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Historia

  • Titulación

    REGLAMENTO PARTICULAR DE TITULACIÓN DE LA LICENCIATURA EN HISTORIA
    GENERALIDADES
    Artículo 1. De acuerdo con el Reglamento General de Titulación de la Universidad de Guadalajara, que establece las disposiciones generales que regulan el procedimiento de obtención de grado de Licenciatura de los egresados, el Comité de Titulación del Departamento de Historia con base en los artículos 3 y 7 del mismo reglamento, opta por establecer las modalidades y procedimientos que habrán de regular el proceso de titulación de la licenciatura en Historia como a continuación se específica.
    CAPÍTULO I
    DE LAS MODALIDADES DE TITULACIÓN
    Artículo 2. Para obtener el título profesional de Licenciado en Historia, del Departamento del mismo nombre, se adoptan las modalidades contempladas en los artículos 8, 9, 11, 12 y 14 del Reglamento General de Titulación de la Universidad de Guadalajara, de las que se seleccionan las siguientes opciones específicas para todas las terminales o áreas de formación especializante de la carrera de Licenciado en Historia:
    I. Desempeño Académico Sobresaliente: Opciones Excelencia académica y Titulación por promedio
    II. Producción de materiales educativos: Opciones Guías comentadas o ilustradas, Paquete didáctico, y Propuesta pedagógica
    III. Investigación y estudios de posgrado: Opciones Cursos o créditos de maestría o doctorado, y Seminario de Investigación
    IV. Tesis, tesina e informe: Opciones Tesis y Tesina
    Artículo 3. Dentro de la modalidad de Desempeño Académico Sobresaliente el Departamento de Historia adopta como opciones específicas de titulación las siguientes:
    I. Excelencia Académica: Podrán optar al grado de Licenciado en Historia mediante esta opción los pasantes de la Licenciatura en Historia que
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    obtengan un promedio global mínimo de 95 (noventa y cinco) con un máximo de 10% (diez por ciento) de las asignaturas aprobadas en período extraordinario.
    II. Titulación por promedio: Podrán optar al grado de Licenciado en Historia mediante esta opción los pasantes de la Licenciatura en Historia que obtengan un promedio global mínimo de 90 (noventa) acreditando todas las asignaturas correspondientes al plan de estudios durante los periodos ordinarios de exámenes.
    Artículo 4. Dentro de la modalidad de Producción de Materiales Educativos el Departamento de Historia adopta como opciones específicas la Guía comentada o ilustrada, el Paquete didáctico, y la Propuesta pedagógica, cuyas características se describen a continuación:
    I. Guía comentada o ilustrada: Es un documento pedagógico, de carácter orientador, cuyo objetivo es facilitar el proceso de enseñanza aprendizaje con base en el diseño de técnicas, manuales, programas y procedimientos para el apoyo de contenidos disciplinares de un programa específico de curso o asignatura. Estos pueden ser: textos, prototipos didácticos, audiovisuales, o instructivos para prácticas de laboratorio y taller. Se establece que estas guías comentadas o ilustradas deberán ser trabajos originales y contener un documento con la explicación y las reflexiones pertinentes.
    II. Paquete didáctico: Es el producto de una investigación educativa cuyo resultado es un material que tiene como función principal servir de apoyo didáctico para la enseñanza de la Historia. El Paquete didáctico también consiste en estudios de diagnóstico, videos, antologías, audiovisuales o programas de software.
    III. Propuesta pedagógica: Es la fundamentación de un proyecto en el que se presenta alguna innovación en el campo pedagógico, la cual ha de referirse a aspectos teóricos, metodológicos, instrumentales, de contenido, o de organización escolar.
    Artículo 5. Dentro de la modalidad de Investigación y estudios de posgrado, las opciones específicas de titulación adoptadas por el Departamento de Historia serán las siguientes:
    I. Cursos o créditos de maestría o doctorado en Instituciones de Educación Superior de reconocido prestigio. El alumno, egresado de esta Licenciatura en Historia, demostrará haber cursado por lo menos un año de estudios de posgrado, tener un promedio mínimo de 80 o su equivalente y entregar un ensayo de 15 a 20 cuartillas de extensión en el cual relacione los conocimientos adquiridos en su posgrado con el área de estudio de la licenciatura en Historia.
    II. Seminario de Investigación: Los seminarios que se propongan a fin de optar por el título de licenciado en Historia y que se contemplan en el artículo 12, fracción III del Reglamento General de Titulación de la Universidad de Guadalajara deberán contar con la aprobación del Colegio Departamental. Cada uno de ellos consistirá en acreditar un curso con un
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    mínimo de 72 horas (48 horas presenciales y 24 de trabajo extra-aula), mismo que no debe estar contemplado dentro de la curricula. El curso debe ser impartido por reconocidos maestros en investigación histórica. El alumno deberá presentar como resultado final un producto de investigación publicable. Estos Seminarios estarán dirigidos a aquellos alumnos que hayan cubierto el total de los créditos indicados en su plan de estudios por lo menos cinco años antes de su inscripción al Seminario.
    Artículo 6. En el Departamento de Historia serán opciones de titulación de la modalidad Tesis, Tesina e Informes solamente la Tesis y la Tesina, en el entendido que:
    I. La Tesis es una respuesta documentada, crítica y explicativa a un problema de investigación de carácter histórico. Debe ser un texto con redacción clara y precisa, con una extensión mínima de 80 cuartillas, en el cual el sustentante demuestre conocimiento sobre un tema, un periodo y un espacio. Debe mostrar el uso de fuentes pertinentes al tema y al problema, además del uso adecuado de un aparato crítico.
    II. Para los fines de este Reglamento se considera al catálogo como una variante válida de la opción específica Tesis, en la medida en que integre el registro y descripción de materiales documentales que guarden entre sí una relación o unidad tipológica, ya sea de archivo o biblioteca, con los objetivos de recuperar y difundir la información sustantiva que contienen.
    III. La Tesina es un trabajo monográfico con una extensión mínima de 45 cuartillas y un máximo de 70.
    CAPÍTULO II
    DE LOS REQUISITOS PARA OBTENER EL TÍTULO DE LICENCIADO EN HISTORIA Y DEL PROCEDIMIENTO PARA EL REGISTRO Y LA EVALUACIÓN DE LAS MODALIDADES DE TITULACIÓN
    Artículo 7. Para poder optar por el grado de Licenciado en Historia el pasante habrá de cubrir los siguientes requisitos, entregando la documentación respectiva en la Coordinación de Carrera:
    I. Haber cursado y aprobado la totalidad de las materias y haber obtenido el total de créditos que marca el Plan de Estudios de la carrera.
    II. Haber cumplido con el Servicio Social, tal como lo establece la Ley Orgánica de la Universidad de Guadalajara, y presentar el duplicado del original de liberación del Servicio Social expedido por la instancia correspondiente.
    III. Presentar copia certificada de kardex y carta de no adeudo emitidas por la Coordinación de Control Escolar.
    IV. Entregar 1 fotografía tamaño credencial en blanco y negro.
    V. Cubrir los aranceles correspondientes, según la opción de titulación seleccionada.
    VI. Ser aprobado en una de las opciones aplicables según la modalidad de Titulación que haya elegido y que marcan el capítulo I y los artículos 8 al 11 de este Reglamento.
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    Artículo 8. El procedimiento para la obtención del grado de Licenciado en Historia mediante las opciones específicas Excelencia Académica y Titulación por promedio de la modalidad de titulación por Desempeño Académico Sobresaliente será el siguiente:
    I. El pasante acreditará el cumplimiento de las condiciones señaladas en los artículos 3 y 7 de este Reglamento para optar por esta modalidad.
    II. El pasante presentará por escrito una solicitud al Coordinador de Carrera, en la cual habrá de especificar la opción específica de titulación, nombre completo del solicitante, código y promedio global.
    III. Dicha solicitud estará acompañada de una fotografía, una carta de no adeudo y una copia certificada de kárdex, documentos expedidos por Control Escolar del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades. Deberá anexarse también una copia de la carta de liberación del Servicio Social y el pago de derechos de examen.
    IV. El Coordinador de Carrera turnará la solicitud descrita en los incisos II y III del artículo 8 de este Reglamento a la Jefatura del Departamento de Historia, instancia en la que se designará la fecha del acto respectivo, así como los integrantes del comité de titulación correspondiente.
    V. Una vez realizadas dichas designaciones y celebrado el acto de titulación, se procederá a tomar protesta al sustentante y a levantar el acta respectiva. En el Acta de Titulación se asentará como calificación el promedio global obtenido por el sustentante en la Licenciatura en Historia.
    VI. El Acta de Titulación deberá contener las anotaciones siguientes: Lugar y fecha en que se desarrolló la evaluación; los nombres de los sinodales que integraron el Jurado, o en su caso del Comité de Titulación; la modalidad y el tema de titulación; el nombre del pasante; el promedio global obtenido por el sustentante; firmarán el acta los miembros del jurado o en su caso, los miembros del Comité de Titulación, las cuales deberán ser autorizadas con la firma del Secretario y el visto bueno del Director de la División de Estudios Históricos y Humanos; la toma de protesta del sustentante; firma de sustentante.
    Artículo 9. El procedimiento para la obtención del grado de Licenciado en Historia mediante la opción específica Cursos o créditos de maestría de la modalidad de titulación Investigación y estudios de posgrado será el siguiente:
    I. Presentar una solicitud por escrito dirigida al Jefe del Departamento con atención al Coordinador de Carrera, quienes la turnarán al Comité de Titulación, en la cual manifiesta su interés por beneficiarse de esta opción de titulación.
    II. Presentar copia certificada de las calificaciones obtenidas en el programa de posgrado (un año como mínimo, o el total de los cursos acreditados a la fecha de la solicitud si se trata de un periodo mayor al año de estudios), y constancia oficial de alumno regular en caso de estar inscrito todavía en dicho programa.
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    III. Una vez revisada dicha documentación, el Comité de Titulación indicará al sustentante el tema sobre el cual deberá elaborar el ensayo a que hace referencia el artículo 5 fracción I de este Reglamento. Asimismo, el Jefe del Departamento fijará tanto la fecha de entrega del trabajo como la fecha en que el sustentante y los sinodales se reunirán para discutir y evaluar dicho ensayo.
    IV. Será facultad del Jefe de Departamento la designación de los sinodales que participarán en la evaluación del sustentante por esta opción de titulación.
    V. Una vez evaluado el ensayo referido en la fracción III de este inciso y celebrado el acto de titulación respectivo, se procederá a tomar protesta al sustentante y a levantar el acta respectiva. En el Acta de Titulación se asentará como calificación la obtenida en la evaluación del ensayo correspondiente.
    VI. El Acta de Titulación deberá contener las anotaciones siguientes: Lugar y fecha en que se desarrolló la evaluación; los nombres de los sinodales que integraron el Jurado, o en su caso del Comité de Titulación; la modalidad y el tema de titulación; el nombre del pasante; la calificación que se reportó del trabajo o modalidad de titulación; firmarán el acta los miembros del jurado o en su caso, los miembros del Comité de Titulación, las cuales deberán ser autorizadas con la firma del Secretario y el visto bueno del Director de la División de Estudios Históricos y Humanos; la toma de protesta del sustentante; firma de sustentante.
    Artículo 10. El procedimiento para la obtención del grado de Licenciado en Historia mediante la opción específica Seminario de Investigación de la modalidad de titulación Investigación y estudios de posgrado será el siguiente:
    I. Podrán participar en esta opción de titulación solamente aquellos alumnos que al momento de su inscripción cuenten por lo menos con cinco años de haber cubierto la totalidad de sus materias o haber obtenido el total de los créditos requeridos en su plan de estudios.
    II. El alumno deberá presentar una solicitud por escrito dirigida al Jefe del Departamento con atención al Coordinador de Carrera, en la cual manifiesta su interés por inscribirse en esta opción de titulación.
    III. Una vez reunido el mínimo de 5 (cinco) solicitudes el Jefe del Departamento llevará a cabo los trámites pertinentes ante las instancias correspondientes (Colegio Departamental, Consejo de División, Comisión de Educación) para la realización del Seminario de Investigación.
    IV. Una vez autorizado el Seminario de Investigación se hará del conocimiento de los interesados, mediante convocatoria, la fecha de inscripción, la duración y costo del Seminario, la fecha de inicio y terminación del Seminario, las formas de pago y los requisitos adicionales que deban cubrirse.
    V. La inscripción del alumno se realizará en la Jefatura del Departamento, donde entregará los documentos solicitados en la respectiva convocatoria.
    VI. Será facultad del Comité de Titulación elaborar la propuesta de sesiones de trabajo correspondientes a cada Seminario de Investigación. Será asimismo
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    facultad del Comité de Titulación proponer a los profesores que tendrán a su cargo cada una de las sesiones del Seminario.
    VII. El Seminario de Investigación comprenderá un curso de 12 semanas de duración (conformado por tres módulos de cuatro semanas cada uno), con una carga de trabajo de 72 horas distribuidas de la siguiente forma: 12 sesiones presenciales de cuatro horas cada una (48 horas) y 24 horas de trabajo extra-aula.
    VIII. Cada módulo constará de cuatro sesiones y estará a cargo de un profesor, quien determinará la dinámica de trabajo pertinente para alcanzar los objetivos del Seminario y elaborará un reporte del desempeño de cada alumno para ser entregado en la Jefatura del Departamento.
    IX. Para poder acreditar el Seminario de Investigación el alumno deberá haber asistido a por lo menos 10 de las 12 sesiones presenciales y haber cubierto las 24 horas de trabajo extra-aula. Además deberá mostrar una participación constante en el Seminario y presentar como resultado final un documento publicable en la fecha previamente establecida en el Seminario. Dicho trabajo será evaluado por los profesores responsables de dicho Seminario.
    X. La calificación final de cada estudiante del Seminario será entregada por los profesores responsables del Seminario de Investigación a la Coordinación de Carrera del Departamento de Historia.
    XI. Aquellos alumnos que obtengan calificación aprobatoria deberán entregar en la Coordinación de Carrera, en los tiempos indicados por dicha instancia, una fotografía tamaño credencial blanco y negro, carta de no adeudo y copia certificada de kárdex (documentos expedidos por Control Escolar del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades). Deberá anexarse también una copia de la carta de liberación del Servicio Social y el pago de derechos de examen.
    XII. Una vez entregados los documentos citados en la fracción anterior el Jefe del Departamento fijará la fecha para celebrar el acto de titulación. En dicha ceremonia se procederá a tomar protesta al sustentante y a levantar el acta respectiva. En el Acta de Titulación se asentará como calificación la obtenida en el Seminario de Investigación.
    XIII. El Acta de Titulación deberá contener las anotaciones siguientes: Lugar y fecha en que se desarrolló la evaluación; los nombres de los sinodales que integraron el Jurado; la modalidad y opción de titulación; el nombre del pasante; la calificación obtenida en el Seminario de Investigación; firmarán el acta los miembros del jurado, las cuales deberán ser autorizadas con la firma del Director y el Secretario de la División de Estudios Históricos y Humanos; la toma de protesta del sustentante; firma de sustentante.
    Artículo 11. El procedimiento para el registro y evaluación de las opciones incluidas en las modalidades de titulación Producción de materiales educativos, y Tesis, tesina e informe deberá ajustarse a lo dispuesto por los artículos 26,27, 28,29, 30, 31 e incisos –en su caso-, del Reglamento General de Titulación y el pasante debe solicitar el registro de la modalidad de titulación de acuerdo a los siguientes lineamientos:
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    I. Para registrar la modalidad de titulación y el tema del trabajo recepcional, el sustentante deberá entregar en la Coordinación de Carrera la solicitud correspondiente, dirigida al Presidente del Comité de Titulación del Departamento de Historia, y anexar, para su evaluación, un proyecto que sea viable y que considere los requisitos aplicables para cada opción de titulación: Título, Índice, Justificación, Planteamiento del Problema, Hipótesis o preguntas rectoras, Estado de la Cuestión, Objetivos, Referentes teóricos, Metodología, Capitulado preliminar, Bibliografía, Fuentes, Apéndices (en su caso).
    II. De acuerdo a las facultades concedidas por los artículos 19 fracción IV y 27 del Reglamento General de Titulación, se establece que en la Licenciatura en Historia el registro del proyecto de tesis deberá solicitarse una vez cubierto el ochenta por ciento de los créditos requeridos en el plan de estudios.
    III. No se aceptarán proyectos conjuntos de titulación que involucren a más de dos alumnos.
    IV. La solicitud de registro de proyecto deberá especificar la modalidad de titulación, título del tema de tesis, nombre completo y código del alumno, teléfono o dirección de correo electrónico, y deberá solicitar la designación de un director.
    V. El Coordinador de Carrera turnará la solicitud al Comité de Titulación del Departamento para su aprobación, condicionamiento o rechazo. En caso de aprobar el proyecto presentado para titulación, el Comité designará al Director de tesis a propuesta del alumno y previo acuerdo del profesor.
    VI. La designación del Director de tesis es atribución del comité de Titulación y se procederá a ella de acuerdo al contenido del capítulo IV de este Reglamento.
    VII. Aprobada la opción específica, el Director del trabajo recepcional, y el tema de Titulación, el Coordinador de Carrera llevará a cabo el registro del proyecto de titulación.
    VIII. Una vez aprobado y registrado el proyecto de titulación se informará dicho resultado al alumno y al director del trabajo recepcional, haciéndoles saber que de acuerdo a las facultades concedidas por el artículo 19 fracción IV del Reglamento General de Titulación, se establece un plazo de dos años a partir de la fecha de aprobación para presentar el respectivo examen de titulación.
    IX. Si cumplido el plazo anterior el pasante no ha presentado su examen de titulación, deberá comunicar por escrito a la Coordinación de Carrera las razones de su atraso, solicitando que se conceda una prórroga de seis meses para completar el trámite de titulación. Dicho documento deberá contar con el visto bueno del director del trabajo recepcional.
    X. El Comité de Titulación analizará y en su caso autorizará las peticiones que busquen elaborar un trabajo de titulación de manera conjunta o en forma interdisciplinaria.
    XI. Cuando el trabajo se encuentre concluido y debidamente redactado, el director de tesis, tesina, o propuesta de materiales educativos, extenderá
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    una constancia dirigida al Comité de Titulación, donde indique que el trabajo está concluido y que puede ser sometido a revisión. Este documento será incluido al momento de presentar los ejemplares para el examen respectivo.
    XII. Cuando el trabajo reúna los requisitos marcados por el presente reglamento y cuente con el aval del respectivo director, el pasante solicitará por escrito fecha para su examen de tesis. El pasante deberá acompañar su solicitud con siete ejemplares de su trabajo recepcional debidamente encuadernados, una fotografía tamaño credencial blanco y negro, carta de no adeudo y copia certificada de kárdex (documentos expedidos por Control Escolar del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades), una copia de la carta de liberación del Servicio Social y el pago de derechos de examen.
    XIII. Será facultad del Presidente del Comité de Titulación designar la fecha del examen de tesis y la conformación del jurado respectivo, el cual estará integrado por un Presidente, un Secretario y un Vocal como mínimo, quienes contarán con un suplente.
    XIV. Una vez realizado el examen el Jurado deliberará en privado sobre la calificación; acordará ésta y el mismo Jurado a través de su Presidente comunicará al sustentante su fallo; si es aprobatoria su calificación, se le tomará la protesta de ley y se firmará el acta correspondiente.
    XV. El Acta de Titulación deberá contener las anotaciones siguientes: Lugar y fecha en que se desarrolló la evaluación; los nombres de los sinodales que integraron el Jurado, o en su caso del Comité de Titulación; la modalidad y el tema de titulación; el nombre del pasante; la calificación que se reportó del trabajo o modalidad de titulación; firmarán el acta los miembros del jurado o en su caso, los miembros del Comité de Titulación, las cuales deberán ser autorizadas con la firma del Secretario y el visto bueno del Director de la División de Estudios Históricos y Humanos; la toma de protesta del sustentante; firma de sustentante.
    Artículo 12. En caso de que el alumno no reuniera los requisitos para aprobar cualquiera de las opciones específicas de titulación descritas en el Capítulo II de este Reglamento no se podrá autorizar otra evaluación antes de tres meses.