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Servicio social
El Servicio Social constituye la actividad que permite al futuro profesional contribuir en el desarrollo de la comunidad que le respalda en su formación; así como propiciar opciones de interacción entre los estudiantes universitarios y la sociedad en general. Además permite el desarrollo de actividades formativas y de aplicación de conocimientos conforme a la ley para aquellos los estudiantes y pasantes de Universidades e Instituciones que imparten programas educativos con reconocimiento de validez oficial.
¿Qué necesito para poder realizar mi servicio social?
De conformidad con lo establecido en el Artículo 8, Fracción I del Reglamento General para la Prestación del Servicio Social de la Universidad de Guadalajara, los alumnos de nivel licenciatura podrán iniciar la prestación del servicio social cuando hayan cubierto por lo menos el 60% del total de créditos del plan de estudios correspondiente.
MUY IMPORTANTE:- El único documento que legitima la validez legal de la asignación para prestar servicio social, es el oficio de comisión. El oficio de comisión solamente puede ser expedido por la Unidad de Servicio Social.
- El servicio social establece actualmente 480 horas para la prestación del mismo; con un tope máximo de 4 horas diarias si se presta bajo la modalidad de lunes a viernes, o de 8 horas diarias si se presta bajo la modalidad de fines de semana (sábado y domingo) dicha carga horaria constituye un tope máximo y no pueden ser incrementada ni por el alumno ni por el receptor.
- Todo servicio social que se esté prestando sin contar con el requisito previo del oficio de comisión expedido reglamentariamente por la Unidad de Servicio Social, carece de validez legal y no podrá ser legitimado.
LINK: http://www.cucsh.udg.mx/escolares_tramites/servicio_social