Enfermería
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Preguntas frecuentes
,Pregunta:¿En qué circunstancias se me pueden justificar las inasistencias a clase?Respuesta:REGLAMENTO GENERAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA
CAPÍTULO XI: DE LA JUSTIFICACIÓN DE LAS FALTAS DE ASISTENCIA
Artículo 53. Los alumnos podrán justificar su falta de asistencia a clases por alguna de las siguientes causas:
I. Por enfermedad;
II. Por el cumplimiento de una comisión conferida por autoridad universitaria, con conocimiento del Coordinador de Carrera, en los Centros Universitarios y en el caso del Sistema de Educación Media Superior el Director de Escuela, siempre que los trabajos realizados en ella tengan estrecha relación con los estudios universitarios
III. Por causa de fuerza mayor justificada que impida al alumno asistir, a juicio del Coordinador de Carrera en los Centros Universitarios y del Director de Escuela en el Sistema de Educación Media Superior.
El máximo de faltas de asistencia a clases que se pueden justificar a un alumno no excederá del 20% del total de horas establecidas en el programa de la materia, excepto lo establecido en el último párrafo del artículo 54 de este ordenamiento.
Artículo 54. El alumno deberá justificar las faltas de asistencia con el documento idóneo, al Coordinador de Carrera en los Centros Universitarios y al Director de Escuela en el Sistema de Educación Media Superior, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que haya podido reanudar sus estudios.
Si el Coordinador de Carrera o el Director de Escuela consideran justificadas las faltas, se deberá hacer del conocimiento de los profesores de las materias que están cursando los alumnos, para que realicen la anotación correspondiente.
En forma excepcional el Director de la Escuela en el Sistema de Educación Media Superior o el Coordinador de Carrera en los Centros Universitarios, podrán justificar un porcentaje máximo del 35% del total de las horas, establecidas en el programa de la materia, siempre y cuando se hayan realizado por alguna causa grave justificada.
Artículo 55. Cuando la inasistencia del alumno debidamente justificada en los términos del artículo anterior, se haya realizado el día de aplicación o calificación de un medio de evaluación, el profesor de la materia y el alumno acordarán la fecha y hora para llevarlo a cabo.
http://www.cucs.udg.mx/sites/default/files/adjuntos/4_reglamento_gral_de_evaluacion_y_promocion_de_alumnos_de_la_u_de_g.pdf,Pregunta:¿En qué turno puedo cursar la licenciatura?Respuesta:El diseño del Plan de Estudios de la Licenciatura en Enfermería tiene una estructura de créditos académicos y un horario semiflexible donde se puede escoger el turno en el cual se quiere cursar la carrera ya sea matutino, vespertino o mixto. Para tener opción a elegir el sistema considera el promedio final de calificación alcanzado. Por lo que podrás organizar tu horario, en función de la agenda que se te asigne para registrar horario; extraordinariamente podrán acreditarse casos de excepción que deberán contar con las evidencias que lo justifiquen.
,Pregunta:¿Qué debo hacer para registrar mis materias?Respuesta:REVISA TU AGENDA CON LA FECHA EN LA QUE PODRÁS REALIZAR TU REGISTRO EN: www.siiau.udg.mx
- Ingresa a “Sistema Escolar”.
- Coloca tu Código de Estudiante y tu NIP.
Verifica en siiau en el módulo de ESTUDIANTE opción AGENDA, la fecha y hora a partir de la cual podrás registrarte.
Es importante que consideres lo siguiente:
· Revisa tu estado de cuenta y liquida los adeudos que tengas correspondientes a ciclos escolares anteriores.
· Si en el horario generado por el siiau aparece en profesor STAFF, no existe problema, se está actualizando la base de datos de forma continua.
· Si alguna materia no tiene cupo, elige otra opción teniendo cuidado de evitar cruces.
· Si existe cruce de materias no se registrará.
Verifica la oferta académica en : http://siiauescolar.siiau.udg.mx/wve/sspseca.forma_consulta
- Selecciona el Ciclo escolar próximo a cursar.
- Selecciona tu Centro Universitario, CUCS.
- Ingresa la Clave de la Lic. En Enf: ENFA (Antiguo Plan de Estudios) LENF (Nvo. Plan de estudios).
- Selecciona CONSULTAR.,Pregunta:¿Qué hago si no estoy de acuerdo en la evaluación de una materia?Respuesta:CAPÍTULO X: DE LA REVISIÓN DE EVALUACIONES Y EXÁMENES
Artículo 49.
