta primera fase de la Etapa Uno se realizará en un solo horario el cual será a las 9:00 hrs. hora centro, se realizará vía internet, por lo cual la distancia o cambio de horario no es obstáculo para presentar esta fase.
    Para realizarla deberás ingresar al enlace el cual se enviará con anticipación vía correo electrónico.
    Requisitos que debes tener a la mano:
    Número de registro de aspirante.
    Deberás contar con una cuenta @gmail.com para poder acceder.
    Contar con dispositivo electrónico (tableta, computadora), con acceso a internet.
    Verifica que tu conexión a internet sea estable ya que no podrás acceder más de una vez al registro.
    Fase dos:
    Día 2:
    La segunda fase que conforma la etapa uno se realizará en dos horarios 9:00 y 13:00 hrs., según el horario que se te indique al momento en que realizas tu registro en la Coordinación de Artes Visuales. En esta fase TODOS los aspirantes realizarán la práctica de DIBUJO y deberán ejecutar PINTURA O ESCULTURA.
     
    DEBERÁS PRESENTARTE CON LOS SIGUIENTES MATERIALES: 
    DIBUJO:

    • Un pliego de Papel Marquilla, tamaño 60 X 40 cms.
    • Lápiz 6B y 2B sacapuntas y borrador. 

    Y según la opción que elijas:

    • PINTURA de 4 a 6 pigmentos de color a tu elección (gouache, acrílico, vinílica o prismacolor, NO ÓLEO)

    Papel Marquilla tamaño 60 X 40 cms. (si tu elección fue acrílico, vinílica o prismacolor), de 1 a 3 pinceles, pluma, recipiente para agua, y trapo.  
    Si tu elección fue GOUACHE de 4 a 6 pigmentos de color a tu elección, Papel Fabriano de 60 X 40 cms., de 1 a 3 pinceles, pluma, recipiente para agua, y trapo. 

    • Para la opción de ESCULTURA: Presentarse con ½ pliego de cartón batería, plastilina (3 barras), cúter y resistol líquido.  

     

    Artes Visuales para la Expresión Fotográfica
    La evaluación de aspirantes de primer ingreso a la Licenciatura en Artes Visuales para la Expresión Fotográfica, está integrada en dos etapas (la etapa uno se estructura en dos fases), que se detallan a continuación:
    PRIMERA ETAPA:
    Día 1.
    Fase uno:
    Esta primera fase de la etapa uno se realizará en un solo horario el cual será a las 9:00 hrs., se realizará vía internet, por lo cual la distancia o cambio de horario no es obstáculo para presentar esta fase.
    Para realizarla deberás ingresar al enlace el cual se enviará con anticipación vía correo electrónico.
     
    Requisitos que debes tener a la mano:
    Número de registro de aspirante
    Deberás contar con una cuenta @gmail.com para poder acceder.
    Contar con dispositivo electrónico (tableta, computadora), con acceso a internet.
    Verifica que tu conexión a internet sea estable ya que no podrás acceder más de una vez al registro.
    Día 2. 
    Fase dos:
    Esta segunda fase que conforma la etapa uno se realizará en dos horarios 9:00 y 11:00 hrs., En esta TODOS los aspirantes construirán una REPRESENTACIÓN VISUAL ARTÍSTICA BIDIMENSIONAL (los lineamientos para llevar a cabo esta práctica se señalarán de forma puntual en el aula).
    DEBERÁS PRESENTARTE CON LOS SIGUIENTES MATERIALES:
    Un (1) cartón de cascarón de huevo en tamaño 56 X 35 cm, pegamento blanco o lápiz adhesivo, periódicos y revistas (asegúrate de traer material suficiente, de diversos contenidos o distintas temáticas), plumones de colores (mínimo tres colores a elección), 6 papeles tamaño carta de distintos colores, tijeras, bolígrafo y marcador indeleble.
     
    SEGUNDA ETAPA para ambas licenciaturas (Artes Visuales para la expresión Plástica y para la expresión Fotográfica)
    Entrevista.
    Esta se llevará a cabo de 9:00 a 15:00 hrs., deberás presentarte en el horario y aula que te fue indicado en la publicación de resultados de la etapa uno.
    NOTA:  Es importante que para esta etapa te presentes antes de la hora citada y consideres que tu permanencia en el plantel se podrá prolongar más allá de la hora programada. 

    Los resultados de la Etapa 2 no se publican, se remiten a Control Escolar para que sean evaluados con tu promedio de Bachillerato y de la Prueba de Aptitud Académica que realizarás en la sede Huentitán.
     
    Recomendaciones importantes

    1. Presentarte todos los días que se te señalen con tu solicitud de aspirante, ya que debes reunir los sellos que acreditarán tu presentación en cada etapa;  
    2. Presentarte en cada etapa, una hora antes de la hora indicada, para poder ubicar el aula donde deberás aplicar la prueba. Después de iniciada ésta, no se te permitirá el ingreso. 
    3. El grupo en que te corresponderá aplicar la Primera Etapa de la Evaluación Diagnóstica Artística (EvDA) debes anotarlo en este folleto, el cual también lo ha registrado la Coordinación de Licenciaturas, es tu responsabilidad conservarlo para recordar la asignación y contribuir así, con la planificación estructurada para el conveniente desarrollo de la EvDA. 

     

  • Exámenes

    La evaluación del aprendizaje de este programa educativo, que ha sido diseñado con el enfoque por competencias, se realiza a través de la ejecución de trabajos individuales y colaborativos que integran evidencias de los aprendizajes adquiridos y revelan los conocimientos, habilidades, actitudes y valores que se espera desarrollar en cada asignatura.

  • Exámenes

    Examenes de tipo genérico:
    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
    Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
     
    ·         Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio.
    ·         El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
     
    En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen de acreditación por competencias.
    Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:
     
    ·         El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia.
    ·         La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.
     

     Exámenes departamentales 
    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:

    • Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
    • Verificar el grado de avance del programa de la materia.
    • Aplicarse como parte de la evaluación institucional.
    • Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

    Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo. Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura. Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.
     
    Proceso para presentar examen de acreditación de competencias.
    Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
     
    ·         Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente.
    ·         Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo          General Universitario.
    ·         Pagar el arancel correspondiente.
    ·         Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
     
    El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación. El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia. El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
    En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
    El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    Exámenes departamentales
    Los exámenes departamentales se utilizan en aquellas asignaturas en que hay dos o más grupos, con la finalidad de verificar que el contenidos de los programas ha sido cubierto de igual manera en los diferentes cursos.

    Exámen de acreditación de competencias
    Al final del semestre, solicitar mediante oficio, el examen de acreditación por competencias al Jefe de Departamento, donde está adscrita la asignatura, indicando clave y nombre de la materia.
    El Jefe de Departamento notifica a la Academia correspondiente y se nombra un jurado, integrado por tres profesores.
    Se te notifica fecha, hora, lugar del examen, ese día presentarte con el pago realizado directamente en el banco. http://www.cucba.udg.mx/sites/default/files/pdfescolar/0309.pdf
    Se levanta el acta correspondiente, anexa el pago del examen y el Jefe de Departamento entrega expediente en las fechas establecidas a Control Escolar, generalmente durante la primer semana del ciclo escolar.

     

  • Exámenes

    De acuerdo con el  Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara describe el mecanismo de evaluación del proceso enseñanza-aprendizaje de los alumnos, de conformidad con los planes del la licenciatura

  • Exámenes

    En este programa educativo no se aplican los exámenes departamentales en virtud de que se encuentra en proceso de actualización.
     
    Los exámenes que se llevan a cabo en este programa educativo se aplican al inicio y al final de la unidad de aprendizaje, en una mayor parte se utiliza la acreditación por competencias de acuerdo al capítulo VIII del reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos.
     
    Pueden ser escritos, orales y en línea.

  • Exámenes

  • Exámenes

    De acuerdo al Reglamento General de Ingreso, Evaluación y Promoción de Alumnos, uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia (Capítulo III, Artículo 14).
    Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes (Capítulo III, Artículo 15):
    I. Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    II. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
    Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo. Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura (Capítulo III, Artículo 18).
     
    PROCESO PARA PRESENTAR EXAMEN DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS (Capítulo VIII, Artículos 37 al 44)
    Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Solo aplica para materias no cursadas y por única ocasión, por asignatura
    Al final del semestre, solicitar mediante oficio, el examen de acreditación por competencias al Jefe de Departamento, donde está adscrita la asignatura, indicando Clave y Nombre de la Materia.
    El Jefe de Departamento notifica a la Academia correspondiente y se nombra un jurado, integrado por tres profesores.
    Se te notifica fecha, hora, lugar del examen, ese día presentarte con el pago realizado directamente en el banco.
    Se levanta el acta correspondiente, anexa el pago del examen y el Jefe de Departamento entrega expediente en las fechas establecidas a Control Escolar.

  • Exámenes

    Conforme a lo señalado en el  Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara (artículos 14 al 44), las academias, previo al inicio del ciclo escolar, deberán poner a consideración del Colegio Departamental para su aprobación los criterios de evaluación que se utilizarán, con el objeto de permitir la variabilidad en los esquemas de evaluación de cada materia.
     
    El alumno debe conocer al inicio del curso cuáles son los criterios de evaluación de cada una de las materias que cursará.
     
    La evaluación será continua y en ella se tomarán en consideración, los siguientes aspectos: los conocimientos, las capacidades, habilidades, destrezas, aptitudes y las actitudes adquiridos durante el desarrollo de la materia.
     
    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
     
    Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
     
    I. Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
     
    II. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
     
    En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen de acreditación de competencias, regulado también en el Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara.
     
     
    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
     
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
     
    La evaluación en periodo extraordinario tiene por objeto proporcionar a los alumnos la oportunidad de acreditar una materia que por cualquier circunstancia, no haya logrado el registro de una calificación aprobatoria durante el periodo de la evaluación continua.
     
    Se exceptúan de este caso las materias de orden práctico que requerirán la repetición del curso.
     
    La evaluación en periodo extraordinario se calificará atendiendo a los siguientes criterios:
     
    I. La calificación obtenida en periodo extraordinario, tendrá una ponderación del 80% para lacalificación final;
    II. La calificación obtenida por el alumno durante el periodo ordinario, tendrá una ponderación del 40% para la calificación en periodo extraordinario, y
    III. La calificación final para la evaluación en periodo extraordinario será la que resulte de la suma de los puntos obtenidos en las fracciones anteriores.
     
     
    Exámenes de Acreditación de Competencias: son  aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
     
     Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
     
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro
     
    El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a
    propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
     
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
     
    Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
     
    El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia y se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
     
    En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
     
    El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
     
    Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes

  • Exámenes

    1- Examen Global Teórico Práctico
    Es la prueba que permite la valoración de los conocimientos que adquieren los alumnos en su formación para relacionarlos y aplicarlos a situaciones concretas de su hacer profesional, el cual será sobre los conocimientos generales adquiridos y sobre los aspectos prácticos de su propio ejercicio.
    La convocatoria para la aplicación del Examen se realizará de manera semestral. 

     

  • Exámenes

  • Exámenes

    Examen global teórico-práctico. Es la prueba oral o escrita que permite la valoración de los conocimientos que adquieren los alumnos en su formación para relacionarlos y aplicarlos a situaciones concretas de su quehacer profesional. Este examen versa sobre los conocimientos generales adquiridos y los aspectos prácticos del propio ejercicio. •
    Examen general de certificación profesional. Este examen pretende establecer en qué medida los pasantes de las licenciaturas acreditan el puntaje y el nivel académico de excelencia, de acuerdo con los parámetros definidos por el Centro Nacional de Evaluación de la Educación Superior (CENEVAL), que cuenta con exámenes generales de certificación.

  • Exámenes

    EGEL Plus ODON
    Para evaluar a los estudiantes que están por egresar de la educación superior, el Ceneval ha desarrollado el Examen General para el Egreso de la Licenciatura (EGEL), que tiene como propósito evaluar el grado en que los estudiantes de una licenciatura han logrado los aprendizajes indispensables al término de su formación académica. Este instrumento ha sido recientemente renovado y, a partir de diciembre de 2021, el EGEL Plus evalúa conocimientos y habilidades disciplinares, así como habilidades transversales de lenguaje y comunicación.

  • Exámenes

    Los examenes en la Licenciatura en Comunicación Pública siguen los lineamientos generales estipulados en la normatividad universitaria de la Universidad de Guadalajara. En específico en el Capítulo III del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos en donde se indica lo siguiente:
     
    Artículo 14. Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
     
    Artículo 15. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:

    1. Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    2. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo. En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.

     
    Artículo 16. Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:

    1. El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia, y
    2. La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.

     
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:

    1. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    2.  Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    3. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    4. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

     
    Artículo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo. Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura. Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.
    Para mayor información sobre los examenes puede consultarse el “Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara” disponible en: http://www.secgral.udg.mx/sites/archivos/normatividad/general/Reglamento...

  • Exámenes

    Existe el Reglamento General de Evaluación y Promoción de alumnos de la Universidad de Guadalajara.

  • Exámenes

    La Universidad de Guadalajara establece que la evaluación será continua. Y para que en cada una de las asignaturas el alumno sea evaluado se hace lo siguiente:
    Las academias, previo al inicio del ciclo escolar,  ponen a consideración y aprobación del Colegio Departamental los criterios de evaluación que se utilizarán. Los cuales se deben dar a conocer al alumno al inicio del curso.
    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia. Los exámenes pueden ser:
    Parciales,

    1. Se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    2. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.

    Departamentales, tienen como objetivos:

    1. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    2. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    3. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    4. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores*.

    *Artículo 17 del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos.
    Para presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior**.
    **Capítulo VIII del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos.
    http://www.secgral.udg.mx/sites/archivos/normatividad/general/ReglamentoGralEPAlumnos.pdf

  • Exámenes

    Artículo 14. Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
     
    Artículo 15. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
    I. Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo objetivos señalados en el programa de estudio, y
     
    II. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
    En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
     
    Finalidad de los exámenes departamentales .
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
     
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    Proceso para presentar examen de acreditación de competencias
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo
    General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
     
    Para conocer a cerca del reglamento general de evaluacion visite la siguiente liga: http://www.secgral.udg.mx/sites/archivos/normatividad/general/ReglamentoGralEPAlumnos.pdf

  • Exámenes

    Los exámenes son un medio de evaluacion en la que se mide el nivel de conocimientos, aptitudes, habilidades que permite conocer el grado de dominio de un estudiante sobre las materias y ayudan a enriquecer el proceso de evaluación. 
     
    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
     
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manuel de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario; 
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
     
    El Colegio determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
    El examen de acreditación versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, misma que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe del Departamento respectivo. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificacion obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno. Se podrá presentar una sola vez por materia. 
     
    Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
    I. Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio; y
    II. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo. En ningún caso, el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento. 
    Fundamentacion Normativa de los exámenes, con base al Reglamento General de Evaluación y Promoción de alumnos de la Universidad de Guadalajara en los siguientes artículos. 
    Articulo 16. Exámenes parciales y globales.
    Artículo 17 y 18. Exámenes departamentales.
    Artículo 37 al 44. Exámenes de acreditación de competencia.
     
     
     

  • Exámenes

    En la Universidad de Guadalajara, uno de los medios de evaluación de manera tradicional lo constituye el examen, que permite conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia, el examen es un elemento importante para esos fines sin dejar de considerar que en la actualidad existen otras formas más integrales para evaluar la generación de conocimientos por el estudiante durante su proceso educativo.

    • Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
      • Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
      • Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
      • Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
      • Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

    Los exámenes por competencia son aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. 
    Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:

    • Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    • Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    •  Pagar el arancel correspondiente.

    Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro
    Fundamentación Normativa de los exámenes

    Con base al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara en sus artículos:

     

    Artículo 15. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:

     

    I. Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio; y

     

    II. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo. En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.

     

    Artículo 16. Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:

     

    I. El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia; y

     

    II. La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.

     

    La finalidad de los exámenes departamentales (artículo 17 del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos).

     

    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:

     

    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;

     

    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;

     

    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional; y

     

    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

    Artículo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo.
    Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura. Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el  Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.
    EXÁMENES DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I.             Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II.            Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III.          Pagar el arancel correspondiente, y
    IV.          Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación. El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia. El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

     

  • Exámenes

    Se pierde el derecho a presentar el examen ordinario cuando no tienes el 80% de las asistencias. Para el caso del Centro Universitario de los Valles deberás tener al menos 14 de las 17 asistencias para poder tener derecho al examen ordinario. Si no presenta.
    La calificación mínima para acreditar en periodo ordinario es de sesenta (60), en caso que no acredites, de acuerdo a la normatividad universitaria vigente tienes derecho a la evaluación en periodo extraordinario.
    La calificación en período extraordinario se otorgará de conformidad con lo establecido el Capítulo V del Reglamento de Evaluación de Alumnos de la Universidad de Guadalajara en sus artículos 23, 24, 25 Fracciones I, II y III.
    De la calificación obtenida de la evaluación extraordinaria, solamente se tomará en cuenta el 80% del total.
    De la calificación obtenida de la evaluación ordinaria, solamente se tomará en cuenta el 40 % del total.
    La calificación final resulta de los puntos mencionados anteriormente.

  • Exámenes

    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    °Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    °Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara.
    °Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    °Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Los exámenes por competencia son aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y están en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    °Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    °Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    °Pagar el arancel correspondiente.

  • Exámenes

    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:

    • Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    • Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    • Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    • Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

    Los exámenes por competencia son aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. 
    Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:

    • Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    • Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    •  Pagar el arancel correspondiente. 
  • Exámenes

    Dentro de la normativa de la Univesidad de Guadalajara existe el Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos, el cual contempla, entre otras cosas, las evaluaciones mediante diferentes tipos de examen, tal como lo dictan los siguientes articulos:

    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:

    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el
    Artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma Materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

     
    CAPÍTULO VIII
    EXÁMENES DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS

    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno, cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese, campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.

    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.

    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación. El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, misma que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.

    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.

    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia.
    El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.

    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.

    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.

    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    Dentro de la normativa de la Univesidad de Guadalajara existe el Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos, el cual contempla, entre otras cosas, las evaluaciones mediante diferentes tipos de examen, tal como lo dictan los siguientes articulos:
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el
    Artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma Materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    CAPÍTULO VIII
    EXÁMENES DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno, cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese, campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación. El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, misma que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia.
    El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    La evaluación del aprendizaje de este programa educativo, que ha sido diseñado con el enfoque por competencias, se realiza a través de la ejecución de trabajos individuales y colaborativos que integran evidencias de los aprendizajes adquiridos y revelan los conocimientos, habilidades, actitudes y valores que se espera desarrollar en cada asignatura.

     
    Además y de acuerdo a nuestro modelo educativo, existe la opción evidenciar la experiencia y conocimientos a través de  exámenes de acreditación por competencias

  • Exámenes

    El Capítulo III del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos en su artículo 4 y 15 hace alusión a los exámenes parciales, y globales utilizados como medio de evaluación de las unidades de aprendizaje y que a su vez constituyen un  porcentaje de los criterios de evaluación del curso.
    Sin embargo existen los exámenes Departamentales mismos que permiten identificar el grado de dominio que los estudiantes han obtenido sobre la materias, además permiten evaluar la homogeneidad en los aprendizajes logrados por los estudiantes de una misma materia se realizan una vez por ciclo escolar y serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente, para más información consulta el artículo 16, 17 y 18 del reglamento antes mencionado.
    En el capítulo VIII del reglamento antes mencionado en su artículo 37 se regulan los exámenes de acreditación por competencias, como su nombre lo dice, permite a los estudiantes que por experiencia laboral o estudio previos puedan demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una unidad de aprendizaje, para hacer uso de este recurso, deberás solicitarlo previo al inicio del ciclo escolar, para lo cual tendrás que cumplir los requisitos establecidos en el artículo 38 del reglamento.

  • Exámenes

        ●     Finalidad de Exámenes Departamentales
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos: I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia; II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara; III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
     
    ·         CAPÍTULO VIII EXÁMENES DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos: I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente; II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario; III. Pagar el arancel correspondiente, y IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación. El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
     Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia. El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia. 7
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    Capítulo III.  de los Exámenes
    De acuerdo al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos (Páginas 2 y 3)
    Artículo 14. Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
    Artículo 15. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
    I. Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    II. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
    En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
    Artículo 16. Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:
    I. El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia, y
    II. La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.
     
    La Finalidad de los Exámenes Departamentales
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo
    21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Artículo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo. Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura.
    Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.
     
    Capítulo VIII. Examen de Acreditación de Competencias
    De acuerdo al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos (Página 6)
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, misma que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia.
    El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio
    Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

  • Exámenes

    Capítulo III.
    De los Exámenes de acuerdo al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos (Páginas 2 y 3)
    Artículo 14. Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
    Artículo 15. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
    I. Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio.
    II. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo. En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
    Artículo 16. Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:
    I. El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia, 
    II. La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales. La Finalidad de los Exámenes Departamentales
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Artículo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo. Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura.
    Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.
    Capítulo VIII. Exámen de Acreditación de Competencias De acuerdo al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos (Página 6)
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente; II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente.
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación. El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, misma que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia. El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

                  Capítulo III.  de los Exámenes
    De acuerdo al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos (Páginas 2 y 3)
    Artículo 14. Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
    Artículo 15. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
    I. Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    II. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
    En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
    Artículo 16. Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:
    I. El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia, y
    II. La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.
     
                  La Finalidad de los Exámenes Departamentales
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo
    21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Artículo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo. Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura.
    Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.
                  Capítulo VIII. Exámen de Acreditación de Competencias
    De acuerdo al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos (Página 6)
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General
    Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, misma que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia.
    El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio
    Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    o   Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
         I.  Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia
         II.  Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
         III.  Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
         IV.  Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    o   EXÁMENES DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS
         §  Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
         §  Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
         ·       I.  Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente
         ·       II.  Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
         ·       III.  Pagar el arancel correspondiente, y
         ·       IV.  Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
         §  Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
     
    o   El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
         §  Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
         §  Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia. 

  • Exámenes

  • Exámenes

    Evaluación
    En la LIMSEDILE, los alumnos son evaluados con productos o actividades integradoras tales como: elaboración de planeaciones de clase,  diseño de materiales didácticos, diseño de cursos u actividades encaminadas al desarrollo  de competencias lingüísticas en la lengua meta, elaboración de ensayos en los que se invita al aprendiz a analizar, investigar, reflexionar, así como proponer soluciones a situaciones de índole pedagógico y lingüístico.
    Exámenes de Acreditación por Competencia
    Requisitos

    • Hacer la solicitud al Coordinador de la Licenciatura dentro de las primeras dos semanas de clases, con nombre completo, código, nombre y clave de la materia, teléfono y correo electrónico.
    • Entregar dicha solicitud asistente de la Coordinación
    • Solicitar el formato de pago en ventanilla 3 de control escolar, con oficio de aceptación por parte de la coordinación.
    • Hacer el pago del o de los exámenes solicitados.
    • Entregar  el formato del pago original, junto con el oficio a asistente de coordinación.
    • Esperar la aprobación de la solicitud por parte de la Academia titular de la materia.
    • La coordinación, a través de asistente, enviará resultados del examen, anexando acta, pago original, oficio de petición de examen por parte del alumno y oficio de aceptación a la coordinación a Control Escolar.
  • Exámenes

    EXAMENES DE ACREDITACION POR COMPETENCIA
     
     
    REQUISITOS.-
     

    • Hacer la solicitud al Coordinador del Departamento de Lenguas Modernas, Dra. Patricia Velázquez Martínez, dentro de las primeras dos semanas de clases, con nombre completo, código, nombre y clave de la materia, teléfono y correo electrónico.
    • Entregar dicha solicitud a Rosa Muñoz en el Departamento de Lenguas Modernas.
    • Solicitar el formato de pago en ventanilla 3 de control escolar, con oficio de aceptación por parte de la coordinación.
    • Hacer el pago del o de los exámenes solicitados.
    • Entregar  el formato del pago original, junto con el oficio a Rosa Muñoz.
    • Esperar la aprobación de la solicitud por parte de la Academia titular de la materia.
    • La coordinación, a través de Rosa Muñoz, enviará resultados del examen, anexando acta, pago original, oficio de petición de examen por parte del alumno y oficio de aceptación a la coordinación a Control Escolar.

     
    IMPORTANTE.-
     

    • Una vez aprobada la solicitud se hará llegar la guía de estudio y fecha correspondiente al examen.
    • El solicitante deberá estar al pendiente de recibir guía y fecha de examen en tiempo y forma.
    • Después de haber presentado el examen, verificar en sistema que la calificación haya sido dada de alta.
    • Si llegase a REPROBAR el examen por Competencias, NO TIENE DERECHO A SOLICITARLO NUEVAMENTE, por lo que tendrá que cursar la materia de forma regular.
    • Si cursó la materia de forma regular y la reprobó o no tuvo derecho por inasistencias, NO TIENE DERECHO A SOLICITAR EXAMEN DE ACREDITACION POR COMPETENCIA.

     
     

  • Exámenes

    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    Los exámenes por competencia son aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:

    • Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia
    • Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara
    • Aplicarse como parte de la evaluación institucional
    • Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
      • Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente
      • Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario
      • Pagar el arancel correspondiente.
  • Exámenes

    EXÁMENES DEPARTAMENTALES
     
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    EXÁMENES DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS
     
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
     
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
     
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, misma que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
     
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
     
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia.
    El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
     
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
     
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
     
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    En la Carrera de TSUEMA se prevén una serie de evaluaciones que permiten valorar el avance y aprendizaje académico del estudiante por lo que es necesario que se considere la evaluación continua, extraordinaria y de competencias de conformidad con el reglamento y esta debe  realizarse en los siguientes términos:
    Artículo 3. El avance escolar del alumno en el plan de estudios en que se encuentre inscrito, se realizará a través de las evaluaciones que se realicen de conformidad con este reglamento. La evaluación será continua e Integral.
    Artículo 4. Para efecto del presente reglamento se entiende por evaluación el conjunto de actividades realizadas para obtener y analizar información en forma continua y sistemática del proceso enseñanza-aprendizaje que permitan verificar los logros obtenidos y determinarles un valor específico.
    Artículo 5. El resultado final de las evaluaciones será expresado conforme a la escala de calificaciones centesimal de 0 a 100, en números enteros, considerando como mínima aprobatoria la calificación de 60. Las materias que no son sujetas a medición cuantitativa, se certificarán como acreditadas (A) o no acreditadas (NA).
    Artículo 6. Para obtener el promedio de calificaciones, sólo se tomarán en cuenta las materias aprobadas con calificación numérica.
     
    Exámenes por competencias
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
     
    Para la realización de exámenes por competencias es necesario realizar el siguiente trámite:
     
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.

  • Exámenes

    La finalidad de los exámenes departamentales es: 
     
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores. 

  • Exámenes

    Los exámenes permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
    Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
    I. Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    II. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo. 
     
    Reglamento general de evaluación y promoción de alumnos de la Universidad de Guadalajara
    http://www.secgral.udg.mx/sites/archivos/normatividad/general/Reglamento...

  • Exámenes

    Según el  Reglamento General de Promoción y Evaluación de los Alumnos de la Universidad de Guadalajara

    Artículo 14. Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio
    que el alumno ha obtenido sobre la materia.
    Artículo 15. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de
    evaluación, por determinación de la Académica, los siguientes tipos de exámenes:
    I. Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la
    materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos
    señalados en el programa de estudio, y
    II. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el
    aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
    En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el
    100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
     
    La finalidad de los exámenes departamentales (sustento normativo: artículo 17 del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos).
     
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma
    materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    El proceso para presentar examen de acreditación de competencias (sustento normativo: capítulo VIII del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos).
     
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
     
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo
    General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Académica correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, misma que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
     
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia. El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    Examen Departamental: La finalidad del examen Departamental es asegurar la homogeneidad en los cursos, el nivel de conocimientos, así como el cumplimiento de planes y programas y paralelamente favorecer el autoaprendizaje. CAPÍTULO III DE LOS EXÁMENES Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos: I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia; II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara; III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores. Examen de Acreditación de Competencias: El Examen de Competencia es el que puede presentar el alumno cuando considera que por razones de experiencia laboral o de estudios previos, tiene la formación necesaria en una asignatura y está en condiciones de demostrar los conocimientos para acreditar la misma. CAPÍTULO VIII EXÁMENES DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos: I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente; II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario; III. Pagar el arancel correspondiente, y IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior. Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación. El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, misma que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo. Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno. Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia. El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.

  • Exámenes

    En la Universidad de Guadalajara, uno de los medios de evaluación de manera tradicional lo  constituye el examen, que permite conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia, el examen es un elemento importante para esos fines sin dejar de considerar que en la actualidad existen otras formas más integrales para evaluar la generación de conocimientos por el estudiante durante su  proceso educativo.
    Con base al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara en sus artículos:
    Artículo 15. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
      I.         Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio; y
      II.         El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo. En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
    Artículo 16. Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:
    I.               El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia; y
    II.              La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.
    La finalidad de los exámenes departamentales (artículo 17 del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos).
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I.               Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II.              Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III.            Aplicarse como parte de la evaluación institucional; y
    IV.            Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Artículo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo.
    Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura. Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el  Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.
     
    EXÁMENES DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I.               Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II.              Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III.            Pagar el arancel correspondiente, y
    IV.            Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación. El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia. El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    Los exámenes se realizan de acuerdo al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara en el capitulo III
    Artículo 14.
    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
     
    Artículo 15.
    Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:

    1.  Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    2.  El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.

    En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerad o individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
     
    Artículo 16.
    Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:

    1. El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia, y
    2. La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.

     
    Artículo 17.
    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:

    1. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    2. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    3. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    4. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

     
    Artículo 18.
    Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo.
    Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura.
    Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la  academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.
     

  • Exámenes

    CAPÍTULO III
    DE LOS EXÁMENES
     
     
    Artículo 14.
    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
     
    Artículo 15.
    Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
     
    I. Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprend izajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    II. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos du rante todo el proceso educativo.
     
    En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
     
    Artículo 16.
    Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:
     
    I. El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia, y
    II. La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.
     
    ArtIculo 17.
    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de  Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    Artículo 18.
    Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de  Departamento respectivo. Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura.
     
    Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.
     
     
     
    CAPÍTULO VII
    DE LA OPORTUNIDAD DE REPETIR CURSOS
     
     
    Artículo 33.
    El alumno que por cualquier circunstancia no logre una calificación aprobatoria en el periodo extraordinario, deberá repetir la materia en el ciclo escolar inmediato siguiente en que se ofrezca, teniendo la oportunidad de acreditarla durante el proceso de evaluación ordinario o en el periodo extraordinario, excepto para alumnos de posgrado.
     
    En caso de que el alumno no logre acreditar la materia en los términos de este artículo, será dado de baja.
     
    Artículo 34.
    El alumno que haya sido dado de baja conforme al artículo 33 de este ordenamiento podrá solicitar por escrito a la Comisión de Educación del Consejo de Centro o de Escuela, antes del inicio del ciclo inmediato siguiente en que haya sido dado de baja, una nueva oportunidad para acreditar la materia o materias que adeude.
     
    La Comisión de Educación del Consejo de Centro o de Escuela podrá autorizar una nueva oportunidad para acreditar la materia o materias que adeude el alumno en el ciclo siguiente en que se  ofrezcan la o las materias, atendiendo a los argumentos que exprese el alumno en su escrito, su historia académica y conducta observada, así como lo establecido en el artículo 36 de este  ordenamiento. En caso de autorizarse dicha solicitud, el alumno tendrá la oportunidad de acreditar las materias que adeuda, sólo en el periodo de evaluación ordinaria, en caso de no presentarse al curso y no lograr una calificación aprobatoria, en todas y cada una de las materias que adeude, será dado de baja en forma automática y definitiva.
     
    Artículo 35.
    Los alumnos que sean dados de baja de la Universidad de Guadalajara conforme a los artículos 32, 33 y 34 de este ordenamiento, no se les autorizará su reingreso a la carrera o posgrado por el cual se les dio de baja. En el caso del bachillerato no se le autorizará su reingreso en ninguna de las modalidades educativas en que se ofrezca.
     
    Artículo 36.
    En caso de que una materia desaparezca por cambio de plan de estudios y el alumno no haya logrado una calificación aprobatoria en la evaluación en el periodo ordinario o extraordinario, el Director de la División o de Escuela solicitará a la Rectoría del Centro o a la Dirección General del Sistema de Educación Media Superior, se autorice la impartición de la materia por única ocasión. Lo anterior, deberá notificarse a las Coordinaciones de Control Escolar y demás instancias respectivas.
     
    Reglamento general de evaluación y promoción de alumnos de la Universidad de Guadalajara
    http://www.secgral.udg.mx/sites/archivos/normatividad/general/Reglamento...

  • Exámenes

    • Segun el articulo 17, los exámenes departamentales tienen como objetivos: I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia; II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara; III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.}
    • Segun el articulo 37, los examenes de acreditacion de competencias se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    • El articulo 38 nos dice que para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos: I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente; II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario; III. Pagar el arancel correspondiente, y IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior
    • Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación. El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, misma que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    • Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    •  Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia. El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
    • Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular. Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    • Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.
  • Exámenes

    La Universidad de Guadalajara establece que la evaluación será continua. Y para que en cada una de las asignaturas el alumno sea evaluado se hace lo siguiente:
    Las academias, previo al inicio del ciclo escolar,  ponen a consideración y aprobación del Colegio Departamental los criterios de evaluación que se utilizarán. Los cuales se deben dar a conocer al alumno al inicio del curso.
    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia. Los exámenes pueden ser:
    Parciales,
    I.        Se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    II.      El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
    Departamentales, tienen como objetivos:
    III.    Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    IV.     Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    V.      Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    VI.     Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores*.
    *Artículo 17 del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos.
    Para presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I.      Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II.     Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III.    Pagar el arancel correspondiente, y
    IV.    Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior**.
    V.     **Capítulo VIII del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos.

