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Terapia Física

  • Preguntas frecuentes

    Pregunta: 
    1. ¿En qué circunstancias se me pueden justificar las inasistencias a clase?
    Respuesta: 

    1.- Artículo 53. Los alumnos podrán justificar su falta de asistencia a clases por alguna de las siguientes causas:
    I. Por enfermedad;
    II. Por el cumplimiento de una comisión conferida por autoridad universitaria, con conocimiento del Coordinador de Carrera, en los Centros Universitarios y en el caso del Sistema de Educación Media Superior el Director de Escuela, siempre que los trabajos realizados en ella tengan estrecha relación con los estudios universitarios, y
    III. Por causa de fuerza mayor justificada que impida al alumno asistir, a juicio del Coordinador de Carrera en los Centros Universitarios y del Director de Escuela en el Sistema de Educación Media Superior.
     

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    Pregunta: 
    2. ¿En qué turno puedo cursar la Carrera?
    Respuesta: 

    El horario puede variar de acuerdo a la programación académica realizada por los Jefes de Departamento en la página de SIIAU) y del semestre a cursar.

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    Pregunta: 
    3. ¿Qué debo hacer para registrar mis materias?
    Respuesta: 

    Deberá consultar la programación de Control Escolar para verificar el día y la hora en que le tocará hacer su registro de materias en ventanilla o vía electrónica. (SIIAU)

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    Pregunta: 
    4. ¿Qué hago si no estoy de acuerdo en la evaluación de una materia?
    Respuesta: 

    Artículo 50. El Jefe del Departamento en los Centros Universitarios y el Director de la Escuela en el Sistema de Educación Media Superior, solicitará al profesor responsable de la materia de que se trate que en un plazo de dos días hábiles, le remita los resultados de la evaluación o examen correspondiente, así como los criterios utilizados para calificar.
    Artículo 51. El Jefe del Departamento en el nivel superior, designará a tres profesores de la Academia respectiva o de una afín a ésta, para que revisen el expediente correspondiente, quienes en un plazo no mayor de dos días resolverán lo que proceda; resolución que será definitiva e inapelable y será turnada debidamente firmada por los académicos al Jefe del Departamento y a la Coordinación de Carrera.

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    Pregunta: 
    5,- ¿En dónde puedo hacer mis prácticas profesionales?
    Respuesta: 

    OPD Hospital Civil de Guadalajara 


    • Centro de Rehabilitación Integral (CRI) del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), Jalisco
    • Clínica de Rehabilitación Física, Centro Universitario de Ciencias de la Salud
    • Hospital General Regional Nº 110 del IMSS (en tramite de convenio)
    • Hospital General de Occidente (en tramite de convenio)
    • OPD Instituto Jalisciense de Cancerología (en tramite de convenio)
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    Pregunta: 
    6. ¿Cuándo puedo iniciar mi servicio social?
    Respuesta: 

    De acuerdo al REGLAMENTO GENERAL PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO SOCIAL  Artículo 8. Seccion III:
    "En los estudios de las licenciaturas en medicina, odontología, enfermería, nutrición y los programas de estudios de técnico superior universitario del área de la salud, así como de enfermería del nivel técnico, deberán haber cubierto el 100% de los créditos del plan de estudios."

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    Pregunta: 
    7. ¿Cuáles con las modalidades de titulación?
    Respuesta: 

    REGLAMENTO GENERAL DE TITULACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA
    Artículo 8. Se reconocen como modalidades de titulación en la Universidad de Guadalajara, las siguientes opciones genéricas:

    1. Desempeño académico sobresaliente;
    2. Exámenes;
    3. Producción de materiales educativos;
    4. Tesis o Tesina.
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    Pregunta: 
    8. ¿Cuándo pierdo derecho a ordinario y extraordinario?
    Respuesta: 

    8.- Artículo 23. La evaluación en periodo extraordinario tiene por objeto proporcionar a los alumnos la oportunidad de acreditar una materia que por cualquier circunstancia, no haya logrado el registro de una calificación aprobatoria durante el periodo de la evaluación continua. Se exceptúan de este caso las materias de orden práctico que requerirán la repetición del curso. La evaluación en periodo extraordinario no será aplicable para los estudios de posgrado.

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    Pregunta: 
    9. ¿Qué pasa si repruebo una materia?
    Respuesta: 

    En base al "REGLAMENTO GENERAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓNDE ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA" al artículo 33
    El alumno que por cualquier circunstancia no logre una calificación aprobatoria en el periodo extraordinario, deberá repetir la materia en el ciclo escolar inmediato siguiente en que se ofrezca, teniendo la oportunidad de acreditarla durante el proceso de evaluación ordinario o en el periodo extraordinario, excepto para alumnos de posgrado

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    Pregunta: 
    10. ¿Qué debo hacer si estoy en artículos 33 o 35?
    Respuesta: 

    Debes de hacer una solicitud de cambio a art. 34 debes solicitar en la Unidad de Control Escolar la solicitud de cambio al artículo 34, el cual te permitirá seguir adelante con tus estudios, con la obligación de aprobar en la primera oportunidad la materia o materias por las cuales hayas caído en el artículo 33; si repruebas esta materia automáticamente caerás en el artículo 35 el cual significa baja definitiva.
    Si incurres en el artículo 35 la única posibilidad en que se pueda anular tu baja definitiva es solicitar al Rector del Centro Universitario una última oportunidad y si él lo considera pertinente te será dada de baja.

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    Pregunta: 
    11.- ¿Qué hago si ocurre un conflicto con algún miembro de la comunidad universitaria?
    Respuesta: 

    Acudir con Tú Coordinador de Carrera para reportarlo.