El alumno podrá solicitar por escrito y de manera justificada, la revisión del resultado de su evaluación o de un examen al Jefe del Departamento que tenga a su cargo la materia de que se trata, o al Director de Escuela en el nivel medio superior, cuando considere que se ha cometido un error en su calificación.
Dicha revisión deberá solicitarla dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha en que se hayan publicado o notificado los resultados de la evaluación o examen.
Artículo 50.
El Jefe del Departamento en los Centros Universitarios y el Director de la Escuela en el
Sistema de Educación Media Superior, solicitará al profesor responsable de la materia de que se trate que en un plazo de dos días hábiles, le remita los resultados de la ev
aluación o examen correspondiente, así como los criterios utilizados para calificar.
Artículo 51.
El Jefe del Departamento en el nivel superior, designará a tres profesores de la Academia
respectiva o de una afín a ésta, para que revisen el expediente correspondiente, quienes en un plazo no mayor de dos días resolverán lo que proceda; resolución que será definitiva e inapelable y será turnada debidamente firmada por los académicos al Jefe del Departamento
y a la Coordinación de Carrera.
En el nivel medio superior, será el Coordinador Académico quien designe a los tres profesores de la Academia respectiva o de una afín a ésta y la resolución será remitida al
Secretario de Escuela.
Artículo 52.
El Jefe del Departamento en los Centros Universitarios y el Secretario de Escuela en el
Sistema de Educación Media Superior, deberá notificar al alumno del resultado de la revisión de su evaluación o
examen en un plazo no mayor de dos días hábiles posteriores a la fecha de la resolución.,Pregunta:¿En dónde puedo hacer mis prácticas profesionales?Respuesta:En donde la Universidad de Guadalajara haya celebrado Convenio de colaboración.
Las prácticas profesionales, se integran dentro de la currícula del Plan de estudios como Unidades de Aprendizaje, por ello el Centro Universitario de Ciencias de la Salud, ha celebrado convenios de colaboración interinstitucional con las distintas clínicas y hospitales de todos los niveles de atención del Sector Salud, tanto público como privado. Ello significa que profesores y estudiantes se integran de manera colaborativa a los procesos de atención y cuidado de los usuarios, coordinados con el personal, contribuyendo a satisfacer las necesidades de cuidado que demandan las personas.
Http://siiauescolar.siiau.udg.mx/wus/gupprincipal.inicio
Consultando previamente la oferta académica
Http://siiauescolar.siiau.udg.mx/wve/sspseca.forma_consulta,Pregunta:¿Cuándo puedo iniciar mi servicio social?Respuesta:Para poder registrarse como aspirante y tramitar su servicio social en el módulo de servicio social por alumno; se deberá de cumplir con los siguientes requisitos:
• navegador firefox
- instalar plug-in de adobe flash player
- desbloqueo de las ventanas emergentes.
• acrobat reader
• ser un usuario válido, fungiendo el rol de alumno con código válido proporcionado por la Universidad de Guadalajara.
• contar con el mínimo de créditos y el estatus adecuado para realizar el servicio social. (100% de los créditos requeridos)
http://www.cucs.udg.mx/principal/extension/presentacion/
Para mayor información, ir al manual de usuario disponible en:
http://www.cucs.udg.mx/principal/sites/default/files/manual%20de%20usuario%20para%20el%20alumno.pdf,Pregunta:¿Cuáles con las modalidades de titulación?Respuesta:El Reglamento General de Titulación de la Universidad de Guadalajara, establece las normas que regulan los procedimientos de evaluación aplicables, que permiten a los pasantes obtener el título de licenciatura o el título de nivel profesional medio superior[1].
La Licenciatura en Enfermería del Centro Universitario de Ciencias de la Salud, se establecen las siguientes modalidades y opciones de acuerdo al Reglamento de Titulación de la Universidad de Guadalajara:
I. Desempeño académico sobresaliente
a. Excelencia Académica
Requiere obtener un promedio global mínimo de 95 (noventa y cinco) y hasta un 10% de las unidades de aprendizaje aprobadas en periodo extraordinario, del total del Plan de Estudios.
b. Promedio
Permite la obtención automática del título de Licenciatura, con un promedio global mínimo de 90 (noventa), el cual debe acreditar en periodo ordinario en la totalidad de las unidades de aprendizaje del Plan de Estudios.
II. Exámenes
a. Examen Global Teórico - Práctico
b. Examen de Capacitación Profesional o Técnico – Profesional
c. Examen General de Certificación Profesional (CENEVAL)
III. Producción de material educativo.
a. Guías comentadas o ilustradas
b. Paquete didáctico
c. Propuesta Pedagógica
IV. Investigación y estudios de posgrado.
a. Cursos de créditos de maestría o doctorado en Instituciones de Educación Superior de reconocido prestigio.
b. Trabajo Monográfico de Actualización
c. Seminario de Investigación
d. Informes de Servicio Social
V. Tesis tesina e informes
a. Tesis
b. Tesina
c. Informes de Prácticas Profesionales
d. Informes de Servicio Social.
[1]Http://secgral.udg.mx/normatividad/ngeneral/reglamentogeneraldetitulacion.
,Pregunta:¿Cuándo pierdo derecho a ordinario y extraordinario?Respuesta:Para la calificación en periodo ORDINARIO.
De acuerdo al Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara en su Capítulo I Artículo 5to. Menciona:
El resultado final de las evaluaciones será expresado conforme a la escala de calificaciones centesimal de 0 a 100, en números enteros, considerando como mínima aprobatoria la calificación de 60.
Además, El Capítulo 4, Artículo 20 dice: Para que el alumno tenga derecho al registro del resultado final de las evaluaciones el periodo ordinario, establecido en el calendario escolar aprobado por el H. Consejo General Universitario, se requiere:
ü Estar inscrito en el plan de estudios y curso correspondiente, y
ü Tener un minimo de asistencia del 80% a clases y actividades registradas durante el curso.
Para la calificación en periodo EXTRAORDINARIO.
Capítulo V, articulo 23: La evaluación en periodo extraordinario tiene por objeto proporcionar a los alumnos la oportunidad de acreditar una materia que por cualquier circunstancia, no haya logrado el registro de una calificación aprobatoria durante el periodo de la evaluación continua.
Además, el Artículo 25 dice: La evaluación en periodo extraordinario se calificará entendiendo a los siguientes criterios:
ü La calificación obtenida en periodo extraordinario, tendrá una ponderación del 80% para la calificación final;
ü La calificación obtenida por el alumno durante el periodo ordinario, tendrá una ponderación del 40% para la calificación en periodo extraordinario, y
ü La calificacion final para la evaluación en periodo extraordinario será la que resulte de la suma de los puntos obtenidos en las fracciones anteriores.
Artículo 27: Para que el alumno tenga derecho al registro de la calificación en el periodo extraordinario, se requiere:
ü Estar inscrito en el plan de estudios y curso correspondiente,
ü Haber pagado el arancel y presentar el comprobante correspondiente y,
ü Tener un mínimo de asistencia del 65% a clases y actividades registradas durante el curso.
http://www.cucs.udg.mx/sites/default/files/adjuntos/4_reglamento_gral_de...,Pregunta:¿Qué pasa si repruebo una materia?Respuesta:Si repruebas una materia en periodo ordinario deberás presentar un examen extraordinario para acreditar la materia con una calificación mínima de 60.
Si no acreditas la materia en extraordinario deberás re-cursarla OBLIGATORIAMENTE en el semestre siguiente. [Artículo 33]
En caso de no acreditar la materia en periodo ordinario, tienes oportunidad de presentar un examen extraordinario con una calificación mínima de 60.
Si no llegas a acreditar la materia deberás dirigir una carta a la Comisión de Educación del Consejo de Centro para solicitar una última oportunidad de cursar la materia. Si la Comisión de Educación del Consejo de Centro decide aceptar, tendrás una última oportunidad de pasar la materia OBLIGATORIAMENTE en periodo ordinario. [Artículo 34]
En caso de que no acreditaras la materia en este último intento, se aplicará el Artículo 35, el cual significa baja definitiva de la Licenciatura.
Para más información puedes revisar el “Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara”, el capítulo VII, artículos 33,34 y 35.Pregunta:¿Qué debo hacer si estoy en artículos 33 o 35?Respuesta:Si estas en artículo 33, deberás repetir la materia en el ciclo escolar inmediato siguiente en que se ofrezca, teniendo la oportunidad de acreditarla durante el proceso de evaluación ordinario o en el periodo extraordinario.
En caso de que el alumno no logre acreditar la materia en los términos de este artículo, será dado de baja y por consecuente aplicaras al artículo 34.
Si estas en artículo 35, no se autorizará su reingreso a la carrera o posgrado por el cual se les dio de baja.
Para más información puedes consultar el reglamento general de evaluación y promoción de alumnos