  • Exámenes

  • Exámenes

    Con base en la normativa correspondiente, se anexa aquí la información del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara:

    Artículo 14. Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
    Artículo 15. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
    I. Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y II. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
    En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
    Artículo 16. Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:
    I. El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia, y
    II. La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Artículo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo. Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura.
    Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.

     

  • Exámenes

    En la Licenciatura en Estudios Polìticos y Gobierno se han aplicado los examenes por competencia de acuerdo con el Capitulo VIII del Reglamento General de Evaluación y promoción de Alumnos.

  • Exámenes

    La evalución en cursos
    Es común que la evalución de cada curso incluya examenes para acreditar la materia, (ver cada programa):

    1. Exámenes de opción múliple,
    2. Exámenes de preguntas abiertas,
    3. Exámenes de exposición oral.

    Algunas modalidades de titulación incluyen exámenes:

    1. Modalidad de Tesis comprende dos exámenes que giran entorno al escrito presentado: Uno, el jurado le señala mejoras y corrección al escrito en presencia del sustentante; dos, el sustentante responde las preguntas o dudas del jurado de manera oral.
    2. Modadlidad de tesina  comprende dos exámenes que giran entorno al escrito presentado: Uno, el jurado le señala mejoras y correcciones al escrito en presencia del sustentante; dos, el sustentante responde las preguntas o dudas del jurado de manera oral.
    3. Modalidad de Examen de replica verbal o por escrito comprende dos exámenes que giran entorno al escrito presentado: Uno, el jurado le señala mejoras y correcciones al escrito en presencia del sustentante; dos, el sustentante responde las preguntas y dudas del jurado de manera oral.
    4. Modalidad de Examen global teórico: el sustentante contesta un total de 20 preguntas, que obedecen a cuatro temas distintos, por escrito y en una sola sesión. 

     
     
     
     
     
     

  • Exámenes

    Para presentar el examen de acreditación de competencias deberás tener en cuenta las siguientes consideraciones generales:
     

    • -El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    • -El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia.
    • -El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
    • -El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación. Los sinodales levantaran el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica.
    • -El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente.
    • -En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.

     
     

  • Exámenes

    En construcción

  • Exámenes

    Examen de Acreditación de Competencias
    Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
     Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV.  Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro.

  • Exámenes

    En este programa educativo se llevan a cabo exámenes de acreditación por competencias

  • Exámenes

    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:

    • Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    • Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    • Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    • Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

    Los exámenes por competencia son aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. 
    Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:

    • Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    • Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    •  Pagar el arancel correspondiente.

    Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro

  • Exámenes

    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:

    • Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    • Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara.
    • Aplicarse como parte de la evaluación institucional.
    • Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

     
    Los exámenes por competencia son aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
     
    Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:

    • Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente.
    • Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario.
    • Pagar el arancel correspondiente.
  • Exámenes

    Examen por competencias:
    Los exámenes de acreditación de competencias son aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que, por razones de experiencia laboral o de estudios previos, ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:

    1. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    2. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    3. Pagar el arancel correspondiente, y
    4. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.

    El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación. El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, misma que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
     
     
     

  • Exámenes

    Al ser una Licenciatura de nueva creación, se encuentra en proceso de conformar y evaluar los exámenes globales oficiales.

  • Exámenes

     La finalidad de los exámenes departamentales:
    Tienen como objetivos, conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia; verificar el grado de avance del programa de la materia; aplicarse como parte de la evaluación institucional y conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia.
    El proceso para presentar examen de acreditación de competencias:
    Se deberá estar inscrito en el plan de estudios correspondiente; haber realizado la solicitud en los términos establecidos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar; pagar el arancel correspondiente y aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro de Educación Media Superior.

  • Exámenes

    Los exámenes departamentales tienen como finalidad la de dar seguimiento durante la parte final del ciclo (unidad de aprendizaje) y con ello detectar el avance académico de los alumnos durante la misma.
    El uso de los exámenes se sustenta en el artículo 17 del reglamento vigente de evaluación y promoción de alumnos de la Universidad de Guadalajara
    Para solicitar el examen por competencias, debe seguirse el siguiente procedimiento:
     

    • Solicitar el examen al Departamento correspondiente (donde se oferte la unidad de aprendizaje a cursar o adelantar) por escrito y durante los tiempos establecidos por la coordinación de control escolar del centro regional
    • El departamento asignará profesores responsables de la aplicación del examen en fecha y hora definida por los profesores.
    • Se aplicará el examen
    • Se generará resultado y con ello el acta de acuerdo con la calificación obtenida durante el examen aplicado
    • El departamento dará visto bueno del mismo, que será aplicado y registrado en Kárdex por la coordinación de control escolar.
    • Se notificará al alumno de la calificación obtenida y registrada en su Kárdex oficial como estudiante en activo.

     
    La aplicación de los exámenes por competencias se sustenta en el capítulo VIII del reglamento vigente de evaluación y promoción de alumnos de la Universidad de Guadalajara.

  • Exámenes

    La evaluación de tus cursos se establece en el Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos.

    Una de las estrategias de evaluación que debes conocer es la escrita en el artículo 17 de este reglamento, pues en tus materias aplicarán lo que denominamos  “Examen departamental” el cual tiene los siguientes objetivos:

    1. Conocer el grado de dominio has obtenido sobre la materia;
    2. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el  artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    3. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    4. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

    Otra de las estrategias para la aprobación de cursos son los “Exámenes por competencia” estos son definidos en el artículo 37 como aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. 

     

    En el artículo 38 se define el criterio para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:

    1. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    2. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    3. Pagar el arancel correspondiente, y 
    4. Aquellos que determine el Consejo Universitario.

    Para hacer el trámite administrativo de un examen de competencias, tienes que presentarte en el departamento al cual pertenece la materia que has elegido acreditar.

  • Exámenes

    Dentro de la normativa de la Univesidad de Guadalajara existe el Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos, el cual contempla, entre otras cosas, las evaluaciones mediante diferentes tipos de examen, tal como lo dictan los siguientes articulos:
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el
    Artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma Materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    CAPÍTULO VIII
    EXÁMENES DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno, cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese, campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, misma que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia.
    El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá
    inscribirse en el curso regular.
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el
    Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    FINALIDAD DE LOS EXÁMENES DEPARTAMENTALES 
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:

    1. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    2. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el
      artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    3. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    4. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma
      materia, que recibieron el curso con distintos profesores. 

    PROCESO PARA PRESENTAR EXAMEN DE ACREDITACÓN POR COMPETENCIAS
     

    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:

    1. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    2. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los
      plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo
      General Universitario;
    3. Pagar el arancel correspondiente, y
    4. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.

    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia.
    El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la
    materia.

    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.

    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

     

  • Exámenes

    La Ingenieria de Procesos y Comercio Internacional tiene una serie de evaluaciones que permiten apreciar el avance y aprendizaje académico del estudiante por lo que es necesario que exista una evaluación continua de conformidad con los reglamentos que señala nuestro plan de estudios. Dentro del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara señala:
    Articulo 2. La evaluación tiene por objeto:

    • Que las autoridades univeristarias, los academicos y alumnos dispongan de elementos para conocer la eficiencia y eficacia del proceos de enseñanza-aprendizaje;
    • Que el alumno conozca el grado de aprovechamiento que ha tenido y, en su caso, obtener la promoción correspondiente;
    • Contribuir a evaluar la calidad del aprendizaje y aumentar el rendimiento de los alumnos, y 
    • Que la Universidad, mediante los resultados de la Evaluación, de testimonio de la preparación académica del estudiante.

    Articulo 3. El avance escolar del alumno en el plan de estudios en que se encuentre inscrito, se realizará a través de las evaluaciones que se realicen de conformidad con este reglamento. La evaluación será continua e integral.
    Articulo 4. Para efecto del presente reglamente se entiende por evaluación el conjunto de actividades realizadas para obtener y analizar información en forma continua y sistemática del proceso enseñanza-aprendizaje que permitan verificar los logros obtenidos y determinarles un valor específico. 
    Articulo 5. El resultado final de las evaluaciones será expresado conforme a la escala de calificaciones centesimal de 0 a 100, en números enteros, considerando como mínima aprobatoria la calificación de 60. Las materias que no son sujetas a medición cuantitativa, se certificarán como acreditadas (A) o no acreditadas (NA).
    Articulo 6. Para obtener el promedio de calificaciones, sólo se tomarán en cuenta las materias aprobadas con calificación numérica. 
    EXAMENES PARCIALES
    Articulo 16. Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:

    • El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia, y
    • La Academia, cuando se traten se exámenes departamentales.

    EXAMENES DEPARTAMENTALES
    Articulo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:

    • Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    • Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el articulo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    • Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    • Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

    Articulo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo. Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un éxamen departamental por asignatura. 
    Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento. 
    EXÁMENES DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS
    Articulo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previosha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. 
    Articulo 38. Para obtener derecho a presentar éxamen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:

    • Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    • Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    • Pagar el arancel correspondiente, y
    • Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior. 

    Articulo 41. El éxamen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia.
    El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
    Articulo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
    Articulo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    Articulo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las califaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.  

  • Exámenes

     
    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, los cuales se podrán aplicar como instrumentos que permitan conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia:

    • Parcial:

    Se realizan para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio. Lo anterior con fundamento en el artículo 16 del RGPEA de la UDG.
     

    • Global o Departamental:

    Considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo, tienen como objetivos:
    1.- Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    2.- Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara; aplicarse como parte de la evaluación institucional;
    3.- Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Lo anterior con fundamento en el artículo 17 del RGPEA de la UdeG.
     
    Así mismo, existe otro tipo de examen que permite conocer el grado de dominio que el alumno tiene sobre determinada materia:
     

    • Examen de acreditación de Competencias:

    El examen por competencias se realiza a solicitud del alumno que considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. Con fundamento en el artículo 37 del RGPEA de la UDG.
    1.- Requisitos: Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    a) Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    b) Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario; 
    c) Pagar el arancel correspondiente, y
    d) Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior
    2.- Procedimiento:
    a) En los meses de junio (Ciclo “A”) y noviembre (Ciclo "B") se lanza la convocatoria y calendario respectivo en la página www.lagos.udg.mx
    b) El Colegio Departamental determina los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designa tres sinodales para su aplicación, este será sobre el contenido total de la materia, que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    c) Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno
    d) Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.
     

  • Exámenes

    Los exámenes son un instrumento de evaluación que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre una unidad de aprendizaje. Existen diferentes tipos:

    1. Los exámenes parciales, que se aplican para verificar en determinados periodos de desarrollo de la unidad de aprendizaje, el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudios.
    2. Los exámenes departamentales, que se aplican para:
    • Conocer el grado de dominio que el aluno ha obtenido sobre la materia
    • Verificar el grado de avance del programa de la materia
    • Aplicarse como parte de la evaluación institucional y
    • Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los aluno de la misma unidad de aprendizaje, que recibieron el curso con distintos profesores.
    1. Los exámenes de acreditación de competencias, que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos, ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.

    Para mayor información consultar el Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos, disponible en: http://secgral.udg.mx/normatividad/ngeneral/

  • Exámenes

     
    •La finalidad de los exámenes departamentales (artículo 17 del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos).
    •El proceso para presentar examen de acreditación de competencias (capítulo VIII del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos).
     
    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, los cuales se podrán aplicar como instrumentos que permitan conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia:
     
    A.   Parcial:
    Se realizan para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio. Lo anterior con fundamento en el artículo 16 del RGPEA de la UDG.
     
    B.   Global o Departamental:
    Considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo, tienen como objetivos:
    1.- Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    2.- Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara; Aplicarse como parte de la evaluación institucional;
    3.- Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Lo anterior con fundamento en el artículo 17 del RGPEA de la UDG.
     
    Así mismo, existe otro tipo de examen que permite conocer el grado de dominio que el alumno tiene sobre determinada materia:
     
    C.   Examen de acreditación de Competencias:
    El examen por competencias se realiza a solicitud del alumno que considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. Con fundamento en el artículo 37 del RGPEA de la UDG.
    1.- Requisitos: Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    a) Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    b) Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    http://www.lagos.udg.mx/sites/default/files/SolExAcComp.pdf
    c) Pagar el arancel correspondiente, y
    d) Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior
    2.- Procedimiento:
    a) En los meses de junio (Ciclo “A”) y noviembre (ciclo B) se lanza la convocatoria y calendario respectivo en la página www.lagos.udg.mx
    b) El Colegio Departamental determina los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designa tres sinodales para su aplicación, este será sobre el contenido total de la materia, que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    c) Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno
    d) Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.
    http://www.lagos.udg.mx/noticia/examenes-de-acreditacion-de-competencias-2015-0

  • Exámenes

    La finalidad de los exámenes departamentales (sustento normativo: artículo 17 del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos).
     
    Conocer el avance académico, el grado de dominio y la homogeneidad de los alumnos en todas las secciones en una materia y entre distintos profesores. Estos exámenes se elaboran en consenso con los profesores que imparten la misma materia, en los distintos horarios.
     
    °El proceso para presentar examen de acreditación de competencias (sustento normativo: capítulo VIII del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos).
     
    El primer paso es acudir a la Coordinación de Control  Escolar a llenar la solicitud  correspondiente, no tener registrada la materia y pagar los aranceles correspondientes.
    Posteriormente presentarse con el Jefe del departamento correspondiente para establecer el día y la hora en que deberá presentar el examen de acreditación por competencias.
    Finalmente esperar que aparezca en kardex en SIIAU la calificación obtenida.
    En caso de no acreditar el examen de acreditación por competencias, registrar la materia en su horario.

  • Exámenes

    Los exámenes departamentales y parciales son elaborados por los docentes y se entregan evidencias en academia.

  • Exámenes

    La Universidad de Guadalajara establece que la evaluación será continua. Y para que en cada una de las asignaturas el alumno sea evaluado se hace lo siguiente:
    Las academias, previo al inicio del ciclo escolar,  ponen a consideración y aprobación del Colegio Departamental los criterios de evaluación que se utilizarán. Los cuales se deben dar a conocer al alumno al inicio del curso.
    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia. Los exámenes pueden ser:
    Parciales,
    I.              Se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    II.            El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
    Departamentales, tienen como objetivos:
          I.        Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
        II.        Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
       III.        Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
      IV.        Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Para presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
     
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.

  • Exámenes

    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el radio de dominio que el estudiante ha obtenido sobre la unidad de aprendizaje. Durante el desarrollo de la unidad de aprendizaje y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
     

    • Exámenes parciales: Se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los estudiantes, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio. 
    • Exámen Global: Considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los estudiantes durante todo el proceso educativo.
    • Exámenes departamentales: Los exámenes departamentales tienen como objetivos conocer el grado de dominio que el estudiante ha obtenido sobre la materia; verificar el grado de avance del programa de la materia; aplicarse como parte de la evaluación institucional y/o conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los estudiantes de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    • Exámenes de acreditación por competencias: Son aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese cambpo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. Para tener derecho a presentar el examen de acreditación de competencias, el estudiante deberá contar con los siguientes requisitos; estar inscrito en el plan de estudios correspondiente; haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que pata tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado pro el H. Consejo General Universitario; pagar el arancel correspondiente y aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro. 

     
    En ningún caso el resultado de obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen de acreditación por competencias.
     
    Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:

    • El profesor del curso, bajo supervisión de la Academia.
    • La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.

     
    Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los estudiantes que cursen la Unidad de Aprendizaje y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo. Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura. Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor del curso y al Jefe de Departamento. 
     
    En el caso de los exámenes departamentales el Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
     
    El exámen versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al estudiante oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de exámen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del estudiante.
     
    Dicho exámen se podrá presentar una sola vez por materia y se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia. En caso de no presentarse al exámen o no obtener calificación aprobatoria, el estudiante deberá inscribirse al curso regular. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y/o extraordinaria.
     
    Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, esto dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos. 
     

  • Exámenes

    La evaluación de tus cursos se establece en el Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos.
     
    Una de las estrategias de evaluación que debes conocer es la escrita en el artículo 17 de este reglamento, pues en tus materias aplicarán lo que denominamos  “Examen departamental” el cual tiene los siguientes objetivos:
     
    I.         Conocer el grado de dominio has obtenido sobre la materia;
    II.       Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el  artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III.     Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV.    Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    Otra de las estrategias para la aprobación de cursos son los “Exámenes por competencia” estos son definidos en el artículo 37 como aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. 
     
    En el artículo 38 se define el criterio para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
     
    I.         Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II.       Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III.     Pagar el arancel correspondiente, y 
    IV.    Aquellos que determine el Consejo Universitario.
     
    Para hacer el trámite administrativo de un examen de competencias, tienes que presentarte en el departamento al cual pertenece la materia que has elegido acreditar.

  • Exámenes

    Examenes de tipo genérico:
    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
    Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
     
    ·         Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio.
    ·         El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
     
    En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen de acreditación por competencias.
    Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:
     
    ·         El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia.
    ·         La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.
     
     Exámenes departamentales 
    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:

    • Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
    • Verificar el grado de avance del programa de la materia.
    • Aplicarse como parte de la evaluación institucional.
    • Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

    Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo. Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura. Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.
     
    Proceso para presentar examen de acreditación de competencias.
    Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
     
    ·         Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente.
    ·         Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo          General Universitario.
    ·         Pagar el arancel correspondiente.
    ·         Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
     
    El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación. El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia. El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
    En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
    El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    La evaluación de tus cursos se establece en el Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos.
    Una de las estrategias de evaluación que debes conocer es la escrita en el artículo 17 de este reglamento, pues en tus materias aplicarán lo que denominamos  “Examen departamental” el cual tiene los siguientes objetivos:
    I.        Conocer el grado de dominio has obtenido sobre la materia;
    II.      Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el  artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III.    Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV.    Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Otra de las estrategias para la aprobación de cursos son los “Exámenes por competencia” estos son definidos en el artículo 37 como aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. 
     
    En el artículo 38 se define el criterio para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I.        Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II.      Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III.    Pagar el arancel correspondiente, y 
    IV.    Aquellos que determine el Consejo Universitario.
    Para hacer el trámite administrativo de un examen de competencias, tienes que presentarte en el departamento al cual pertenece la materia que has elegido acreditar.

  • Exámenes

     
    De acuerdo al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos, los exámenes como medio de evaluación son:
    Artículo 14. Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
    Artículo 15. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
    I.              Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    II.            El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
    En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
    Artículo 16. Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:
    I.              El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia, y
    II.            La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I.              Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II.            Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III.           Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV.          Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    Artículo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo.
    Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura.
    Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.
     
    La finalidad de los exámenes departamentales
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I.              Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II.            Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III.           Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV.          Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
     El proceso para presentar examen de acreditación por competencias
    De acuerdo al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos, los exámenes de acreditación por competencias son:
     
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
     
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I.              Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II.            Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III.           Pagar el arancel correspondiente, y
    IV.          Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
     
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
     
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
     
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia.
    El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
     
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
     
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
     
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    En la Universidad de Guadalajara, uno de los medios de evaluación de manera tradicional lo  constituye el examen, que permite conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia, el examen es un elemento importante para esos fines sin dejar de considerar que en la actualidad existen otras formas más integrales para evaluar la generación de conocimientos por el estudiante durante su  proceso educativo.
     
    Con base al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara en sus artículos:
    Artículo 15. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
     
    I.                    Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio; y
    II.                  El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo. En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
     
    Artículo 16. Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:
     
    I.                    El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia.
    II.                  La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.
     
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
     
    I.                   Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
    II.                  Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara.
    III.                Aplicarse como parte de la evaluación institucional.
    IV.                Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    EXÁMENES DE DEPARTAMENTALES
    Artículo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo.
    Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura. Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el  Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.
     
     
    EXÁMENES DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS
     
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
     
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
     
    I.                    Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente.
    II.                  Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario.
    III.                Pagar el arancel correspondiente.
    IV.                Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
     
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
     
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
     
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia. El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
     
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
     
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
     
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    Exámenes departamentales.
    Los exámenes departamentales de acuerdo al artículo 17 del Reglamento General de Evaluación y Promoción de alumnos de la Universidad de Guadalajara  tienen como objetivos:
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    Exámenes de acreditación de competencias.
     
    Estos se rigen por lo establecido en los siguientes artículos del Reglamento General de Evaluación y Promoción de alumnos de la Universidad de Guadalajara.
      
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.

  • Exámenes

     
    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, los cuales se podrán aplicar como instrumentos que permitan conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia:

    • Parcial:

    Se realizan para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio. Lo anterior con fundamento en el artículo 16 del RGPEA de la UDG.
     

    • Global o Departamental:

    Considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo, tienen como objetivos:
    1.- Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    2.- Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara; aplicarse como parte de la evaluación institucional;
    3.- Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Lo anterior con fundamento en el artículo 17 del RGPEA de la UDG.
     
    Así mismo, existe otro tipo de examen que permite conocer el grado de dominio que el alumno tiene sobre determinada materia:
     

    • Examen de acreditación de Competencias:

    El examen por competencias se realiza a solicitud del alumno que considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. Con fundamento en el artículo 37 del RGPEA de la UDG.
    1.- Requisitos: Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    a) Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    b) Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario; http://www.lagos.udg.mx/sites/default/files/SolExAcComp.pdf
    c) Pagar el arancel correspondiente, y
    d) Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior
    2.- Procedimiento:
    a) En los meses de junio (Ciclo “A”) y noviembre (Ciclo "B") se lanza la convocatoria y calendario respectivo en la página www.lagos.udg.mx
    b) El Colegio Departamental determina los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designa tres sinodales para su aplicación, este será sobre el contenido total de la materia, que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    c) Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno
    d) Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.
    http://www.lagos.udg.mx/noticia/examenes-de-acreditacion-de-competencias-2015-0

  • Exámenes

    La finalidad de los exámenes departamentales (sustento normativo: artículo 17 del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos).
    El proceso para presentar examen de acreditación de competencias (sustento normativo: capítulo VIII del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos).

  • Exámenes

    Evaluación modular a través de proyectos
     
    Los proyectos deberán presentarse con un prototipo y la documentación correspondiente, además de que podrá solicitarse la defensa oral de cualquiera de ellos.
     
    Cuando el proyecto resulte aprobado, se registrarán los créditos correspondientes en el Sistema Integral de Información para la Administración Universitaria (SIIAU).
     
    El alumno podrá utilizar uno de los proyectos o una combinación de ellos para el proceso de titulación, según la normatividad vigente para el caso en particular.

  • Exámenes

    De acuerdo con el Reglamento general de evaluación y promoción de alumnos, uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia. Durante el desarrollo de la materia se podrán aplicar exámenes parciales y globales. En ningún caso el resultado obtenido de este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100%.
    Además, se podrán aplicar exámenes departamentales, que serán aplicados preferentemente en forma simultánea a todos los alumnos que cursan la materia y que tienen como objetivos:

    • Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
    • Verificar el grado de avance del programa de la materia.
    • Aplicarse como parte de la evaluación institucional.
    • Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

    Por otro lado, son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente.
    Haber realizado la solicitud correspondiente.
    Pagar el arancel correspondiente.
    Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro.
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia. El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia. Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.

  • Exámenes

    Exámenes departamentales.
    Los exámenes departamentales de acuerdo al artículo 17 del Reglamento General de Evaluación y Promoción de alumnos de la Universidad de Guadalajara  tienen como objetivos:
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    Exámenes de acreditación de competencias.
     
    Estos se rigen por lo establecido en los siguientes artículos del Reglamento General de Evaluación y Promoción de alumnos de la Universidad de Guadalajara.
      
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.

  • Exámenes

    ·       La finalidad de los exámenes departamentales (sustento normativo: artículo 17 del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos).
     
    Conocer el avance académico, el grado de dominio y la homogeneidad de los alumnos en todas las secciones en una materia y entre distintos profesores. Estos exámenes se elaboran en consenso con los profesores que imparten la misma materia, en los distintos horarios.
     
    ·       El proceso para presentar examen de acreditación de competencias (sustento normativo: capítulo VIII del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos).
     
    El primer paso es acudir a la Coordinación de Control  Escolar a llenar la solicitud  correspondiente, no tener registrada la materia y pagar los aranceles correspondientes.
    Posteriormente presentarse con el Jefe del departamento correspondiente para establecer el día y la hora en que deberá presentar el examen de acreditación por competencias.
    Finalmente esperar que aparezca en kardex en SIIAU la calificación obtenida.
    En caso de no acreditar el examen de acreditación por competencias, registrar la materia en su horario.

  • Exámenes

  • Exámenes

    En la Carrera de Ingeniería en Obras y Servicios se prevén una serie de evaluaciones que permiten valorar el avance y aprendizaje académico del estudiante por lo que es necesario que se considere la evaluación continua, extraordinaria y de competencias de conformidad con el reglamento… y esta debe  realizarse en los siguientes términos:
    Artículo 3. El avance escolar del alumno en el plan de estudios en que se encuentre inscrito, se realizará a través de las evaluaciones que se realicen de conformidad con este reglamento. La evaluación será continua e Integral.
    Artículo 4. Para efecto del presente reglamento se entiende por evaluación el conjunto de actividades realizadas para obtener y analizar información en forma continua y sistemática del proceso enseñanza-aprendizaje que permitan verificar los logros obtenidos y determinarles un valor específico.
    Artículo 5. El resultado final de las evaluaciones será expresado conforme a la escala de calificaciones centesimal de 0 a 100, en números enteros, considerando como mínima aprobatoria la calificación de 60. Las materias que no son sujetas a medición cuantitativa, se certificarán como acreditadas (A) o no acreditadas (NA).
    Artículo 6. Para obtener el promedio de calificaciones, sólo se tomarán en cuenta las materias aprobadas con calificación numérica.
     
    Exámenes por competencias
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
     
    Para la realización de exámenes por competencias es necesario realizar el siguiente trámite:
     
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
    Para mayor información consulta el siguiente link:
    http://www.secgral.udg.mx/sites/archivos/normatividad/general/ReglamentoGralEPAlumnos.pdf

  • Exámenes

  • Exámenes

    De acuerdo al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos, los exámenes como medio de evaluación son:
    Artículo 14. Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
    Artículo 15. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
    I.              Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    II.            El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
    En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
    Artículo 16. Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:
    I.              El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia, y
    II.            La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I.              Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II.            Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III.           Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV.          Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    Artículo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo.
    Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura.
    Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.
     
    La finalidad de los exámenes departamentales
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I.              Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II.            Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III.           Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV.          Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
     El proceso para presentar examen de acreditación por competencias
    De acuerdo al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos, los exámenes de acreditación por competencias son:
     
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
     
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I.              Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II.            Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III.           Pagar el arancel correspondiente, y
    IV.          Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
     
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
     
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
     
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia.
    El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
     
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
     
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
     
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    De acuerdo al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos, los exámenes como medio de evaluación son:

    Artículo 14. Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.

    Artículo 15. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
    I.              Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    II.            El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
    En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
    Artículo 16. Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:
    I.              El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia, y
    II.            La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.

    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I.              Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II.            Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III.           Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV.          Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    Artículo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo.
    Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura.
    Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.
     
    La finalidad de los exámenes departamentales
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I.              Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II.            Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III.           Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV.          Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
     El proceso para presentar examen de acreditación por competencias
    De acuerdo al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos, los exámenes de acreditación por competencias son:
     
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
     
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I.              Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II.            Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III.           Pagar el arancel correspondiente, y
    IV.          Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
     
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
     
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
     
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia.
    El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
     
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
     
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
     
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    Los exámenes departamentales tienen como finalidad la de dar seguimiento durante la parte final del ciclo (unidad de aprendizaje) y con ello detectar el avance académico de los alumnos durante la misma.
    El uso de los exámenes se sustenta en el artículo 17 del reglamento vigente de evaluación y promoción de alumnos de la Universidad de Guadalajara
    Para solicitar el examen por competencias, debe seguirse el siguiente procedimiento:

    • Solicitar el examen al Departamento correspondiente (donde se oferte la unidad de aprendizaje a cursar o adelantar) por escrito y durante los tiempos establecidos por la coordinación de control escolar del centro regional
    • El departamento asignará profesores responsables de la aplicación del examen en fecha y hora definida por los profesores.
    • Se aplicará el examen
    • Se generará resultado y con ello el acta de acuerdo con la calificación obtenida durante el examen aplicado
    • El departamento dará visto bueno del mismo, que será aplicado y registrado en Kárdex por la coordinación de control escolar.
    • Se notificará al alumno de la calificación obtenida y registrada en su Kárdex oficial como estudiante en activo.

    La aplicación de los exámenes por competencias se sustenta en el capítulo VIII del reglamento vigente de evaluación y promoción de alumnos de la Universidad de Guadalajara.

  • Exámenes

    Examen Departamental:

    La finalidad del examen Departamental es asegurar la homogeneidad en los cursos, el nivel de conocimientos, así como el cumplimiento de planes y programas y paralelamente favorecer el autoaprendizaje.
     
    CAPÍTULO III DE LOS EXÁMENES
     
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
     
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    Examen de Acreditación de Competencias:
     
    El Examen de Competencia es el que puede presentar el alumno cuando considera que por razones de experiencia laboral o de estudios previos, tiene la formación necesaria en una asignatura y está en condiciones de demostrar los conocimientos para acreditar la misma.
     
    CAPÍTULO VIII EXÁMENES DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS
     
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
     
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
     
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
     
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, misma que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
     
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
     
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia. El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.

  • Exámenes

    Los exámenes parciales, aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la material el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio y el examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante el proceso educativo.
     
    Los exámenes departamentales tienen el siguiente objetivo:

    • Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    • Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del reglamento general de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara.
    • Aplicarse como parte de la evaluación institucional
    • Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

    Los exámenes de acreditación de competencias, son aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo u está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia 

  • Exámenes

    EXÁMENES.
    Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
    I. Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
     
    II. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo. En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
    • Exámenes departamentales
                Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I.              Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II.            Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III.           Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV.          Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    • Exámenes de acreditación por competencias
    Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I.              Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II.            Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III.           Pagar el arancel correspondiente, y
    Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro.

  • Exámenes

    FINALIDAD DE LOS EXÁMENES DEPARTAMENTALES
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I.         Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II.        Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III.      Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV.      Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    PROCESO PARA PRESENTAR EXAMEN DE ACREDITACÓN POR COMPETENCIAS
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I.         Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II.        Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III.      Pagar el arancel correspondiente, y
    IV.      Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia.
    El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    Uno de los medios de evaluación es por examen, aplicado como instrumento que permita conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia:
    Parciales
    Se realizan para verificar el avance de aprendizajes obtenidos por los alumnos en determinado periodo del desarrollo de la materia y de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio. Lo anterior con fundamento en el artículo 16 del RGPEA de la UDG.
     
    Globales o Departamentales
    Consideran en su totalidad el contenido de la materia y con ellos se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo, tienen como objetivos:
    1.      Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
    2.      Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara.
    3.      Aplicarse como parte de la evaluación institucional.
    4.      Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Lo anterior con fundamento en el artículo 17 del RGPEA de la UDG.

  • Exámenes

    De acuerdo al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara, Capítulo III, De Los Exámenes, se menciona lo siguiente:
    Artículo 14. Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
    Artículo 15. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
               I.           Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
             II.            El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
    En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
    Artículo 16. Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:
              I.             El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia, y
             II.            La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
              I.          Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
             II.          Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
           III.         Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
            IV.         Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Artículo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo.
    Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura.
    Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.
     
    La finalidad de los exámenes departamentales
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
              I.            Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
             II.            Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
           III.           Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
            IV.          Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
     El proceso para presentar examen de acreditación por competencias
    De acuerdo al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos, Capítulo VIII, Exámenes de Acreditación por Competencias, se menciona:
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
             I.              Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
            II.            Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
           III.           Pagar el arancel correspondiente, y
            IV.          Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia.
    El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.
     
    Para mayor información del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara: 
                       http://www.secgral.udg.mx/sites/archivos/normatividad/general/ReglamentoGralEPAlumnos.pdf

  • Exámenes

  • Exámenes

    De acuerdo con el Reglamento general de evaluación y promoción de alumnos, uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia. Durante el desarrollo de la materia se podrán aplicar exámenes parciales y globales. En ningún caso el resultado obtenido de este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100%.

    Además, se podrán aplicar exámenes departamentales, que serán aplicados preferentemente en forma simultánea a todos los alumnos que cursan la materia y que tienen como objetivos:

    • Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
    • Verificar el grado de avance del programa de la materia.
    • Aplicarse como parte de la evaluación institucional.
    • Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

    Por otro lado, son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:

    Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente.
    Haber realizado la solicitud correspondiente.
    Pagar el arancel correspondiente.
    Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro.
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia. El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia. Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.

  • Exámenes

    De acuerdo al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos, los exámenes como medio de evaluación son:
    Artículo 14. Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
    Artículo 15. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
    I.              Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    II.            El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
    En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
    Artículo 16. Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:
    I.              El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia, y
    II.            La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I.              Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II.            Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III.           Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV.          Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Artículo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo.
    Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura.
    Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.
     
    La finalidad de los exámenes departamentales
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I.              Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II.            Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III.           Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV.          Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
     El proceso para presentar examen de acreditación por competencias
    De acuerdo al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos, los exámenes de acreditación por competencias son:
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I.              Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II.            Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III.           Pagar el arancel correspondiente, y
    IV.          Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia.
    El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, los cuales se podrán aplicar como instrumentos que permitan conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre alguna materia:

    1. Parcial:

    Se realizan para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio. Lo anterior con fundamento en el artículo 16 del RGPEA de la UDG.

    1. Global o Departamental:

    Considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo, tienen como objetivos:
    1.- Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    2.- Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara; Aplicarse como parte de la evaluación institucional;
    3.- Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Lo anterior con fundamento en el artículo 17 del RGPEA de la UDG.
     
