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Abogado (Semiescolarizada)

  • Preguntas frecuentes

    Pregunta: 
    ¿Qué debo hacer si estoy en artículos 33 o 35?
    Respuesta: 

    Si no lograste aprobar en ordinario o extraordinario en dos oportunidades anteriores estarás sometido al artículo 33. Esto te obligará a repetir el curso en el calendario inmediato siguiente. Si de nuevo no logras aprobar en ordinario o extraordinario serás dado de baja automática.
    En caso de que suceda lo anterior, podrás solicitar por medio de un escrito una nueva oportunidad para aprobar la materia que adeudas. Si no apruebas tu materia en ordinario o extraordinario siguientes, se te dará de abaja automática y definitivamente no podrás reingresar a la carrera de la que fuiste expulsado.

    • Incorporar formatos, por ejemplo:
    1.   Justificación de faltas.
    2.   Solicitud de artículo 34. 
    3.   Alta de materias.
    4.   Baja de materias.
    5.   Opción de titulación.
    • Guía del estudiante.

    http://www.secgral.udg.mx/sites/archivos/normatividad/general/ReglamentoGralEPAl... 

     

     

    Documento (s) de apoyo: