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Desarrollo Educativo

  • Titulación

    Modalidad de titulación
    De acuerdo a la normatividad vigente del Reglamento General de Titulación de la Universidad de Guadalajara, la Coordinación de la Licenciatura en Desarrollo Educativo, pone a disposición de los egresados de esta carrera interesados en iniciar su proceso de titulación, las siguientes modalidades de titulación:
     
    Artículo 8. Se reconocen como modalidades de titulación en la Universidad de Guadalajara, las siguientes opciones genéricas:
    I.   Desempeño académico sobresaliente;
    III. Producción de materiales educativos;
    IV.       Investigación y estudios de posgrado;
    VI.       Tesis, Tesina e Informes.
     
    Artículo 9. Serán opciones específicas para las modalidades del Desempeño académico sobresaliente, las siguientes:
    I.          Excelencia académica:
    Es la obtención automática de un promedio global mínimo de 95 (noventa y cinco), aprobando un máximo de 10% (diez por ciento) de las asignaturas en período extraordinario.
     

    II.         Titulación por promedio:
    Esta modalidad permite la obtención automática del título por haber obtenido un promedio global mínimo de 90 (noventa), acreditando todas las asignaturas correspondientes a un plan de estudios durante los períodos ordinarios de exámenes.
     
    Artículo 11. Para las modalidades de producción de materiales educativos, serán opciones específicas las siguientes:
    I.          Guías comentadas o ilustradas:
    Son documentos pedagógicos, de carácter orientador, cuyo objetivo es facilitar el proceso de enseñanza aprendizaje con base en el diseño de técnicas, manuales, programas y procedimientos para el apoyo de contenidos disciplinares de un programa específico de curso o asignatura. Estos pueden ser: textos, prototipos didácticos, audiovisuales, o instructivos para prácticas de laboratorio y taller.
     

    II.         Paquete didáctico:
    Es el producto de una investigación educativa cuyo resultado es un material qeu tiene como función principal servir de apoyo didáctico para una disciplina específica.
     

    III.        Propuesta Pedagógica:
    Consiste en la fundamentación de un proyecto en el que se presente alguna innovación en el campo pedagógico. Puede estar referida a aspectos teóricos, metodológicos, instrumentales, de contenido, de organización escolar, etc.
    Considerando el modo en que han sido planteados los cursos, la propuesta pedagógica debe ser el resultado lógico de su proceso; parte de la situación docente que se problematiza y culmina con la formulación y puesta en práctica de la propuesta.
     
    Artículo 12. Será opción específica para la modalidad de investigación y estudios de posgrado, la siguiente:
    I.   Cursos o créditos de maestría o doctorado en Instituciones de Educación Superior de reconocido prestigio (ver nota):
    Consiste en la recuperación de la experiencia y conocimientos de los estudios de maestría o especialidad, vinculando dicho proceso con las necesidades o problemáticas de la licenciatura donde se aspira a titular. La aplicación de esta modalidad dependerá de los créditos académicos del posgrado y de las disposiciones que los reglamentos particulares de los Centros Universitarios establezcan. En todo caso se tomarán en cuenta las investigaciones y productos que el pasante realice en los cursos de posgrado.
     
    Artículo 14. Para las modalidades de Tesis, Tesina e Informes, serán opciones específicas las siguientes:
     
    I.          Tesis:
    Es un trabajo de investigación inédito, que tendrá como objetivo presentar nuevos conocimientos, métodos e interpretaciones sobre cualquier aspecto de una realidad social determinada. En el campo del diseño el producto final puede ser un proyecto, un prototipo o un modelo.
     

    II.         Tesina:
    Es un trabajo monográfico que pueden realizar los pasantes de licenciatura o de educación profesional de nivel medio superior, cuyas profesiones requieran un título para su ejercicio. El trabajo deberá ser un escrito con extensión mínima de 45 cuartillas y un máximo de 60.
     

    IV.       Informe del servicio social:
    Es el reporte que el prestador de servicio rinde con el objetivo de explicar qué conocimientos adquiridos en su formación académica aplicó y cuáles fueron los nuevos que asimiló, así como sus sugerencias para el mejor desempeño del trabajo realizado en el área de adscripción. En este proceso se recogen los resultados de la experiencia, tanto del prestador, como del lugar en que efectuó su servicio social.
     
    Todas las opciones de esta modalidad deberán ser sustentadas ante un jurado y el sustentante deberá replicar a las observaciones de los miembros del jurado.
     

    Procedimientos
    Una vez que el estudiante haya decidido por una de las opciones específicas de una de las modalidades, deberá comunicárselo al Coordinador de Carrera, por medio de un escrito dirigido a éste, firmado, la coordinación de la Licenciatura recibe la solicitud, la analiza, la aprueba y asigna un asesor de titulación en caso de que la modalidad así lo requiera.
    En un plazo no mayor a 10 días hábiles a partir de la recepción enviada por el estudiante, la Coordinación de la Licenciatura contacta al estudiante, le comunica quien será su asesor y fijan plazos para elaboración del documento recepcional si así es su caso, o una fecha para el acto de titulación cuando se trate de una de las modalidades por desempeño académico sobresaliente.
    Al tratarse de las modalidades como: Producción de materiales educativos; Tesis, Tesina e Informes. La Coordinación de la Licenciatura establecerá los mecanismos pertinentes para iniciar con las actividades corresponden con el proceso de asesoría de titulación estipulado en el artículo 24 del Reglamento General de Titulación de la Universidad de Guadalajara.
     
    Nota:
    Deberá darse un acuerdo previo con la Universidad donde el egresado cursará el posgrado, donde ésta especifique que acepta al interesado a cursar dicho programa como medio de titulación de su licenciatura, el posgrado deberá ser de nivel de Maestría cuya disciplina sea afín a la Licenciatura en Educación. Para titularse por esta modalidad, el estudiante deberá cursar el 50% de los créditos del programa de Maestría y llevar un promedio igual o mayor a 80 (Regresar al Artículo 12).