    Así mismo, existe otro tipo de examen que permite conocer el grado de dominio que el alumno tiene sobre determinada materia:

    1. Examen de acreditación de Competencias:

    El examen de acreditación por competencias se realiza a solicitud del alumno que considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. Con fundamento en el artículo 37 del RGPEA de la UDG.
    1.- Requisitos: Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    a) Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    b) Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    http://www.lagos.udg.mx/sites/default/files/SolExAcComp.pdf
    c) Pagar el arancel correspondiente, y
    d) Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro
    2.- Procedimiento:
    a) En los meses de junio (Ciclo “A”) y noviembre (ciclo B) se lanza la convocatoria y calendario respectivo en la página www.lagos.udg.mx
    b) El Colegio Departamental determina los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designa tres sinodales para su aplicación, este será sobre el contenido total de la materia, que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    c) Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno
    d) Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes (control escolar), de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    FINALIDAD DE LOS EXÁMENES DEPARTAMENTALES 
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:

    1. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    2. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el
      artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    3. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    4. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma
      materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

     
    PROCESO PARA PRESENTAR EXAMEN DE ACREDITACIÓN POR COMPETENCIAS

    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:

    1. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    2. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los
      plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo
      General Universitario;
    3. Pagar el arancel correspondiente, y
    4. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.

    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia.
    El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.

    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.

    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

     

  • Exámenes

    La Universidad de Guadalajara establece que la evaluación será continua. Y para que en cada una de las asignaturas el alumno sea evaluado se hace lo siguiente:
    Las academias, previo al inicio del ciclo escolar,  ponen a consideración y aprobación del Colegio Departamental los criterios de evaluación que se utilizarán. Los cuales se deben dar a conocer al alumno al inicio del curso.
    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia. Los exámenes pueden ser:
    Parciales,
    I.              Se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    II.            El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
    Departamentales, tienen como objetivos:
          I.        Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
        II.        Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
       III.        Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
      IV.        Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    Para presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
     
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    ·         (artículo 17 del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos).
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.

  • Exámenes

    Exámenes Departamentales
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el
    artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma
    materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Exámenes de acreditación por competencias
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
     
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberácontar con los siguientes requisitos:
     
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los
    plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo
    General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente;
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
     

  • Exámenes

    En la Universidad de Guadalajara, uno de los medios de evaluación de manera tradicional lo constituye el examen, que permite conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia, el examen es un elemento importante para esos fines sin dejar de considerar que en la actualidad existen otras formas más integrales para evaluar la generación de conocimientos por el estudiante durante su proceso educativo.
     
    Con base al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara en sus artículos:
     
    Artículo 15. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
     

    1. Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio; y
    2. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo. En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.

     
    Artículo 16. Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:
     

    1. El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia; y
    2. La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.

     
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
     

    1. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    2. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    3. Aplicarse como parte de la evaluación institucional; y
    4. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

     
    EXÁMENES DE DEPARTAMENTALES
    Artículo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo.
     
    Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura. Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.
     
     
    EXÁMENES DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
     
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
     

    1. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    2. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    3. Pagar el arancel correspondiente, y
    4. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.

     
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación. El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
     
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
     
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia. El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
     
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
     
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
     
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

     
    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, los cuales se podrán aplicar como instrumentos que permitan conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia:

    • Parcial:

    Se realizan para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio. Lo anterior con fundamento en el artículo 16 del RGPEA de la UDG.
     

    • Global o Departamental:

    Considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo, tienen como objetivos:
    1.- Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    2.- Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara; aplicarse como parte de la evaluación institucional;
    3.- Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Lo anterior con fundamento en el artículo 17 del RGPEA de la UDG.
     
    Así mismo, existe otro tipo de examen que permite conocer el grado de dominio que el alumno tiene sobre determinada materia:
     

    • Examen de acreditación de Competencias:

    El examen por competencias se realiza a solicitud del alumno que considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. Con fundamento en el artículo 37 del RGPEA de la UDG.
    1.- Requisitos: Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    a) Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    b) Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario; http://www.lagos.udg.mx/sites/default/files/SolExAcComp.pdf
    c) Pagar el arancel correspondiente, y
    d) Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior
    2.- Procedimiento:
    a) En los meses de junio (Ciclo “A”) y noviembre (Ciclo "B") se lanza la convocatoria y calendario respectivo en la página www.lagos.udg.mx
    b) El Colegio Departamental determina los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designa tres sinodales para su aplicación, este será sobre el contenido total de la materia, que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    c) Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno
    d) Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos
     

  • Exámenes

    De acuerdo al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos, los exámenes como medio de evaluación son:
     
    Artículo 14. Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
     
    Artículo 15. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
    I.                   Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    II.                El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
     
    En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
     
    Artículo 16. Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:
     
    I.                   El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia, y
    II.                La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.
     
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
     
    I.                   Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II.                Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III.             Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV.             Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    Artículo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo.
     Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura.
     Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento

  • Exámenes

     
    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, los cuales se podrán aplicar como instrumentos que permitan conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia:

    • Parcial:

    Se realizan para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio. Lo anterior con fundamento en el artículo 16 del RGPEA de la UDG.
     

    • Global o Departamental:

    Considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo, tienen como objetivos:
    1.- Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    2.- Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara; aplicarse como parte de la evaluación institucional;
    3.- Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Lo anterior con fundamento en el artículo 17 del RGPEA de la UDG.
     
    Así mismo, existe otro tipo de examen que permite conocer el grado de dominio que el alumno tiene sobre determinada materia:
     

    • Examen de acreditación de Competencias:

    El examen por competencias se realiza a solicitud del alumno que considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. Con fundamento en el artículo 37 del RGPEA de la UDG.
    1.- Requisitos: Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    a) Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    b) Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario; http://www.lagos.udg.mx/sites/default/files/SolExAcComp.pdf
    c) Pagar el arancel correspondiente, y
    d) Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior
    2.- Procedimiento:
    a) En los meses de junio (Ciclo “A”) y noviembre (Ciclo "B") se lanza la convocatoria y calendario respectivo en la página www.lagos.udg.mx
    b) El Colegio Departamental determina los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designa tres sinodales para su aplicación, este será sobre el contenido total de la materia, que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    c) Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno
    d) Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.
    http://www.lagos.udg.mx/noticia/examenes-de-acreditacion-de-competencias-2015-0

  • Exámenes

    Examen Departamental:
    La finalidad del examen Departamental es asegurar la homogeneidad en los cursos, el nivel de conocimientos, así como el cumplimiento de planes y programas y paralelamente favorecer el autoaprendizaje.
     
    CAPÍTULO III DE LOS EXÁMENES
     
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
     
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    Examen de Acreditación de Competencias:
     
    El Examen de Competencia es el que puede presentar el alumno cuando considera que por razones de experiencia laboral o de estudios previos, tiene la formación necesaria en una asignatura y está en condiciones de demostrar los conocimientos para acreditar la misma.
     
    CAPÍTULO VIII EXÁMENES DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS
     
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
     
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
     
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
     
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, misma que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
     
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
     
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia. El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.

  • Exámenes

    Exámenes

    De acuerdo al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos, los exámenes como medio de evaluación son:
    Artículo 14. Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
    Artículo 15. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
    I.              Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    II.            El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
    En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
    Artículo 16. Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:
    I.              El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia, y
    II.            La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I.              Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II.            Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III.           Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV.          Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Artículo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo.
    Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura.
    Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.
     
    La finalidad de los exámenes departamentales
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I.              Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II.            Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III.           Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV.          Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
     El proceso para presentar examen de acreditación por competencias
    De acuerdo al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos, los exámenes de acreditación por competencias son:
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I.              Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II.            Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III.           Pagar el arancel correspondiente, y
    IV.          Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia.
    El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.
     

     

  • Exámenes

    De acuerdo al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos, los exámenes como medio de evaluación son:
    Artículo 14. Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
    Artículo 15. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:

    1. Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    2. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.

    En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
    Artículo 16. Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:

    1. El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia, y
    2. La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.

    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:

    1. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    2. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    3. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    4. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

    Artículo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo.
    Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura.
    Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.
    El proceso para presentar examen de acreditación por competencias
    De acuerdo al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos, los exámenes de acreditación por competencias son:
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:

    1. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    2. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    3. Pagar el arancel correspondiente, y
    4. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.

    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia.
    El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    La evaluación de tus cursos se establece en el Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos.
    Una de las estrategias de evaluación que debes conocer es la escrita en el artículo 17 de este reglamento, pues en tus materias aplicarán lo que denominamos  “Examen departamental” el cual tiene los siguientes objetivos:

    1. Conocer el grado de dominio has obtenido sobre la materia;
    2. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el  artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    3. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    4. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

    Otra de las estrategias para la aprobación de cursos son los “Exámenes por competencia” estos son definidos en el artículo 37 como aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. 
     
    En el artículo 38 se define el criterio para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:

    1. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    2. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    3. Pagar el arancel correspondiente, y 
    4. Aquellos que determine el Consejo Universitario.

    Para hacer el trámite administrativo de un examen de competencias, tienes que presentarte en el departamento al cual pertenece la materia que has elegido acreditar.

  • Exámenes

    • Se cuentan con los exámenes ordinarios y extraordinarios que se programan por materia.
    • Se tienen exámenes departamentales cuya finalidad es medir el grado de homogeneidad en el avance programático de aquellas materias que se imparten en diferentes secciones.
    • Los exámenes de Acreditación de Competencias fueron diseñados para que las personas que crean tener las competencias que se requieren por materia las acrediten y no tengan necesidad de llevar el curso de manera normal.
  • Exámenes

    En el Reglamento General de Evaluación y Promoción de alumnos de la Universidad de Guadalajara,  se establecen las disposiciones generales que regulan la evaluación del proceso enseñanza-aprendizaje de los alumnos,  de conformidad con los planes de estudio que se imparten en la Universidad de Guadalajara. En el capítulo III se establece en el Artículo 14, que uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.  El Artículo 15 señala  Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:

    I. Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y

    II. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo. En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII (Exámenes de acreditación por competencias) de este reglamento.

    Artículo 16. Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:

    I. El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia, y

    II. La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.

    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:

    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;

    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;

    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y

    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

    En el Artículo 18 se establece que los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo. Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura. 

     

    ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS

    El capítulo VIII establece en el  Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.

    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:

    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;

    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;

    III. Pagar el arancel correspondiente, y

    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.

    En el Artículo 39 se indica que el Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación. El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.

    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.

    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia. El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.

     

  • Exámenes

    La evaluación del aprendizaje estará acorde con las disposiciones del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara.
     
     La finalidad de los exámenes departamentales:

    Tienen como objetivos, conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia; verificar el grado de avance del programa de la materia; aplicarse como parte de la evaluación institucional y conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia.

    El proceso para presentar examen de acreditación de competencias:

    Se deberá estar inscrito en el plan de estudios correspondiente; haber realizado la solicitud en los términos establecidos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar; pagar el arancel correspondiente y aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro de Educación Media Superior.

  • Exámenes

    Los alumnos pueden optar por acreditar las Unidades de Aprendizaje por competencias, según el Capítulo VIII del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos, en todos sus artículos:
     
    EXÁMENES DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS
     

    • Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.  
    • Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
      • I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
      • II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
      • III. Pagar el arancel correspondiente, y
      • IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior. 
    • Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación. El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo. 
    • Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    • Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia. El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
    • Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular. 
    • Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    • Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.
  • Exámenes

    Los exámenes departamentales tienen como objetivos: I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia; II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara; III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores. 

  • Exámenes

     

    REGLAMENTO GENERAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

    DE ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA
     
    CAPÍTULO III
    DE LOS EXÁMENES
     
     
    Artículo 14.
    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
     
    Artículo 15.
    Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
     
    I. Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    II. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
     
    En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
     
    Artículo 16.
    Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:
     
    I. El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia, y
    II. La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.
     
    ArtIculo 17.
    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de  Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    Artículo 18.
    Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de  Departamento respectivo. Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura.
     
    Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.
     
     
     
    CAPÍTULO VII
    DE LA OPORTUNIDAD DE REPETIR CURSOS
     
     
    Artículo 33.
    El alumno que por cualquier circunstancia no logre una calificación aprobatoria en el periodo extraordinario, deberá repetir la materia en el ciclo escolar inmediato siguiente en que se ofrezca, teniendo la oportunidad de acreditarla durante el proceso de evaluación ordinario o en el periodo extraordinario, excepto para alumnos de posgrado.
     
    En caso de que el alumno no logre acreditar la materia en los términos de este artículo, será dado de baja.
     
    Artículo 34.
    El alumno que haya sido dado de baja conforme al artículo 33 de este ordenamiento podrá solicitar por escrito a la Comisión de Educación del Consejo de Centro o de Escuela, antes del inicio del ciclo inmediato siguiente en que haya sido dado de baja, una nueva oportunidad para acreditar la materia o materias que adeude.
     
    La Comisión de Educación del Consejo de Centro o de Escuela podrá autorizar una nueva oportunidad para acreditar la materia o materias que adeude el alumno en el ciclo siguiente en que se  ofrezcan la o las materias, atendiendo a los argumentos que exprese el alumno en su escrito, su historia académica y conducta observada, así como lo establecido en el artículo 36 de este  ordenamiento. En caso de autorizarse dicha solicitud, el alumno tendrá la oportunidad de acreditar las materias que adeuda, sólo en el periodo de evaluación ordinaria, en caso de no presentarse al curso y no lograr una calificación aprobatoria, en todas y cada una de las materias que adeude, será dado de baja en forma automática y definitiva.
     
    Artículo 35.
    Los alumnos que sean dados de baja de la Universidad de Guadalajara conforme a los artículos 32, 33 y 34 de este ordenamiento, no se les autorizará su reingreso a la carrera o posgrado por el cual se les dio de baja. En el caso del bachillerato no se le autorizará su reingreso en ninguna de las modalidades educativas en que se ofrezca.
     
    Artículo 36.
    En caso de que una materia desaparezca por cambio de plan de estudios y el alumno no haya logrado una calificación aprobatoria en la evaluación en el periodo ordinario o extraordinario, el Director de la División o de Escuela solicitará a la Rectoría del Centro o a la Dirección General del Sistema de Educación Media Superior, se autorice la impartición de la materia por única ocasión. Lo anterior, deberá notificarse a las Coordinaciones de Control Escolar y demás instancias respectivas.

  • Exámenes

    Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos

    • Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
      • I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
      • II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el
    • Artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
      • III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
      • IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma Materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

    CAPÍTULO VIII EXÁMENES DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS

    • Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno, cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese, campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    • Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
      • I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
      • II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
      • III. Pagar el arancel correspondiente, y
      • IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
    • Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
    • El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, misma que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    • Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    • Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia. El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
    • Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
    • Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    • Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

     

  • Exámenes

    CENEVAL
    Es una prueba escrita a escala nacional, aplicada a todos los alumnos de 8° semestre de la licenciatura en Nutrición aproximadamente dos meses antes del término del curso. El  objetivo es la valoración de los conocimientos que adquieren los alumnos durante su formación, así como la forma en que son capaces de relacionarlos y aplicarlos  en situaciones concretas de su quehacer profesional.
     
    El proceso para presentar el Examen General de Egreso de Licenciatura en nutrición (EGEL-nutrición) está sustentado en los siguientes artículos normativos:
     

    • Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.

    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente.
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.

  • Exámenes

    °Exámenes Departamentales
    Artículo 17 del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III.Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    °Examen de Acreditación de Competencias
    Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.

  • Exámenes

    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:

    • Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    •  Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    • Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

    Acreditación por competencias

    Si por tu experiencia laboral o de estudios previo, cuentas con una formación en el campo relativo a tu carrera y estás en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios, puedes solicitar examen de acreditación de competencias con la finalidad de acreditar una o varias materias. Esta opción te permite avanzar más rápidamente en la ruta de formación propuesta para la licenciatura que estás cursando, por lo que se te recomienda que revises los contenidos de las materias que integran tu plan de estudios, para identificar aquellas en las que tengas posibilidades de presentarlo.
    Requisitos:
     

    •  Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente
    •  No tener registro de la materia que se pretende acreditar, en el ciclo vigente ni en ciclos anteriores
    •  Solicitud de Acreditación por Competencias (http://escolar.cucei.udg.mx/cescolar/)
    •  Anexar una copia de identificación

     Pagar el arancel correspondiente
    Si se autoriza se cargará a tu orden de pago lo correspondiente al arancel vigente por concepto del Examen; por lo que debes enviar a la misma dirección el comprobante escaneado del pago correspondiente.
    El examen de acreditación de competencias solo puede presentarse una sola vez por materia, de manera que si no lo presentas en la fecha indicada o no obtienes calificación aprobatoria, debes inscribirte en el curso regular inmediato siguiente.
     
    No podrás solicitarlo para sustituir el proceso de evaluación ordinaria.
    Tu coordinador de carrera te informará sobre el avance del proceso y acordará contigo una fecha para la presentación del examen, la modalidad (virtual o presencial), así como la asignación de sinodales, quienes evaluarán que tengas las competencias correspondientes a la(s) materia(s) que presentarás.
     

  • Exámenes

    Existen exámenes teóricos, prácticos, orales, dependiendo el tipo de asignatura que se trate.

  • Exámenes

    §  Disposiciones generales del proceso de evaluación de los alumnos, de acuerdo al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara: Artículos 1, 2 y sus fracciones; 3, 4, 5 y 6.
     
    §  Cómo se planea la evaluación: Artículos 7, 8, 9, 10 y sus fracciones; 11, 12 y sus fracciones y 13 con sus fracciones e incisos.
     
    §  Quién diseña, avala, determina los tipos de exámenes, cuál es el objetivo de los exámenes y cuándo son aplicados estos: Artículos 14, 15 y sus fracciones; 16 y sus fracciones; 17 y sus fracciones y 18.
     
    §  Evaluación continua de un curso: Artículo 19, 20 y sus fracciones; 21 y 22.
     
    §  Oportunidad de examen extraordinario: Artículos 23, 24, 25 y sus fracciones; 26, 27 y sus fracciones; 28 y 29.
     
    §  Por qué hacer un examen de acreditación de competencias: Artículos 37, 38 y sus fracciones; 39, 40, 41, 42, 43 y 44.   
     
    §  Cuáles son los tiempos para el proceso de evaluación: Artículos 45, 46, 47 y 48.
     
    §  Dudas o inconformidades del proceso de evaluación: Artículos 49, 50, 51 y 52.
    Artículo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo.
    Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura.
    Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.
    Los exámenes Departamentales se aplicarán de manera sistemática en ciclos próximos, se estuvieron aplicando en las materias de Bioquímicas y Genética en algunos ciclos, sin embargo, por carecer de una descripción clara de procedimientos y responsabilidades en la normativa se suspendieron, se está trabajando en su sistematización.
     
    El proceso para presentar examen de acreditación de competencias (sustento normativo: capítulo VIII del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos).
     
    Los alumnos que desean presentar exámenes de acreditación por competencias son asesorados en la coordinación de carrera para realizar el trámite en el Departamento al que corresponda la materia y de acuerdo a lo señalado en el Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos. http://www.secgral.udg.mx/sites/archivos/normatividad/general/ReglamentoGralEPAlumnos.pdf

  • Exámenes

    Los  exámenes son herramientas que apoyan a los docentes para medir el nivel de conocimientosaptitudes, habilidades que se desarrollan durante el proceso enseñanza aprendizaje de un curso determinado. Regidos por una normatividad.
    Enlace: 
    http://www.secgral.udg.mx/sites/archivos/normatividad/general/ReglamentoGralInAl...
     
    http://www.cucba.udg.mx/sites/default/files/pdf/REGLAMENTO_EX_DEP.PDF
     
     Exámenes departamentales tienen como objetivos:
    ·         Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia
    ·         Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara
    ·         Aplicarse como parte de la evaluación institucional
    ·         Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes
     
     
    EXÁMENES DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS
    Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
     
    ·         Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos
    ·         Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente
    ·         Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario
    ·         Pagar el arancel correspondiente
    ·         Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
     
    El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación. El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, misma que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo
     
    Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
     
    El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia. El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
     
    En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
     
    El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
     
    Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.
     

  • Exámenes

    CAPÍTULO III
    DE LOS EXÁMENES
    Artículo 14. Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio
    que el alumno ha obtenido sobre la materia.
    Artículo 15. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de
    evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
    I. Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la
    materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos
    señalados en el programa de estudio, y
    II. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el
    aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
    En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el
    100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
    Artículo 16. Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y
    calificados por:
    I. El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia, y
    II. La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el
    artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma
    materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Artículo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los
    alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo.
    Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura.
    Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente,
    quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.

  • Exámenes

    Dentro de la normativa de la Univesidad de Guadalajara existe el Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos, el cual contempla, entre otras cosas, las evaluaciones mediante diferentes tipos de examen, tal como lo dictan los siguientes articulos:
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el
    Artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma Materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    CAPÍTULO VIII
    EXÁMENES DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno, cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese, campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, misma que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia.
    El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá
    inscribirse en el curso regular.
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el
    Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.
     

  • Exámenes

    CAPITULO III DE LOS EXÁMENES Art. 15- parcial y global En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso (excepto en el examen de competencias). CAPITULO X DE LA REVISIÓN DE EVALUACIONES Y EXÁMENES Art. 49-el alumno podrá solicitar por escrito la revisión del resultado de su evaluación dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha en que se publiquen los resultados.

  • Exámenes

    Exámenes Departamentales
    Artículo 17 del Reglamento General  de Evaluación y Promoción de Alumnos
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    I.Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    II.Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    Examen de Acreditación de Competencias
    Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
     Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I.             Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II.            Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III.          Pagar el arancel correspondiente, y
    IV.          Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.

  • Exámenes

    La Universidad de Guadalajara establece que la evaluación será continua. Para que el alumno sea evaluado en cada una de las asignaturas es necesario:
    Las academias, previo al inicio del ciclo escolar,  ponen a consideración y aprobación del Colegio Departamental los criterios de evaluación que se utilizarán. Los cuales se deben dar a conocer al alumno al inicio del curso.
    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia. Los exámenes pueden ser:
    Parciales,
    I.              Se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    II.            El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
    Departamentales, tienen como objetivos:
          I.        Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
        II.        Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
       III.        Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
      IV.        Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores*.
    *Artículo 17 del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos.
    Para presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior**.
    **Capítulo VIII del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos.

  • Exámenes

    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:

    • Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    • Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    • Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    • Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

    Los exámenes por competencia son aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. 
    Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:

    • Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    • Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;

     Pagar el arancel correspondiente.

  • Exámenes

    Artículo 14. Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
    Artículo 15. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
          I.         Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
         II.         El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
    En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
     
    Artículo 16. Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:
          I.         El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia, y
         II.         La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.
     
    Finalidad de los exámenes departamentales
     
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
          I.         Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
         II.         Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo
    21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
       III.         Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
       IV.         Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que
    recibieron el curso con distintos profesores.
     
    Artículo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo. Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura.
    Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.
     
     
     
     
    Proceso para presentar examen de acreditación por competencia
     
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
     
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:

    1. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    2. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos

    que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General
    Universitario;

    1. Pagar el arancel correspondiente, y
    2. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.

     
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
     
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
     
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia.
    El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
     
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
     
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
     
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos. 

  • Exámenes

    Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos.
     
    Exámenes departamentales
    Los exámenes departamentales son evaluaciones globales que miden la homogeneidad en el nivel de conocimientos adquiridos por los alumnos de distintos grupos que han cursado una misma materia. Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I.      Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II.    Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III.   Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV.  Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    Artículo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo. Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura.
     
    Exámenes de acreditación de competencias
    Son aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
     
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I.      Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II.    Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III.   Pagar el arancel correspondiente, y
    IV.  Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
     
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
     
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
     
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia.
     
    El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
     
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
     
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.

  • Exámenes

    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
    Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
    I) Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y;
    II) El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
    En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
    Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:
    I) El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia, y
    II) La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.}
    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I)Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II) Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III) Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV) Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo. Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura.
    Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.
     
     
     
     
     

  • Exámenes

    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:

    • Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    • Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara.
    • Aplicarse como parte de la evaluación institucional.
    • Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

     
    Los exámenes por competencia son aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
     
    Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:

    • Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente.
    • Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario.
    • Pagar el arancel correspondiente.

     

  • Exámenes

    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:

    • Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    • Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara.
    • Aplicarse como parte de la evaluación institucional.
    • Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

     
    Los exámenes por competencia son aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
     
    Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:

    • Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente.
    • Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario.
    • Pagar el arancel correspondiente.
  • Exámenes

    En la Universidad de Guadalajara, uno de los medios de evaluación de manera tradicional lo  constituye el examen, que permite conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia, el examen es un elemento importante para esos fines sin dejar de considerar que en la actualidad existen otras formas más integrales para evaluar la generación de conocimientos por el estudiante durante su  proceso educativo.
    Con base al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara en sus artículos:
    Artículo 15. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
      I.         Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio; y
      II.         El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo. En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
    Artículo 16. Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:
    I.               El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia; y
    II.              La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.
    La finalidad de los exámenes departamentales (artículo 17 del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos).
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I.               Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II.              Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III.            Aplicarse como parte de la evaluación institucional; y
    IV.            Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Artículo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo.
    Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura. Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el  Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.
     
    EXÁMENES DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I.               Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II.              Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III.            Pagar el arancel correspondiente, y
    IV.            Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación. El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia. El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    CAPÍTULO III
    DE LOS EXÁMENES
     
     
    Artículo 14.
    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
     
    Artículo 15.
    Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
     
    I. Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    II. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos du rante todo el proceso educativo.
     
    En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
     
    Artículo 16.
    Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:
     
    I. El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia, y
    II. La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.
     
    ArtIculo 17.
    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de  Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    Artículo 18.
    Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de  Departamento respectivo. Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura.
     
    Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.
     
     
     
    CAPÍTULO VII
    DE LA OPORTUNIDAD DE REPETIR CURSOS
     
     
    Artículo 33.
    El alumno que por cualquier circunstancia no logre una calificación aprobatoria en el periodo extraordinario, deberá repetir la materia en el ciclo escolar inmediato siguiente en que se ofrezca, teniendo la oportunidad de acreditarla durante el proceso de evaluación ordinario o en el periodo extraordinario, excepto para alumnos de posgrado.
     
    En caso de que el alumno no logre acreditar la materia en los términos de este artículo, será dado de baja.
     
    Artículo 34.
    El alumno que haya sido dado de baja conforme al artículo 33 de este ordenamiento podrá solicitar por escrito a la Comisión de Educación del Consejo de Centro o de Escuela, antes del inicio del ciclo inmediato siguiente en que haya sido dado de baja, una nueva oportunidad para acreditar la materia o materias que adeude.
     
    La Comisión de Educación del Consejo de Centro o de Escuela podrá autorizar una nueva oportunidad para acreditar la materia o materias que adeude el alumno en el ciclo siguiente en que se  ofrezcan la o las materias, atendiendo a los argumentos que exprese el alumno en su escrito, su historia académica y conducta observada, así como lo establecido en el artículo 36 de este  ordenamiento. En caso de autorizarse dicha solicitud, el alumno tendrá la oportunidad de acreditar las materias que adeuda, sólo en el periodo de evaluación ordinaria, en caso de no presentarse al curso y no lograr una calificación aprobatoria, en todas y cada una de las materias que adeude, será dado de baja en forma automática y definitiva.
     
    Artículo 35.
    Los alumnos que sean dados de baja de la Universidad de Guadalajara conforme a los artículos 32, 33 y 34 de este ordenamiento, no se les autorizará su reingreso a la carrera o posgrado por el cual se les dio de baja. En el caso del bachillerato no se le autorizará su reingreso en ninguna de las modalidades educativas en que se ofrezca.
     
    Artículo 36.
    En caso de que una materia desaparezca por cambio de plan de estudios y el alumno no haya logrado una calificación aprobatoria en la evaluación en el periodo ordinario o extraordinario, el Director de la División o de Escuela solicitará a la Rectoría del Centro o a la Dirección General del Sistema de Educación Media Superior, se autorice la impartición de la materia por única ocasión. Lo anterior, deberá notificarse a las Coordinaciones de Control Escolar y demás instancias respectivas.
     
    Reglamento general de evaluación y promoción de alumnos de la Universidad de Guadalajara
    http://www.secgral.udg.mx/sites/archivos/normatividad/general/Reglamento...

  • Exámenes

    Los exámenes se realizan de acuerdo al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara
    1. Disposiciones generales del proceso de evaluación de los alumnos, de acuerdo al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara: Artículos 1, 2 y sus fracciones; 3, 4, 5 y 6.
    2. Cómo se planea la evaluación: Artículos 7, 8, 9, 10 y sus fracciones; 11, 12 y sus fracciones y 13 con sus fracciones e incisos.
    3. Quién diseña, avala, determina los tipos de exámenes, cuál es el objetivo de los exámenes y cuándo son aplicados estos: Artículos 14, 15 y sus fracciones; 16 y sus fracciones; 17 y sus fracciones y 18.
    4. Evaluación continua de un curso: Artículo 19, 20 y sus fracciones; 21 y 22.
    5. Oportunidad de examen extraordinario: Artículos 23, 24, 25 y sus fracciones; 26, 27 y sus fracciones; 28 y 29.
    6. Por qué hacer un examen de acreditación de competencias: Artículos 37, 38 y sus fracciones; 39, 40, 41, 42, 43 y 44.   
    7. Cuáles son los tiempos para el proceso de evaluación: Artículos 45, 46, 47 y 48.
    8. Dudas o inconformidades del proceso de evaluación: Artículos 49, 50, 51 y 52.
     

  • Exámenes

     
     

    REGLAMENTO GENERAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

    DE ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA
     
    CAPÍTULO III
    DE LOS EXÁMENES
     
     
    Artículo 14.
    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
     
    Artículo 15.
    Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
     
    I. Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados períodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    II. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
     
    En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
     
    Artículo 16.
    Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:
     
    I. El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia, y
    II. La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.
     
    Artículo 17.
    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    Artículo 18.
    Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de  Departamento respectivo. Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura.
     
    Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.
     
     
     
    CAPÍTULO VII
    DE LA OPORTUNIDAD DE REPETIR CURSOS
     
     
    Artículo 33.
    El alumno que por cualquier circunstancia no logre una calificación aprobatoria en el período extraordinario, deberá repetir la materia en el ciclo escolar inmediato siguiente en que se ofrezca, teniendo la oportunidad de acreditarla durante el proceso de evaluación ordinario o en el período extraordinario, excepto para alumnos de posgrado.
     
    En caso de que el alumno no logre acreditar la materia en los términos de este artículo, será dado de baja.
     
    Artículo 34.
    El alumno que haya sido dado de baja conforme al artículo 33 de este ordenamiento podrá solicitar por escrito a la Comisión de Educación del Consejo de Centro o de Escuela, antes del inicio del ciclo inmediato siguiente en que haya sido dado de baja, una nueva oportunidad para acreditar la materia o materias que adeude.
     
    La Comisión de Educación del Consejo de Centro o de Escuela podrá autorizar una nueva oportunidad para acreditar la materia o materias que adeude el alumno en el ciclo siguiente en que se  ofrezcan la o las materias, atendiendo a los argumentos que exprese el alumno en su escrito, su historia académica y conducta observada, así como lo establecido en el artículo 36 de este  ordenamiento. En caso de autorizarse dicha solicitud, el alumno tendrá la oportunidad de acreditar las materias que adeuda, sólo en el período de evaluación ordinaria, en caso de no presentarse al curso y no lograr una calificación aprobatoria, en todas y cada una de las materias que adeude, será dado de baja en forma automática y definitiva.
     
    Artículo 35.
    Los alumnos que sean dados de baja de la Universidad de Guadalajara conforme a los artículos 32, 33 y 34 de este ordenamiento, no se les autorizará su reingreso a la carrera o posgrado por el cual se les dio de baja. En el caso del bachillerato no se le autorizará su reingreso en ninguna de las modalidades educativas en que se ofrezca.
     
    Artículo 36.
    En caso de que una materia desaparezca por cambio de plan de estudios y el alumno no haya logrado una calificación aprobatoria en la evaluación en el periodo ordinario o extraordinario, el Director de la División o de Escuela solicitará a la Rectoría del Centro o a la Dirección General del Sistema de Educación Media Superior, se autorice la impartición de la materia por única ocasión. Lo anterior, deberá notificarse a las Coordinaciones de Control Escolar y demás instancias respectivas.
     
     

  • Exámenes

    La finalidad de los exámenes departamentales es:

    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores. 

  • Exámenes

    Los programas de las unidades de aprendizaje deberán contener entre otros, los criterios para la evaluación, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara. 
    Los criterios de evaluación definirán, entre otros puntos, los siguientes: I. Los aspectos a evaluar y los porcentajes que cada uno tendrá en la calificación; II. La utilización de diversos medios de evaluación para una materia dependiendo de la naturaleza de la misma y los objetivos de ésta, y III. Los momentos para la evaluación durante el desarrollo de la materia. 
     Los medios de evaluación pueden ser: I. Instrumentos de evaluación previamente diseñados de conformidad con la temática de la materia que se aplican a los alumnos para valorar los conocimientos adquiridos; II. Aquellos que permitan identificar los conocimientos adquiridos durante el desarrollo de la materia que son demostrables mediante ciertas destrezas o habilidades, o bien, mediante la elaboración de trabajos prácticos, y III. Aquellos que permitan identificar otros aspectos relacionados con el proceso educativo, tales como aptitudes y actitudes. Artículo 13. Las modalidades de evaluación pueden ser, las siguientes: I. De la evaluación particular de los alumnos: La evaluación, se orienta al alumno en particular, es un medio para conocer el nivel formativo del alumno, el grado de asimilación respecto a su estudio y las dificultades que encuentra en el proceso de apropiación de nuevos conocimientos. Según el momento que se realiza la evaluación puede ser: a) Inicial.- Tiene como objeto identificar intereses, aptitudes, actitudes, nivel de conocimiento, referencias previas al objeto de estudio, nivel de motivación, conocer las características personales del alumnado y su grado de madurez para acercarse a nuevos conocimientos, con el fin de lograr un ajuste inicial en el grupo y establecer criterios de planificación del curso. b) De proceso.- Se orienta a reconocer las dificultades específicas encontradas por los alumnos en su aprendizaje y a estimar el ritmo de avance del grupo en general, es parte indispensable del proceso educativo; permite reajustar continuamente las actividades, estrategias, ayudas y objetivos que se emplean. c) Final.- Pretende conocer y comprobar el logro de los objetivos alcanzados durante el proceso educativo; se basa en una constatación de los niveles de aprendizaje conseguidos por el alumno. II. En el proceso educativo en general: a) Evaluación Diagnóstica.- Tiene como objeto observar hasta qué punto se han cumplido los objetivos planeados, identificar los obstáculos y potencialidades que el proceso educativo presentó y las contradicciones vividas entre lo planeado y los resultados obtenidos. b) Evaluación de Orientación o Reorientación.- Está diseñada como mecanismo retroalimentador para modificar, si es el caso, la estructura y funcionamiento del proceso educativo, o bien, para introducir nuevos enfoques en el abordaje de los objetos de estudio. Permite reajustar continuamente las actividades, estrategias, ayudas y objetivos que se emplean para el desarrollo de la materia. c) Evaluación Predictiva.- Tiene como finalidad reconocer las potencialidades de los alumnos como base para su orientación personal, escolar y profesional. Este tipo de evaluación se emplea en las tutorías y generalmente va ligada a la identificación de elementos vocacionales. d) Evaluación de Control.- Tiene como objeto reconocer niveles de rendimiento y de eficiencia de un proceso educativo y puede ser aplicada al proceso mismo, al sistema de organización curricular, al docente, a grupos de docentes, al alumno o grupos de alumnos. 

  • Exámenes

    Según el  Reglamento General de Promoción y Evaluación de los Alumnos de la Universidad de Guadalajara:
    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia
     
    Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
    I.              Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio
    II.                El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo
    En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento
    La finalidad de los exámenes departamentales (sustento normativo: artículo 17 del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos)
     
    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I.               Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia
    II.              Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara
    III.             Aplicarse como parte de la evaluación institucional
    IV.            Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores
    El proceso para presentar examen de acreditación de competencias (sustento normativo: capítulo VIII del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos)
    Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia
     
    Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I.              Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente
    II.            Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario
    III.           Pagar el arancel correspondiente
    IV.           Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior
    El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación. El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia y se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia
    En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular
    El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria
    Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos

  • Exámenes

    En la Licenciatura de Nutrición se realizan una serie de evaluaciones que permiten valorar el avance y aprendizaje académico del estudiante por lo que es necesario que se considere la evaluación continua, extraordinaria y de competencias.
    CAPÍTULO III DE LOS EXÁMENES
     
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
     
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    Examen de Acreditación de Competencias:
     
    El Examen de Competencia es el que puede presentar el alumno cuando considera que por razones de experiencia laboral o de estudios previos, tiene la formación necesaria en una asignatura y está en condiciones de demostrar los conocimientos para acreditar la misma.
     
    CAPÍTULO VIII EXÁMENES DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS
     
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
     
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
     
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
     
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, misma que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
     
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
     
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia. El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.

  • Exámenes

    Exámenes

    En la Universidad de Guadalajara, uno de los medios de evaluación de manera tradicional lo constituye el examen, que permite conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia, el examen es un elemento importante para esos fines sin dejar de considerar que en la actualidad existen otras formas más integrales para evaluar la generación de conocimientos por el estudiante durante su proceso educativo.
    Con base al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara en sus artículos:
    Artículo 15. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
    I. Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio; y
    II. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo. En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
    Artículo 16. Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:
    I. El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia; y
    II. La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.
    La finalidad de los exámenes departamentales (artículo 17 del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos).
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional; y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Artículo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo.
    Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura. Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.

    • El proceso para presentar examen de acreditación de competencias (capítulo VIII del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos).
    EXÁMENES DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación. El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, misma que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia. El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.
    CENEVAL
     
    Es una prueba escrita a escala nacional, aplicada a todos los alumnos de 8° semestre de la licenciatura en Nutrición. El  objetivo es la valoración de los conocimientos que adquieren los alumnos durante su formación, así como la forma en que son capaces de relacionarlos y aplicarlos  en situaciones concretas de su quehacer profesional.
    El proceso para presentar el Examen General de Egreso de Licenciatura en nutrición (EGEL-nutrición) está sustentado en los siguientes artículos normativos:
     

    • Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.

     

    • Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:

    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente;
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.

     

  • Exámenes

    Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:

    1. Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    2. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo. En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
    • Exámenes departamentales
      Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    1. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia; II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara; III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    • Exámenes de acreditación por competencias
      Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.  Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    1. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    2. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    3. Pagar el arancel correspondiente, y
    4. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro.

     
    CENEVAL: Es una prueba escrita a escala nacional, aplicada a todos los alumnos de 8° semestre de la licenciatura en Nutrición aproximadamente dos meses antes del término del curso. El  objetivo es la valoración de los conocimientos que adquieren los alumnos durante su formación, así como la forma en que son capaces de relacionarlos y aplicarlos  en situaciones concretas de su quehacer profesional.
    El proceso para presentar el Examen General de Egreso de Licenciatura en nutrición (EGEL-nutrición) está sustentado en los siguientes artículos normativos:
     
    o    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
     
    o    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente;
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.

  • Exámenes

    EXÁMENES
    La finalidad de los exámenes departamentales tiene como objetivos:
    I. Conocer el grado de dominio que le alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    Proceso para presentar examen de acreditación de competencias:
    Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos.
    I. Estar inscrito en el pan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezca en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario.
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.

  • Exámenes

    Si bien el plan de estudios tiene el enfoque por competencias, que implica que los estudiantes deben demostrar el aprendizaje mediante la realización de productos y proyectos acordes a los requerimientos de cada unidad de aprendizaje, también se aplican exámenes para algunos casos, como por ejemplo:

    - Los exámenes departamentales, que se aplican para verificar la adquisición de los aprendizajes por parte del alumno, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio,

    - El examen por competencias:

    La normativa de nuestra universidad contempla que un estudiante puede solicitar un examen por competencias, cuando considera que por la experiencia laboral o de estudios previos, ha logrado su formación en un campo en particular vinculado a una asignatura específica. Los requisitos son los siguientes:

    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;

    II. Haber realizado la solicitud según los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;

    III. Pagar el arancel correspondiente, y

    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.

     

    - Es el Colegio Departamental quien determina los criterios que serán utilizados en el examen, a propuesta de la Academia correspondiente, y designará tres sinodales para su aplicación.

    - El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.

    - Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado del examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.

    - El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia. El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia. 

    - En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.

    - El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.

    - Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar.

    - Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
    I. Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    II. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo. En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
    La normativa de nuestra Universidad contempla que un estudiante puede solicitar un examen por competencias cuando considera que por la experiencia laboral o de estudios previos ha logrado su formación en un campo en particular vinculado a una asignatura específica. 
    Estos son los requisitos:
     I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
    Es el Colegio Departamental quien determina los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación. El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
     Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia. El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia. 
    En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
    El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    Son el instrumento educativo que permite realizar una evaluación para conocer el nivel de desarrollo cognitivo, de habilidades y aptitudes que los alumnos tienen en determinado momento del ciclo escolar sobre los contenidos de las unidades de aprendizaje que componen el Programa Educativo.
    Con base en la normatividad aplicable al respecto de la Universidad de Guadalajara se contemplan los siguientes tipos de exámenes:  
    Global o Departamental:
    Considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo. (Articulo17 R.G.E.P.A.). Tienen como objetivos:
    1)  Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    2)  Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el
    3) artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara; Aplicarse como parte de la evaluación institucional
    4) Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Examen por competencias:
    Se realiza a solicitud del alumno que considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia (Artículo 37 R.G.E.P.A.).
    1.- Requisitos: Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    1) Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    2) Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    3) Pagar el arancel correspondiente, y
    4) Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior
    2.- Procedimiento:
    1. En los meses de junio (Ciclo “A”) y noviembre (ciclo B) se lanza la convocatoria y calendario respectivo en la página www.lagos.udg.mx
    2. El Colegio Departamental determina los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designa tres sinodales para su aplicación, este será sobre el contenido total de la materia, que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    3. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    4. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos. 

  • Exámenes

    En este programa educativo se aplican exámenes de acreditación por competencias de cuerdo con el capítulo VIII del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos) atendiendo a quienes por su experiencia laboral o de estudios previos, cuentan con una formación en el campo disciplinar relativo a la carrera y están en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una asignatura del plan de estudios. 
    El examen de acreditación por competencias se solicita durante el período de registro de materias antes del inicio de cada ciclo escolar, de acuerdo con el procedimiento aprobado en el sistema de gestión de calidad académica de UDGVirtual

  • Exámenes

    Examen teórico-practico
    El examen teórico consta de 50 preguntas de opción múltiple, cada una con 4 posibles respuestas, enlistadas como a), b), c) y d) respectivamente, las preguntas comprenden temas de todas las unidades de aprendizaje y diferentes grados de dificultad.
    Una vez aprobado el examen teórico se realiza el examen práctico, en el cual el futuro licenciado en podología debe mostrar sus conocimientos frente a un paciente.

  • Exámenes

    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, los cuales se podrán aplicar como instrumentos que permitan conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
    (Art 14 y Art 15) :
    ·       Parcial: Se realizan para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo con los objetivos señalados en el programa de estudio. Lo anterior con fundamento en el artículo 16 del RGPEA de la UDG.
     

    • Global o Departamental: Considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo, tienen como objetivos:
      1.- Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
      2.- Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara; aplicarse como parte de la evaluación institucional;
      3.- Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
      Lo anterior con fundamento en el artículo 17 del RGPEA de la UDG.
    • Artículo 16: Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:

    I. El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia, y
           II. La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.

    • Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:

    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

    • Artículo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo. Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura. Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.
       

     

  • Exámenes

    La Universidad de Guadalajara establece que la evaluación será continua. Y para que en cada una de las asignaturas el alumno sea evaluado se hace lo siguiente:
    Las academias, previo al inicio del ciclo escolar,  ponen a consideración y aprobación del Colegio Departamental los criterios de evaluación que se utilizarán. Los cuales se deben dar a conocer al alumno al inicio del curso.
    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia. Los exámenes pueden ser:
    Parciales,
    I.              Se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    II.            El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
    Departamentales, tienen como objetivos:
          I.        Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
        II.        Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
       III.        Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
      IV.        Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores*.
    *Artículo 17 del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos.
     
    Examen de Acreditación por Competencias (EAC)
    Para presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior**.
    **Capítulo VIII del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos.

  • Exámenes

    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el rado de dominio que el estudiante ha obtenido sobre la materia. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
     

    • Exámenes parciales: Se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los estudiantes, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio. 
    • Exámen Global: Considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los estudiantes durante todo el proceso educativo.
    • Exámenes departamentales: Los exámenes departamentales tienen como objetivos conocer el grado de dominio que el estudiante ha obtenido sobre la materia; verificar el grado de avance del programa de la materia; aplicarse como parte de la evaluación institucional y/o conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los estudiantes de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    • Exámenes de acreditación por competencias: Son aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese cambpo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. Para tener derecho a presentar el examen de acreditación de competencias, el estudiante deberá contar con los siguientes requisitos; estar inscrito en el plan de estudios correspondiente; haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que pata tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado pro el H. Consejo General Universitario; pagar el arancel correspondiente y aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro. 

     
    En ningún caso el resultado de obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen de acreditación por competencias.
     
    Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:

    • El profesor de la materia, bajo supervisión de la Academia
    • La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.

     
    Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simult{anea a todos los estudiantes que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo. Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura. Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe de Departamento. 
     
    En el caso de los exámenes departamentales el Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
     
    El exámen versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al estudiante oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de exámen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del estudiante.
     
    Dicho exámen se podrá presentar una sola vez por materia y se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia. En caso de no presentarse al exámen o no obtener calificación aprobatoria, el estudiante deberá inscribirse al curso regular. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y/o extraordinaria.
     
    Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, esto dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos. 
     

  • Exámenes

    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, los cuales se podrán aplicar como instrumentos que permitan conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia:

    • Parcial:

    Se realizan para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio. Lo anterior con fundamento en el artículo 16 del RGPEA de la UDG.
     

    • Global o Departamental:

    Considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo, tienen como objetivos:
    1.- Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    2.- Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara; aplicarse como parte de la evaluación institucional;
    3.- Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Lo anterior con fundamento en el artículo 17 del RGPEA de la UDG.
     
    Así mismo, existe otro tipo de examen que permite conocer el grado de dominio que el alumno tiene sobre determinada materia:
     

    • Examen de acreditación de Competencias:

    El examen por competencias se realiza a solicitud del alumno que considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. Con fundamento en el artículo 37 del RGPEA de la UDG.
    1.- Requisitos: Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    a) Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    b) Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario; http://cunorte.udg.mx/aviso/cronograma-2016a-2016b
    c) Pagar el arancel correspondiente, y
    d) Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior
    2.- Procedimiento:
    a) En los meses de junio (Ciclo “A”) y noviembre (Ciclo "B") se lanza la convocatoria y calendario respectivo en la página www.cunorte.udg.mx
    b) El Colegio Departamental determina los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designa tres sinodales para su aplicación, este será sobre el contenido total de la materia, que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    c) Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno
    d) Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    EXÁMENES DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS
     
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia.
    El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    La finalidad de los exámenes departamentales tiene como objetivos:
    I. Conocer el grado de dominio que le alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    Proceso para presentar examen de acreditación de competencias:
    Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos.
    I. Estar inscrito en el pan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezca en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario.
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.

  • Exámenes

     
    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, los cuales se podrán aplicar como instrumentos que permitan conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia:

    • Parcial:

    Se realizan para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio. Lo anterior con fundamento en el artículo 16 del RGPEA de la UDG.
     

    • Global o Departamental:

    Considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo, tienen como objetivos:
    1.- Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    2.- Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara; aplicarse como parte de la evaluación institucional;
    3.- Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Lo anterior con fundamento en el artículo 17 del RGPEA de la UDG.
     
    Así mismo, existe otro tipo de examen que permite conocer el grado de dominio que el alumno tiene sobre determinada materia:
     

    • Examen de acreditación de Competencias:

    El examen por competencias se realiza a solicitud del alumno que considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. Con fundamento en el artículo 37 del RGPEA de la UDG.
    1.- Requisitos: Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    a) Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    b) Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario; http://www.lagos.udg.mx/sites/default/files/SolExAcComp.pdf
    c) Pagar el arancel correspondiente, y
    d) Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior
    2.- Procedimiento:
    a) En los meses de junio (Ciclo “A”) y noviembre (Ciclo "B") se lanza la convocatoria y calendario respectivo en la página www.lagos.udg.mx
    b) El Colegio Departamental determina los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designa tres sinodales para su aplicación, este será sobre el contenido total de la materia, que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    c) Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno
    d) Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.
    http://www.lagos.udg.mx/noticia/examenes-de-acreditacion-de-competencias-2015-0

  • Exámenes

    1- Examen Global Teórico Práctico de capacitación profesional.

     

    Es la prueba que permite la valoración de los conocimientos que adquieren los alumnos en su formación para relacionarlos y aplicarlos a situaciones concretas de su hacer profesional, el cual será sobre los conocimientos generales adquiridos y sobre los aspectos prácticos de su propio ejercicio.

    AREAS OBLIGATORIAS 50%

    • Depto. de Psicología Básica

    • Depto. de Neurociencias

    • Depto. de Disciplinas Filosóficas, Metodológicas e Instrumentales

    • Depto. de Ciencias Sociales

    AREA OPTATIVA 50%. (A elección del pasante de acuerdo al área de ejercicio profesional y/o interés de desarrollo académico y personal).

    •  Depto. de Psicología Aplicada

      1. Psicología del Trabajo

      2. Psicología Social

      3. Psicología Educativa

      4. Educación Especial Y Rehabilitación

    •  Depto. de Clínicas de Salud Mental

      1. Psicoterapia Infantil o Psicoterapia de Adultos

     

    2-  Examen EGEL-CENEVAL.

     

    El Centro Nacional de Evaluación de la Educación Superior (CENEVAL), aplica al pasante un examen general de conocimientos con parámetros definidos para acreditar el puntaje y el nivel académico de excelencia. A este examen se le denomina Examen General de Egreso de Licenciatura (EGEL). La información se encuentra en la página del CUCS, en la Coordinación de Servicios Académicos o en la Coordinación de Carrera de la Licenciatura en Psicología. Para titularte por esta modalidad, es necesario entregar, entre otros documentos, una copia de tu Reporte Individual de Resultados del Examen EGEL-CENEVAL.

  • Exámenes

    3.19 Exámenes
    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
     
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el
    artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma
    materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    En cuanto a los exámenes de acreditación por competencias:
     
    Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumnocuando considereque por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en esecampo y está en condiciones de demostrar los onocimientos necesarios para acreditar una materia.
     
    Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
     
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en losplazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. ConsejoGeneral Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
     
    El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a
    propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
     
    Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
     
    El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia.

  • Exámenes

    La Universidad de Guadalajara establece que la evaluación será continua. Y para que en cada una de las asignaturas el alumno sea evaluado se hace lo siguiente:
    Las academias, previo al inicio del ciclo escolar,  ponen a consideración y aprobación del Colegio Departamental los criterios de evaluación que se utilizarán. Los cuales se deben dar a conocer al alumno al inicio del curso.
    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia. Los exámenes pueden ser:
    Parciales,

    1. Se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    2. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.

    Departamentales, tienen como objetivos:

    1. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    2. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    3. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    4. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores*.

    *Artículo 17 del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos.
    Para presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior**.
    **Capítulo VIII del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos.

  • Exámenes

    De acuerdo al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos, los exámenes como medio de evaluación son:
    Artículo 14. Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
    Artículo 15. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
    I.              Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    II.            El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
    En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
    Artículo 16. Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:
    I.              El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia, y
    II.            La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I.              Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II.            Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III.           Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV.          Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Artículo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo.
    Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura.
    Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.
     
    La finalidad de los exámenes departamentales
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I.              Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II.            Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III.           Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV.          Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
     El proceso para presentar examen de acreditación por competencias
    De acuerdo al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos, los exámenes de acreditación por competencias son:
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I.              Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II.            Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III.           Pagar el arancel correspondiente, y
    IV.          Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia.
    El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    Se realizan examenes particulares de cada asignatura, al menos una vez por semestre en cada materia, esto como parte del proceso de competencias (según normas: capitulo VIII del Reglamento General de Evaluación y Promoción de los alumnos), los examenes pueden ser de distintos tipos, ya sea opción multiple o preguntas abiertas, esto varía dependiendo a lo acordado en el apartado de evaluación del programa educativo.

  • Exámenes

    La Universidad de Guadalajara establece que la evaluación será continua. Y para que en cada una de las asignaturas el alumno sea evaluado se hace lo siguiente:
    Las academias, previo al inicio del ciclo escolar,  ponen a consideración y aprobación del Colegio Departamental los criterios de evaluación que se utilizarán. Los cuales se deben dar a conocer al alumno al inicio del curso.
    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia. Los exámenes pueden ser:
    Parciales,
    I.Se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio, y
    II.El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
    Departamentales, tienen como objetivos:
          I.  Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
        II.   Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
       III.    Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
      IV.    Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores*.
    Artículo 17 del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos.
    Para presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior**.
    **Capítulo VIII del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos.
    http://www.secgral.udg.mx/sites/archivos/normatividad/general/ReglamentoGralEPAlumnos.pdf

  • Exámenes

    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:

    • Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    • Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    • Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    • Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

     
    Los exámenes por competencia son aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. 
    Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:

    • Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    • Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    •  Pagar el arancel correspondiente.
  • Exámenes

  • Exámenes

    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:

    • Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    • Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    • Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    • Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

    Los exámenes por competencia son aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. 
    Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:

    • Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    • Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    •  Pagar el arancel correspondiente.

    Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro

  • Exámenes

    Exámenes Departamentales:
    Artículo 17 del Reglamento General  de Evaluación y Promoción de Alumnos.
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia.
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara:
    °Aplicarse como parte de la evaluación institucional, 
    °Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Examen de Acreditación de Competencias:
    Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
     Para tener derecho a presentar un examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    °Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente.
    °Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario.
    °Pagar el arancel correspondiente, 
    °Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.

  • Exámenes

    En el programa educativo, no se realizan exámenes, la evaluación del aprendizaje de este programa educativo, se encuentra diseñado con el enfoque por competencias, es decir, se realiza a través de la ejecución de trabajos individuales y colaborativos que integran evidencias de los aprendizajes adquiridos y revelan los conocimientos, habilidades, actitudes y valores que se espera desarrollar en cada asignatura.

  • Exámenes

    §  Disposiciones generales del proceso de evaluación de los alumnos, de acuerdo al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara: Artículos 1, 2 y sus fracciones; 3, 4, 5 y 6.
     
    §  Cómo se planea la evaluación: Artículos 7, 8, 9, 10 y sus fracciones; 11, 12 y sus fracciones y 13 con sus fracciones e incisos.
     
    §  Quién diseña, avala, determina los tipos de exámenes, cuál es el objetivo de los exámenes y cuándo son aplicados estos: Artículos 14, 15 y sus fracciones; 16 y sus fracciones; 17 y sus fracciones y 18.
     
    §  Evaluación continua de un curso: Artículo 19, 20 y sus fracciones; 21 y 22.
     
    §  Oportunidad de examen extraordinario: Artículos 23, 24, 25 y sus fracciones; 26, 27 y sus fracciones; 28 y 29.
     
    §  Por qué hacer un examen de acreditación de competencias: Artículos 37, 38 y sus fracciones; 39, 40, 41, 42, 43 y 44.    
     
    §  Cuáles son los tiempos para el proceso de evaluación: Artículos 45, 46, 47 y 48.
     
    §  Dudas o inconformidades del proceso de evaluación: Artículos 49, 50, 51 y 52.
     

  • Exámenes

  • Exámenes

    Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente, realizar la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, pagar el arancel correspondiente. Posteriormente se le asignan al alumno tres sinodales para la aplicación del examen. El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    Los exámenes de tipo genérico (departamentales) no se contemplan hasta el momento en esta carrera.

     

  • Exámenes

    EXÁMENES DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia.
    El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    Uno de los medios de evaluación son los exámenes, los cuales se podrán aplicar como instrumentos que permitan conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia:

    • Parcial.- se realizan para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio. Lo anterior con fundamento en el artículo 16 del RGPEA de la UDG.
    • Global o Departamental.- considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo, tienen como objetivos:
    1.     Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    2.     Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de  Guadalajara; aplicarse como parte de la evaluación institucional;
    3.    Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

    Lo anterior con fundamento en el artículo 17 del RGPEA de la UDG.
    Así mismo, existe otro tipo de examen que permite conocer el grado de dominio que el alumno tiene sobre determinada materia:

    • Examen de acreditación por competencias.- el examen por competencias se realiza a solicitud del alumno que considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. Con fundamento en el artículo 37 del RGPEA de la UDG.

    1.- Requisitos: para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    a) Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    b) Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario; http://www.lagos.udg.mx/sites/default/files/SolExAcComp.pdf
    c) Pagar el arancel correspondiente, y
    d) Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
    2.- Procedimiento:
    a) En los meses de julio (Ciclo “A”) y noviembre (Ciclo "B") se lanza la convocatoria y calendario respectivo en la página www.lagos.udg.mx;
    b) El Colegio Departamental determina los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designa tres sinodales para su aplicación, este será sobre el contenido total de la materia, que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo;
    c) Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno;
    d) Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.
     

  • Exámenes

    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:

    • Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    • Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    • Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    • Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

     
    Los exámenes por competencia son aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. 
     
    Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:

    • Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    • Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    •  Pagar el arancel correspondiente.
  • Exámenes

    En este programa educativo se aplican exámenes de acreditación por competencias dea cuerdo con el capítulo VIII del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos) atendiendo a quienes por su experiencia laboral o de estudios previos, cuentan con una formación en el campo disciplinar relativo a la carrera y están en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una asignatura del plan de estudios. 
    El examen de acreditación por competencias se solicita durante el período de registro de materias antes del inicio de cada ciclo escolar, de acuerdo con el procedimiento aprobado en el sistema de gestión de calidad académica de UDGVirtual.  

  • Exámenes

    De acuerdo al articulo 14 de la capitulo III, se deberán realizar exámenes como método de evaluación para conocer el grado de dominio de la materia por parte del estudiante; siendo posible cualquiera o ambas de las siguientes modalidades de examen.

    • Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio. (Articulo 15 del Reglamento general de Evaluación y Promoción de Alumnos)
    • El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
    • En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso.

    Estos exámenes podrán ser realizados podrán ser diseñados, aplicados y calificados por: 

    1. El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia; y
    2.  La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.
  • Exámenes

    De acuerdo al articulo 14 de la capitulo III, se deberan realizar examenes como metodo de evaluación para concocer el grado de dominio de la materia por parte del estudiante; siendo posible cualquiera o ambas de las siguientes modalidades de examen.

    • Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio. (Articulo 15 del Reglamento general de Evaluació y Promoción de Alumnos)
    • El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.
    • En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso.

    Estos Examenes podran ser realizados podrán ser diseñados, aplicados y calificados por: 

    1. El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia; y
    2.  La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.
  • Exámenes

    La evalución de las Unidades de Aprendizaje (UA) se realizan en base a la metodología por competencias. Trabajamos un método de evaluación que sea homogéneo en todos los académicos involucrados en el programa educativo.

  • Exámenes

    NO APLICA

  • Exámenes

                                  REGLAMENTO GENERAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA

                                                                                                                         CAPÍTULO III

                                                                                                                 DE LOS EXÁMENES

    Artículo 14. Uno de los medios de evaluación son los exámenes, que permiten conocer el grado de dominio

    que el alumno ha obtenido sobre la materia.

    Artículo 15. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de

    evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:

    I. Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la

    materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos

    señalados en el programa de estudio, y

    II. El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el

    aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo.

    En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el

    100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.

    Artículo 16. Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y

    calificados por:

    I. El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia, y

    II. La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.

  • Exámenes

    EXÁMENES DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia.
    El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    Hasta el momento no existen exámenes departamentales en la Licenciatura.
    Los criterios de evaluación, se manejan por el docente que tiene a su cargo la Unidad de Aprendizaje (UA) o en su caso al grupo, tomando en cuenta los métodos de evaluación que se fueron acordados en el encuadre, para que el estudiante ponga a prueba sus conocimientos el cual haga referencia a los contenidos que pide el programa y así alcanzar los criterios de éxito marcados por las unidades de aprendizaje.
    La prueba de desempeño ha representado un espacio de valoración objetiva, sin embargo no deja de ser una confrontación el modelo por competencia, debido a que lo que se pretende es que el estudiante ponga en evidencia los conocimientos, habilidades, actitudes y aptitudes.

  • Exámenes

    No aplica para este programa por ser un programa totalmente en línea.

  • Exámenes

    Dentro de la normativa de la Univesidad de Guadalajara existe el Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos, el cual contempla, entre otras cosas, las evaluaciones mediante diferentes tipos de examen, tal como lo dictan los siguientes articulos:
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el
    Artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma Materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
     
    CAPÍTULO VIII
    EXÁMENES DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno, cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese, campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III. Pagar el arancel correspondiente, y
    IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
    El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, misma que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia.
    El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá
    inscribirse en el curso regular.
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el
    Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    • Exámenes

      Examen Departamental:
      La finalidad del examen Departamental es asegurar la homogeneidad en los cursos, el nivel de conocimientos, así como el cumplimiento de planes y programas y paralelamente favorecer el autoaprendizaje.
       
      CAPÍTULO III DE LOS EXÁMENES
       
      Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
       
      I. Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
      II. Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
      III. Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
      IV. Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
       
      Examen de Acreditación de Competencias:
       
      El Examen de Competencia es el que puede presentar el alumno cuando considera que por razones de experiencia laboral o de estudios previos, tiene la formación necesaria en una asignatura y está en condiciones de demostrar los conocimientos para acreditar la misma.
       
      CAPÍTULO VIII EXÁMENES DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS
       
      Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
       
      Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
       
      I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
      II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
      III. Pagar el arancel correspondiente, y
      IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
       
      Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación.
      El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, misma que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
       
      Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
       
      Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia. El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.

     

  • Exámenes

    EXÁMENES DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos: I. Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente; II. Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario; III. Pagar el arancel correspondiente, y IV. Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior. Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación. El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, misma que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo. Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno. Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia. El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia. Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular. Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria. Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

  • Exámenes

    En la Universidad de Guadalajara, uno de los medios de evaluación de manera tradicional lo  constituye el examen, que permite conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia, el examen es un elemento importante para esos fines sin dejar de considerar que en la actualidad existen otras formas más integrales para evaluar la generación de conocimientos por el estudiante durante su  proceso educativo.
    Con base al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara en sus artículos:
    Artículo 15. Durante el desarrollo de la materia y a su término, se podrán aplicar como instrumentos de evaluación, por determinación de la Academia, los siguientes tipos de exámenes:
                          I.        Los exámenes parciales, se aplican para verificar en determinados periodos del desarrollo de la materia el avance de los aprendizajes obtenidos por los alumnos, de acuerdo a los objetivos señalados en el programa de estudio; y
                         II.        El examen global considera en su totalidad el contenido de la materia y con él se comprueba el aprendizaje logrado por los alumnos durante todo el proceso educativo. En ningún caso el resultado obtenido en este tipo de exámenes podrá ser considerado individualmente como el 100% de la calificación final del curso, excepto el examen regulado por el capítulo VIII de este reglamento.
    Artículo 16. Los exámenes parciales y globales, a juicio de la Academia, podrán ser diseñados, aplicados y calificados por:
    I.              El profesor de la materia, bajo la supervisión de la Academia; y
    II.             La Academia, cuando se trate de exámenes departamentales.
    Artículo 17. Los exámenes departamentales tienen como objetivos:
    I.              Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    II.             Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    III.            Aplicarse como parte de la evaluación institucional; y
    IV.           Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.
    Artículo 18. Los exámenes departamentales serán aplicados de preferencia en forma simultánea a todos los alumnos que cursen la materia y calificados por los académicos designados por el Jefe de Departamento respectivo.
    Durante cada ciclo escolar deberá haber al menos un examen departamental por asignatura. Los resultados de estos exámenes serán concentrados por el  Presidente de la Academia correspondiente, quien deberá notificarlos al profesor de la materia y al Jefe del Departamento.
    EXÁMENES DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS
    Artículo 37. Son exámenes de acreditación de competencias, aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
    Artículo 38. Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:
    I.              Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    II.             Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;
    III.            Pagar el arancel correspondiente, y
    IV.           Aquellos que determine el Consejo Universitario del Centro o de Educación Media Superior.
    Artículo 39. El Colegio Departamental determinará los criterios que serán utilizados en el examen a propuesta de la Academia correspondiente y designará tres sinodales para su aplicación. El examen de acreditación de competencias, versará sobre el contenido total del programa de la materia correspondiente, mismo que se le proporcionará al alumno oportunamente por el Jefe de Departamento respectivo.
    Artículo 40. Los sinodales deberán levantar el acta correspondiente sobre el resultado de examen, donde conste la calificación obtenida y los créditos correspondientes, mismos que serán registrados en la historia académica del alumno.
    Artículo 41. El examen de acreditación de competencias se podrá presentar una sola vez por materia. El examen de acreditación de competencias se realizará de manera previa a la inscripción regular en la materia.
    Artículo 42. En caso de no presentarse al examen o no obtener calificación aprobatoria, el alumno deberá inscribirse en el curso regular.
    Artículo 43. El examen de acreditación de competencias no podrá ser solicitado para sustituir los exámenes de evaluación ordinaria y extraordinaria.
    Artículo 44. Los exámenes de esta categoría se sustentarán en las fechas que para tal efecto establezca el Colegio Departamental al que corresponda la materia, dentro del periodo establecido por el calendario escolar. Las calificaciones deberán remitirse a las instancias correspondientes, de conformidad con lo establecido en el manual de procedimientos.

     

  • Exámenes

    Los exámenes departamentales tienen como objetivos:

    • Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    • Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara;
    • Aplicarse como parte de la evaluación institucional, y
    • Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

     
    Los exámenes por competencia son aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia. 
     
    Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:

    • Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente;
    • Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario;

     Pagar el arancel correspondiente.

  • Exámenes

    Los exámenes departamentales tienen como objetivo:

    •  Conocer el grado de dominio que el alumno ha obtenido sobre la materia;
    •  Verificar el grado de avance del programa de la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Planes de Estudio de la Universidad de Guadalajara.
    •  Conocer el grado de homogeneidad en los aprendizajes logrados por los alumnos de la misma materia, que recibieron el curso con distintos profesores.

     
    Los exámenes por competencia son aquellos que se realizan a solicitud del alumno cuando considere que por razones de experiencia laboral o de estudios previos ha logrado una formación en ese campo y está en condiciones de demostrar los conocimientos necesarios para acreditar una materia.
     
    Para tener derecho a presentar examen de acreditación de competencias, el alumno deberá contar con los siguientes requisitos:

    • Estar inscrito en el plan de estudios correspondiente.
    •  Haber realizado la solicitud en los términos establecidos en el manual de procedimientos y en los plazos que para tal efecto se establezcan en el calendario escolar, aprobado por el H. Consejo General Universitario.
    •  Pagar el arancel correspondiente.